Convocatoria a la Evaluación

Referéndum Revocatorio

DE UN PUEBLO PARTICIPANDO Y REALIZANDO SU DESTINO

"En el mismo momento en que los trabajadores comprenden que pueden elegir entre decir «si » cuando piensan << si >>, y decir « no » cuando piensan << no >>, el trabajo se convierte en amo y el capital en esclavo."

Gandhi. Conversaciones en Ginebra

El Consejo Nacional Electoral estableció el 26, 27 y 28 de octubre para la recolección de firmas que podría dar lugar a la convocatoria de la evaluación ciudadana de la gestión del Presidente de la República. El llamado para que el examen pueda verificarse, sólo será válido si el número de firmas que se acumulen es igual o superior al veinte por ciento de los electores inscritos en la circunscripción nacional, y la otra condición, es que haya transcurrido la mitad del período para el cual fue elegido el mandatario. Nuestra Constitución no deja lugar a dudas en cuanto a los dos requisitos únicos e indispensables que deben concurrir para que la convocatoria surta plenos efectos, uno asociado al período para el cual el mandatario fue elegido, y el otro relacionado con el porcentaje dicho.

En notas de prensa se ha sostenido que el porcentaje que la Constitución establece, debe ser recolectado en cada estado, lo que supondría que si en un estado no se recogen firmas que superen el veinte por ciento, la convocatoria no podría efectuarse. Esto, de haberse contemplado en un reglamento, o expresado por algún rábula, no tiene ningún fundamento, toda vez que nuestro pacto social (CRBV.Art.72) es claro al determinar que el porcentaje de electores debe ser el de la circunscripción correspondiente, y esta expresión alude a una referencia de espacio, y en el caso concreto que nos ocupa, se trata de la evaluación del Presidente de la República, y es el veinte por ciento acumulado de la República, sin segmentación alguna, el exigido para que la convocatoria pueda llevarse a cabo.

He escuchado con alarma que algún exégeta en tono doctoral de hermeneuta, ha hablado de la discriminación que significaría para un estado que no se tome en cuenta su veinte por ciento. No hay tal discriminación por raza, ni credo, ni edad, ni religión, ni nada. Esto es como si algún orate comenzara a hablar de Juana la loca o de Felipe el hermoso, para no encarar una cuestión concreta que se está dilucidando en este espacio y en este presente. No cabe aquí ningún debate en ese sentido, toda vez que la República Bolivariana de Venezuela es una, única e indivisible, y tiene que considerarse como un territorio, sociedad y estado que conforman República, y es al Presidente de la República a quien se aspira evaluar, no a un alcalde o gobernador que tienen una jurisdicción territorial distinta, que sería la jurisdicción correspondiente.

Planteadas así las cosas, es preciso resaltar que las opiniones encontradas, apoyadas en dudas razonables, pueden sucederse frecuentemente, y en el ámbito del desenvolvimiento de la gente y el Estado, esta circunstancia se acentúa, no obstante, siempre tenemos que recordar que la Constitución nuestra (CRBV. Art. 334) establece que, en caso de incompatibilidad entre una norma de rango legal o reglamentario con la norma constitucional, prevalecerá esta última. En tal sentido, la Carta Fundamental contiene las normas que deben gobernar la actuación de los sujetos que hacen vida política

DE UN PUEBLO MOVILIZADO Y ACTOR DE SU PROPIA OBRA

"La democracia no solo permite la diversidad sino que debiera estimularla y requerirla. Porque necesita de la presencia activa de los ciudadanos para existir."

Ernesto Sábato. La Resistencia

El Referéndum Revocatorio o de evaluación es un derecho ciudadano y no puede apropiarse de él ninguna parcialidad política. Es una locura en las circunstancias actuales, decir que hay una organización que empuja la convocatoria al Referéndum y otra organización que le hace contrafuerza, en una especie de todo o nada, o de blanco y negro, o de una comunidad dividida entre buenos y malos en un maniqueísmo atrasado e indecente. No se trata de disminuir el valor de la asociación política, toda vez que estas cobran mayor fuerza con sus diferentes signos en una pluralidad inmanente a la sociedad y la gente que la integra.

En esta línea de pensamiento, conviene acotar que todo ciudadano habilitado políticamente tiene derecho a abstenerse o impulsar la convocatoria, sea hombre o mujer, budista, musulmán o católico, empleado público, trabajador subordinado o por cuenta propia, criador de ganado o sembrador de hortalizas, todos, libres de apremio o coacción, decantando extorsiones o chantajes y con libertad de conciencia, pueden ejercer un derecho que nuestro pacto social ha establecido.

Este planteamiento se enmarca en la disposición constitucional que envuelve un valor, principio y norma que es esencialmente la realización de la democracia. El Artículo 62 de la Constitución en su segundo acápite determina:

La participación del pueblo en la formación, ejecución y control de la gestión pública es el medio necesario para lograr el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual como colectivo. Es obligación del Estado y deber de la sociedad facilitar la generación de las condiciones más favorables para su práctica.

La solicitud para convocar la revocatoria del mandato es la que está planteada para los días finales de octubre, y ese acto debe estar revestido de las condiciones de modo, tiempo y lugar que respeten el derecho ciudadano de manifestar su voluntad sin violencia de ningún género, ni antes ni durante ni después, y sin amenazas de consecuencias indeseables por expresarse o por dejar de hacerlo. El Estado está obligado en derecho a impedir que se lleven a efecto, actos que constriñan directa o indirectamente la voluntad de quien solicita la convocatoria refrendaria.

DE UN PUEBLO QUE ABSTENIÉNDOSE O PARTICIPANDO ES PROTAGONISTA

"Por detrás del ideal democrático está una idea ancestral: todo lo que interesa a todos debe ser discutido y decidido por todos. Por tanto, democracia es participación activa de todos, por los caminos más diversos."

Leonardo Boff. Ecología y socialismo

Otro tema que a mi juicio ha causado polémica es el relativo al momento de concretarse la convocatoria y posterior acto de referéndum que, acto seguido, de ser el caso, habrá de sucederse. Sobre este punto el organismo electoral como ente rector del Estado, debe guiarse por el principio jurídico de la celeridad, y también por el principio político de la urgencia democrática. Una expresión de universal aceptación es aquella según la cual, la justicia no expresada a tiempo, no es justicia, de lo que se deriva que un acto de expresión de la voluntad electoral de participación que no se realice a tiempo, no es efectivamente participativo ni protagónico. Hoy resulta inadmisible que actos reglamentarios con apariencia de legalidad, o sentencias aritméticamente calculadas, se intenten colocar por encima de las normas de la Constitución. Obstaculizar la convocatoria popular, y no hacer la evaluación o referéndum revocatorio en este año 2016 o antes del 10 de enero del año 2017, configuraría una maquinación fraudulenta y hasta un acto de violencia contra la voluntad popular.

Hasta ahora no se ha esgrimido ningún argumento válido contra el carácter inaplazable de expresión de la voluntad popular. Sólo se han escuchado excusas impresentables, de acuerdo a los más elementales criterios de democracia y participación. Se ha dicho asombrosamente que "no se hizo a tiempo la solicitud", sólo para introducir la falacia de tomar por términos y fechas fijas, la holgura relativa de los lapsos. Así, para estos "intérpretes democráticos", si una norma otorga un lapso de treinta días para realizar o producir un trámite, significa que éste sólo puede producirse el último día. Además, de incumplir la norma y el principio de la celeridad, con esta insólita excusa-que no argumento- lo que se revela es una vergonzosa manera de evadir una inmensa responsabilidad ética, política y constitucional. Se ha oído, en días recientes otro supuesto "alegato": "no hay dinero para elecciones o consultas electorales". Refutarlo sería concederle alguna beligerancia. No la tiene ni por extemporáneo, ni por mendaz. Y sobre todo, no la tiene, por la enorme falta de seriedad que significa su uso a esta altura de la crisis política que vive nuestro país.

En esta línea de pensamiento, es forzoso resaltar que la experiencia que habrá de vivirse esos días de octubre, es inédita en la historia republicana. Se trata de la sociedad convocándose a sí misma para la refrendación o no del mandato del Presidente Maduro Moros. Debe entenderse como la puja entre quienes quieren alcanzar el veinte por ciento o más, que haría válida la convocatoria, y quienes no desean que tal porcentaje se alcance. Ese forcejeo debe estar exento de errores, triquiñuelas, agresiones y fuerza bruta. Debe manifestarse el respeto de un venezolano por otro en un ejercicio libre de convivencia democrática. Me imagino setenta y dos horas de expresión social que despertarán el interés de todos los países del planeta.

Sólo la sociedad en movimiento incesante hace verdad el ejercicio de la democracia. Los órganos del Estado están obligados a garantizar que un derecho político subsidiario como la convocatoria, se lleve a cabo en su oportunidad, y a descubrir con inequívoca transparencia los cauces para que la voluntad manifestada mediante consentimiento libre, se empodere. Enseguida, cada quien en la sociedad y la sociedad entera, se pronunciará por la confirmación del mandato o su revocación. En el marco de esta dialéctica será viable que se desarrolle la legitimidad de un gobierno del pueblo, y para todo el pueblo, bajo la rectoría de los principios que informan la convivencia social. Actuar a contracorriente en esta materia es delicado, porque puede significar que la vía de los hechos domine al estado de derecho y se produzcan situaciones trágicas que tendríamos que lamentar.

Este momento de la República debe significar para cada venezolano, la sociedad y el Estado, una ocasión para deslindar la trampa, el engaño, el chantaje u otros vicios que finalmente quedan en evidencia. Igualmente vale decantar las picardías con triunfos efímeros, así como las astucias mal entendidas con victorias pasajeras, en fin, es momento de tomar distancia de las miserias y, en sentido contrario, manifestar las expresiones de transparencia en los actos, inteligencia y coraje en el desenvolvimiento de la acción política, habida cuenta que sólo de este modo, se hace excelsa y seductora la acción asociada a la democracia vital, y se abren los cauces para que fluyan los mejores valores del espíritu, de los que tantas veces la venezolanidad ha hecho alarde.

freddygutierreztrejo@gmail.com



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Freddy Gutiérrez Trejo


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Freddy Gutiérrez Trejo

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