Si a la Reforma por un nuevo Estado

Las exitosas misiones que han venido respondiendo a las más sentidas y urgentes necesidades de la población, se incorporan en la categoría de la administración pública (Artic.141). Lo cual les da mayor estabilidad.

Se crea la estructura: Consejo Nacional de Gobierno(Art.185) como apoyo a la descentralización real que tiene su base en los Consejos Comunales, lo cual redunda en una mayor eficiencia de la planificación del poder popular, el cual dispondrá de manera directa de situado constitucional (art. 167).

Se actualiza y dinamiza el nuevo régimen municipal (Art.173), partiendo de la exitosa organización de los Consejos Comunales y de sus agregaciones sucesivas que tocan a las Comunas, a las Ciudades Comunales y demás figuras de la nueva geometría del poder. Es decir, se activa, garantiza y promueve la participación del pueblo, profundizando la consolidación de la democracia protagónica y directa.

En aras de la mayor viabilidad para la descentralización basada en el poder popular, el poder público nacional redimensiona sus competencias (Arts.: 156, 191, 225, 230, 236, 251, 252 y 279) en materia de organización del pueblo, administración de recursos estratégicos, control de gestión y ordenamiento de los distintos tipos de propiedad (incluida la privada), potenciando la propiedad social y colectiva en esta etapa transitoria hacia el Socialismo del Siglo XXI. Es decir, se catapulta el desarrollo del Estado Nacional, con el objeto de tener mayor capacidad para cumplir con sus funciones y objetivos, y así garantizar los derechos sociales, la soberanía nacional y la organización, activación y articulación del desarrollo económico.

Se redimensiona la Justicia y el Poder Electoral (Arts: 266 y 293).

Se preserva el derecho a la defensa del Estado ante situaciones de suspensión o restricción de garantías (Arts.: 337 y 339); se redimensiona el rol de la Fuerza Armada como un ente patriótico, popular y antiimperialista (Art. 338); se delimitan dialécticamente los estados de alarma, de emergencia económica y de conmoción interior o exterior (Art. 338) y fortaleciendo el poder del pueblo, desde su base: los Consejos Comunales, se crea la Milicia Popular Bolivariana y la Guardia Territorial Bolivariana (Art. 329).

Todos los revolucionarios que vienen compartiendo este proyecto de la dignidad y de la vida debemos decirle SÍ A LA REFORMA CONSTITUCIONAL; como vocero de un Batallón del PSUV: “ Soldados de Sucre”, hago un llamado especial a todos los aspirantes a militantes de este Partido para que tomemos de la mano a un venezolano más que no esté inscrito y contribuyamos a garantizar el triunfo del Presidente, de su Reforma y de este Proyecto de Patria, que indubitablemente viene incrementando la calidad de vida del Venezolano y es ejemplo que ilumina al mundo. TODO EL PODER PARA EL PUEBLO. ¡SI A LA REFORMA¡

Freddy Gil, Vocero del Batallón: “Soldados de Sucre”.


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Freddy Gil


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