La reforma constitucional del 2007

El 2 de diciembre del 2007 se perdió por estrecho margen, reconociendo el Gobierno Nacional de inmediato el resultado, la propuesta Reforma Constitucional. Debe admitirse que la Comisión designada por la Asamblea Nacional, presidida por el Diputado ROBERTO HERNANDEZ, entonces Vicepresidente de la Cámara, abrió sus puertas para escuchar infinidades de sugerencias del Sector Privado, Político, Sindicales, individualidades y muchos otros sobre su articulado que se proponía a la Nación.

Se hizo un amplio y esplendido trabajo democrático, como jamás en épocas pasadas. Me cuento con honor en uno de los que fue recibido para proponer agregados o cambios a siete de sus Artículos, comenzando por admitir que estaba totalmente de acuerdo con la necesidad de actualizarla. Fue una breve exposición. No se sabe si algunas de estas o la de otros muchos fueron acogidas, pero su análisis hoy pudiera ser clave para definir el por qué de esa derrota. Recordar es vivir. Sigo con lo propuesto para que se juzgue qué razón podría haber tenido el suscrito, al menos, en ponerlas al estudio y consideración de esa Comisión, agradeciendo, una vez más, la oportunidad de expresarme libremente, como en toda democracia participativa.

Hago uso de este magnifico medio, APORREA, para recordarlas; podrían ser útiles en un cercano futuro.

Estas fueron algunas sugerencias:

1. Artículo 16: En donde lee EL ESTADO SOCIALISTA VENEZOLANO agregar BOLIVARIANO y siempre hacer referencia a esta palabra que caló en el pueblo desde 1998

2. Artículo 18: Dejar la posibilidad de que la Ciudad Capital pueda establecerse en cualquier Región del país, cuando su crecimiento lo amerite. Algo así como de Río Janeiro a Brasilia.

3. Articulo 90: Dejar la semana laboral en 35 horas, es decir de lunes a viernes siete horas cada día. Lo de 36 no cuadra y deja dudas si cinco días a seis horas mas el sábado.

4. Artículo 112: donde dice “el Estado promoverá el desarrollo…hasta felicidad posible” agregar: sistema en el cual todo venezolano o extranjero residente en el país podrá dedicarse libremente a la actividad licita de su elección.

5. Articulo 115: Al, igual que en la Constitución actual de 1999 en donde se lee “cada ciudadano tiene derecho a su uso, goce, disfrute y disposición, dejar esta línea tal cual a la Constitución 1999; se omite esta frase en la propuesta.

6. Articulo 230: Sugiero debe de leer: “puede ser nominado para ser reelegido o reelegida cumpliéndose todos los tramites de la Ley del Sufragio y sometiéndose a la votación directa y secreta de todos los inscritos en el CNE”.

7. Articulo 350: Redactarlo de forma clara de modo que no sirva de pretexto del desorden callejero, no pudiéndose ejercer este derecho democrático con actitudes antidemocráticas, ni toma de espacios del territorio Nacional sin la debida autorización escrita de la autoridad del Estado Venezolano.

Puede que en la revisión de estas sugerencias, además de otras cientas recibidas, la Comisión para la Reforma Constitucional encuentre puntos clave, no aceptados o ajustados, que den respuesta al por qué se pierde dicho Referéndum.

DIOS BENDIGA A VENEZUELA

*Periodista ind. /MPN. Premio Nacional de Periodismo 2005

Fecha 17.4.2010
Para: APORREA


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Andrés de Chene D


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