Desde hace muchos años en Venezuela se sabe que los Colegios Profesionales, por obra y gracia de sus directivos, dejaron de representar honestamente a sus agremiados para pasar a ser partes de determinada parcialidad política; y así están actuando. Las juntas directivas de esos gremios están conformadas por personas anti gobierno y algunos llegan a ser anti patria, es evidente como esos directivos no pierden el tiempo para hacer conocer sus tendencias partidistas, pues sus pronunciamientos públicos dejan constancias que son de la oposición política al gobierno. Lo ético sería que las juntas directivas de esas organizaciones gremiales no hagan a nombre de los Colegios públicas actividades políticas partidistas, pues quien padece esa parcialidad política son los agremiados que, para poder trabajar en la rama profesional en la cual se graduaron, están obligados a inscribirse en esos Colegios, y ya colegiados estos profesionales si no están de acuerdo con la manera de actuar de sus directivas les son levantados expedientes y lo hacen aparecer ante la sociedad como unos verdaderos incapacitados para ejercer, y es así como existen muchos expedientes sancionados por Tribunales Disciplinarios, Tribunales de Justicia Privados, e imponen sentencias penales condenando a sus colegas a pagar condenas de exclusión y privación de honores, derechos y privilegios; de por vida.
Después de haber estudiado por lo menos 18 años, todo profesional universitario está obligado a inscribirse en el gremio respectivo para poder trabajar en la especialidad, si no se inscribe en algunos de los existentes Colegios en Venezuela se le prohíbe ejercer su profesión, así la universidad del más alto rango académico del país le haya reconocido su habilidad y vocación con los más valiosos grados honoríficos. De manera que si por cualquier circunstancia o porque aquella persona es de un profundo pensar liberal y considera que con la autorización que le otorga la universidad para ejercer la profesión de su especialidad basta, el Estado venezolano no puede hacer nada por aprovechar los servicios de aquel extraordinario profesional si el Colegio tal o cual no lo permite. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela dice en su artículo 87 “Toda persona tiene derecho al trabajo y el deber de trabajar. El Estado garantizará la adopción de las medidas necesarias a los fines de que toda persona pueda obtener ocupación productiva, que le proporcione una existencia digna y decorosa y le garantice el pleno ejercicio de este derecho”
Los Colegios Profesionales no son organizaciones públicas, éstos son organizaciones no gubernamentales, y de allí surgen algunas preguntas. ¿Como es posible que unas organizaciones privadas puedan imponer sus criterios por encima de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y prohíban a los profesionales de cada rama universitaria puedan trabajar si no están afiliados al Colegio respectivo? ¿Como es posible que el Estado venezolano en todo este tiempo de refundación de la república no haya podido revertir este exabrupto y haber buscado otro método para llevar el control de comportamiento de la fuerza laboral especializada en el país? ¿Cómo es posible que en todo este tiempo el gobierno revolucionario y socialista no haya rescatado de manos de la burguesía ignominiosa la dignidad de las personas egresadas de las universidades? Ya se verá si con la LEY HABILITANTE CONTRA LA CORRUPCIÓN se pondrá fin a la persecución y sometimiento que sufren muchos profesionales universitarios por miembros directivos de cada Colegio Profesional.