Estamos ante una ambivalencia entre las exageradas ganancias especulativas del empresario hambreador y los Ingresos Fiscales por concepto de IVA e impuestos indirectos como el de la renta anual. No hay duda que el Estado se ha visto favorecido con la suba de precios por concepto de esos 2 tipos de impuestos.
Además, las actuales sanciones puntuales, ocasionales y específicas para cada especulador resultan antieconómicas para el fisco nacional. La movilización de contralores, de supervisores civiles, burocráticos y militares es de elevado costo y causa interrupciones en el normal tráfico comercial.
Es Estado podría hacer más expedito y generalizado el control de la especulación. En tal sentido, surge la modificación directa del Impuesto sobre la Renta para de una vez por todas poner freno general a los abusos por especulación. Podría, por ejemplo, disponer que la carga impositiva deje de ser creciente y escalonada cuando se presenten indicios contables de tasas de ganancias más allá de la considerada como razonable.
No debe confundirse las alzas de precios en función de escasez natural, ocasional o debida a catástrofes, con la el alza de precios inducida con fines meramente especulativos, digamos, aprovechando los incrementos salariales, los bonos de fin de año, etc.
Proponemos que el monto del impuesto, en caso de ganancia exagerada, suba automáticamente al tipo de porcentaje que rija para el último peldaño en la escala progresiva vigente, y que ese tipo se aplique a todo el monto de toda la ganancia inflada. Hay un antecedente: el Presidente Chávez dispuso que las subas de precios del petróleo, más allá de cierto monto, debían ser pechadas con 90%, o algo así. Hasta antes de esa reforma, las empresas petroleras se lucraban exageradamente con las subas extremas del precio en cuestión.
10/11/2013 08:07 p.m.