La corrupción abarca muchas modalidades, además de los sobreprecios, las desviaciones de los productos en caso de reparto a domicilio y comercios y las comisiones por servicios burocráticos ya pagados con sus remuneraciones ordinarias como trabajadores del Estado.
Los dólares consignados al comercio deben ser debidamente recuperados por el Estado mediante las mercancías a importar previamente convenidas entre el Banco Central de Venezuela y el beneficiario de las divisas correspondientes. Los reclamos a que hubiere lugar serán imprescriptibles. Cada beneficiario de divisas con esos fines deberá estar sujeto a cauciones que cubran los dólares en juego, cosas así
Las mercancías importadas con "copyright" deberán garantizar una vida útil de por lo menos 10 años, independientemente de que tipo sean, aparte de aquellos perecederos y no duraderos en sí mismos. Los avances tecnológicos no pueden ser cargados al consumidor con innovaciones prematuras.
Los repuestos correspondientes deben hallarse en el mercado durante esos 10 años. No puede seguir rigiendo la economía unilateralmente despilfarradora favorable al productor porque sería, como lo es, actualmente, una validación de una variante paramonopólica.
Las mercancías importadas debe traer información a su calidad originaria: decir claramente si son de primea calidad o de segunda y tercera.
Los infractores en general caerían en una suerte de lista negra que les privaría por varios años del ejercicio de importador.