La corrupción heredada de la Cuarta República

Bandagro en el "Diario El Nacional": una nota lamentable

El 26/11/2006, El Nacional en primera página titula: Peligra inmunidad de Venezuela por caso Bandagro. Y en las diez líneas siguientes afirma que "por este caso un tribunal de Ohio, Estados Unidos, puede abrir un juicio contra el país. Si Venezuela pierde tendría que cancelar 900 millones de dólares." Es difícil reunir tanta información falsa en tan poco espacio.

La fulana "inmunidad" nunca existió para Venezuela, como quedó establecido desde la primera sentencia interlocutoria, que aclaró que no existe inmunidad para operaciones comerciales. Ello fue ratificado en una segunda sentencia (marzo 2006) y reiterado en segunda instancia, inapelable, el 13/09/2006. Este concepto es igualmente válido según las leyes venezolanas.

El juicio está abierto desde el 2005, no "se puede abrir ahora", ahora se está cerrando. La demanda original se refirió a dos Notas Promisorias de Bandagro (NPB), valor facial 100 MM U$D, por las que se reclamó un pago de 700 MM U$D, que a estas alturas podrían bien ser los 900 MM U$D citados en la nota.
Falta la liquidación final, la intimación al pago y las medidas cautelares -embargos sobre activos venezolanos en el exterior- que lo garanticen.

No hay mas defensa. Se pagó mucho por ella, pero ¿la hubo?. La idea actual de recurrir a las leyes nacionales, que establecerían que primero debe demandarse en Venezuela, o que deben existir notificaciones formales al acreedor es un truco de rábula, sin ningún valor. Porque las NPB incluyen la siguiente cláusula esencial: "Los términos y condiciones de este pagaré se regirán y constituirán de acuerdo con las leyes de Suiza y también por medio de las regulaciones de la Cámara Internacional de Comercio en París y el Consejo de los Estados Unidos de la Cámara Internacional de Comercio, Folleto 322, última edición". Y no se puede aplicar a la ley suiza ninguna reglamentación venezolana. Pura paja.
El Nacional menciona un "dictamen" del 8 de diciembre de 2003 según el cual la Procuradora Marisol Plaza revocó su anterior decisión de octubre. Omite mencionar que esa "revocación" fue rechazada por falsa (en la segunda sentencia interlocutoria), pues en abril 2004 el TSJ rechazó un amparo contra el Ministerio de Finanzas, por existir opinión previa vinculante -no revocada- de la Procuradora, que ella misma ratifica en mayo 2004, según nota publicada en Tal Cual. Otro truco de la defensa que se rechazó.

Tampoco es cierta la afirmación que Oscar Guzmán Cova presentó a Tobías Nóbrega los resultados de un estudio hecho a petición del abogado Miguel Jacir: el estudio fue hecho por orden de Tobías Nóbrega, quien lo recibe, examina y envía a la Dra. Marisol Plaza con gran urgencia. ¿A quien se quiere excusar con esa redacción?.

Respecto del futuro: La emisión de NPB fue por 2.500 MM U$D. El fallo inapelable del juez Holdschu ha dejado jurisprudencia sentada y un amplio camino pavimentado para que las futuras demandas por el resto de la emisión transiten rápidamente, con la República indefensa, hasta el fallo final. Multiplicando los 2.500 MM U$D de la emisión por un mínimo de 7 U$D sentencia por cada 1 U$D de valor facial el quebranto de la República montaría hoy 17.500.000.000 U$D.

No cabe duda que la magnitud exigía a los actores principales Tobías Nóbrega, Marisol Plaza, Esther Bigott de Loaiza y Nelson Merentes una actitud responsable, mas allá de "...mucho mas cautela y menos apresuramiento." Y alguien, ¿Fiscal General, Contralor, Asamblea Nacional, Consejo Moral Republicano? debiera estar actuando por noticia criminis y determinando las responsabilidades.


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