El Acidito

El Poder Popular ejercerá control en Alcabalas para evitar abusos y matraqueo

Aplaudimos la nueva Resolución conjunta del Ministro de la Defensa y el Ministro de Relaciones Interiores, de fecha 07-09-2022; mediante la cual se incorporan las instituciones y el poder popular en la vigilancia, fiscalización y control de los puntos de control de los Órganos de Seguridad Ciudadana, incluso de la actuación de los funcionarios castrenses.

Es importante señalar las ventajas de este nuevo instructivo, para conocimiento de todos los ciudadanos y que podamos sentirnos más seguros al ver un puesto de control o alcabala; en este sentido, debemos destacar: para los puestos móviles, que es donde mayormente se presta para la comisión de delitos, por parte de ciudadanos que pueden ser funcionarios o fingiendo serlos, para perpetrar algún acto delictivo; tenemos, que la instalación de estos puntos debe ser autorizado por la ZODI en cada región, con al menos 48 horas de anticipación.

Los puntos de control deberán tener carteles indicativos, ubicados 50 metros antes del punto, el cual deberá ser legible y estar perfectamente iluminado.

Se deben realizar las verificaciones pertinentes, pero sin que ello implique demoras innecesarias o afectaciones irreparables a las personas y sus bienes (especialmente cuando se trate de alimentos perecederos y animales para la venta), tampoco se podrá realizar retención indebida de la documentación personal o de los vehículos; situación que en muchos casos se acostumbra para amedrentar a los ciudadanos o tratar que paguen por algo que no deben pagar, el "martillo" denominado coloquialmente.

Dentro de los controles establecidos en esta Resolución, también tenemos que: Los funcionarios de Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo, debidamente autorizados, podrán estar presente en los puntos de control; de igual manera, las organizaciones del poder popular en el marco de la contraloría social, a tales efectos, podrán realizar observaciones al procedimiento y servicio prestado en el punto de control; así mismo se establece algo muy importante que no le gusta a los funcionarios corruptos, que sabemos son pocos pero dañan la institución, señalando taxativamente la Resolución: "Los ciudadanos y ciudadanas, en ejercicio de sus derechos constitucionales y legales, podrán realizar grabaciones de video o audio de los procedimientos a que sean sometidos en los puntos de control por parte de la autoridad policial o militar, sin que puedan ser compelidos a no hacerlo"; hablando en criollo, pueden grabar y nadie se lo puede prohibir. También se señala que nadie podrá ser obligado a entregar su teléfono antes, durante o después de un procedimiento.

Sabemos que una Ley o Reglamento, o en este caso una Resolución, no evita la comisión de un hecho punible o matraqueo, pero en la medida de que los ciudadanos conozcan las normas que los protegen, aunado a la participación y el control por parte de Poder Popular, se sentirán más seguros y podrán luchar con más propiedad para que se respeten sus derechos y garantías constitucionales.



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Reinaldo Silva


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