¿Por qué los extranjeros no pagan impuesto en Venezuela?

¿Qué manda la Constitución sobre los impuestos? Su artículo 316 dispone que "el sistema tributario procurará la justa distribución de las cargas públicas según la capacidad económica del o la contribuyente, atendiendo al principio de progresividad, así como la protección de la economía nacional y la elevación del nivel de vida de la población: para ello se sustentará en un sistema eficiente para la recaudación de los tributos".

¿Qué pasa en realidad? El sistema tributario distribuye injustamente las cargas públicas recargándolas sobre el contribuyente pobre venezolano y exonerando al rico inversionista extranjero, violando el principio de progresividad, arruinando la economía nacional y el nivel de vida e imposibilitando la recaudación de los tributos que nos deben ciudadanos y empresas foráneas por sus ganancias obtenidas en Venezuela.

¿Por qué no se aplica la Constitución? Por los Tratados contra la Doble Tributación.

¿Qué es un Tratado contra la Doble Tributación? Es un convenio que inconstitucionalmente prohíbe al Poder Legislativo Venezolano imponerle tributos a ciudadanos o empresas de otro país por actividades realizadas o ganancias obtenidos en el nuestro; limita las tasas que les pueden ser aplicadas en ciertos impuestos, y permite a ciudadanos o empresas foráneas pagar al Fisco de su país de origen la totalidad o parte de los impuestos que nos deben por lo que ganaron en Venezuela. Gran parte de estos tratados además exoneran de todo tributo al usurario capital financiero, y niegan a Venezuela el soberano derecho de resolver las controversias sobre aplicación de nuestros impuestos en nuestros propios tribunales.

¿Cuántos Tratados contra la Doble Tributación se han suscrito? Hasta la fecha, 22. De ellos, 13 limitados al transporte aéreo y marítimo, con España, Argentina, Bélgica, Brasil, Chile, la República Federal Alemana, Canadá, Estados Unidos, los Países Bajos, dos con Francia, dos con Italia. Estos tratados son desventajosos para Venezuela, que no tiene empresas de transporte en el exterior. Además hemos firmado 9 tratados que exoneran a los extranjeros y sus empresas de pagar impuesto sobre la Renta y el Patrimonio y otros tributos sobre ganancias obtenidas en nuestro país, suscritos con los miembros del Acuerdo de Cartagena (Colombia, Ecuador, Bolivia, Perú y Chile) Trinidad y Tobago, la República Checa, Francia, Italia, Noruega, Bélgica, Estados Unidos e Irán. Nada gana Venezuela exonerando de la tributación a inversionistas de países en los cuales casi no tenemos inversiones.

¿Cómo afecta a Venezuela el que tantos extranjeros no paguen impuestos? Refiriéndose sólo al Tratado con Estados Unidos, el ex superintendente tributario Humberto Prieto estima "que el sacrificio fiscal inicial por la vigencia del acuerdo habría estado en 33,7 millardos de bolívares". Si ese es el sacrificio inicial ¿cuánto significa la inmolación perpetua de no cobrarle los impuestos que nos deben a ciudadanos y empresas de la primera potencia del mundo?

¿Atrae inversionistas el sacrificio fiscal de los Tratados contra la Doble Tributación? Según demuestra en Informe del 11 de agosto de 1997 el para entonces Gerente Jurídico Tributario del Seniat, Humberto D Ascoli Centeno, dirigido al Ministro de Hacienda de la época, Luis Raúl Matos Azocar: "Dicho sacrificio no sería aprovechado por los inversionistas norteamericanos ni se traducirá en un incentivo a los mismos, toda vez que este impuesto no pagado en Venezuela será pagado en los Estados Unidos de América en virtud del método de imputación utilizado por dicho país (tax credit) al que hicimos alusión con anterioridad, resultando un sacrificio inútil"(Cursivas nuestras). Aplique la misma lógica a todos los demás países.

¿Quién paga ese inútil sacrificio? Los contribuyentes venezolanos, quienes cancelamos nuestros impuestos y además los que dejan de pagar los extranjeros, para garantizarle a éstos servicios públicos, seguridad jurídica, la educación y la salubridad de sus trabajadores. Como los grandes capitales foráneos no tributan, el IVA castiga a los venezolanos de escasos recursos. Como los grandes bancos extranjeros están exonerados, el impuesto al débito bancario castiga nuestros fondos depositados en ellos. Como el hueco fiscal se ahonda, contraemos Deuda Externa con los mismos fuereños que no nos pagan impuestos. El Paraíso Fiscal de los extranjeros es el Infierno Tributario del criollo. Se debería sincerar las planillas de liquidación con una veintena de casilleros para que declaráramos: 1.-Impuesto a cancelar para compensar el que no pagan los estadounidenses. 2.-Impuesto a cancelar para compensar el que no pagan los franceses. 3.- Impuesto a cancelar...

¿Compensan nuestro sacrificio las naciones favorecidas? Los impuestos que ciudadanos y empresas de Estados Unidos dejan de pagar en Venezuela van directamente al Tesoro de ese país, y desde allí alimentan el National Endowment for Democracy, que a su vez nutre las organizaciones que desestabilizan nuestra democracia. Nunca un país financió tan abiertamente a sus enemigos. Como los contribuyentes venezolanos pagamos lo que dejan de pagar los estadounidenses, Cadivi debería concedernos un cupo en dólares para que se lo entregáramos directamente a golpistas, magnicidas y marines. Sería más transparente. Igual observación se podría formular sobre otros países exonerados.

¿Qué hacer? Dos millones de reservistas defenderán nuestro territorio. Para rescatar la soberanía tributaria de Venezuela urge otra reserva de juristas, legisladores, diplomáticos y administradores patrióticos que detengan esta piñata de exoneraciones de impuestos e inicien la denuncia de los más ruinosos Tratados contra la Doble Tributación. Antes de formular esta denuncia esperé a que todos los venezolanos, incluido quien suscribe, cumpliéramos con el deber de pagar los impuestos que debemos. ¿Lo cumplirán alguna vez los extranjeros?.


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Luis Britto García

Escritor, historiador, ensayista y dramaturgo. http://luisbrittogarcia.blogspot.com

 brittoluis@gmail.com

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