Reflexiones sobre la (in) seguridad en Venezuela (LXVII)

La represión como respuesta

La semana pasada tuve un intercambio con la periodista Mónica Duarte del diario La Razón, fue para un trabajo especial llamado "Sesenta años de represión estatal" que ya ha sido publicado. Sus preguntas fueron interesantes, en especial porque algunos sectores perseguidos en el pasado ahora se yerguen en perseguidores, y justifican sus acciones actuales "porque en el pasado también se hacía". Tratan de hacer comparaciones y argumentan que "antes se hacía más", que el vecino "también lo hace", una lógica inmadura que busca legitimar sus actuales miserias. Son como los niños regañados que tratan de defenderse señalando que otros también lo hacen y no les dicen nada, que todos están en su contra, que la tienen agarrada con ellos.

Seguramente los perseguidos actuales serán los futuros verdugos, en un lógica cíclica que en nuestro caso tiene como centro la apropiación de la renta petrolera. Por eso es importante crear contenciones estructurales, políticas, institucionales, legales, sociales, discursivas e ideológicas para imponerle límites a todo el que esté en el ejercicio del poder, ahora mismo y en el futuro, con independencia de quién lo ejerza. Esto en absoluto se trata de creer que el Estado es "neutral", por el contrario, por tener plena conciencia sobre cómo sectores y grupos con intereses inconfesables lo toman como un botín es que debe limitarse el poder de los mismos ante la ley.

A continuación presento el intercambio completo que tuve con Mónica, quién con sus preguntas me puso a pensar sobre estos aspectos. Es de advertir que estas reflexiones se generaron antes de los condenables hechos ocurridos el 13 de junio en el Conjunto Residencial El Paraíso, conocido como Los Verdes. Sirva ese evento para hacer contrastes y reflexionar sobre las actuales violencias: la estructural, la institucional, la política y la callejera. Ese tipo de acción represiva no debe tolerarse ni justificarse de ninguna manera. Lo más grave es que lo ocurrido en esa zona residencial pudiera ser solo el comienzo. La lógica OLP parece extenderse ahora más allá de las zonas empobrecidas y de la caza de supuestos delincuentes, puede estar en desarrollo un intento por democratizarla, por lo que sus manifestaciones pueden estarse diversificando y sofisticando. Lo importante es tratar de ser coherentes y de mantener los principios, en especial en estos tiempos tan complicados que nos ha tocado vivir.

¿Cómo ha sido la manifestación de las fuerzas del Estado en el control de las manifestaciones? ¿Puede caracterizarlas?

Lamentablemente la regla en estos contextos es la lógica de la excepción, esto no es una particularidad del caso venezolano, es una racionalidad de todo grupo que está en el poder. La reacción estatal no siempre se corresponde al grado o nivel de resistencia o agresividad de las manifestaciones, a todo evento es difícil generalizar en abstracto, tratemos de analizar datos y situaciones concretas.

En primer lugar hay que destacar que muchas de las concentraciones han sido pacíficas y con una asistencia masiva; pero también han existido manifestaciones violentas y en ocasiones se han cometido en ellas delitos concretos. Lo importante es no confundir un evento con otro. La manifestación pacífica es un derecho y cuando deja de ser pacífica pierde ese estatus legítimo. No se puede ni se debe generalizar, no se puede dar el mismo trato de una manifestación pacífica a una que no lo es y viceversa. Los principios rectores deben ser la legalidad, proporcionalidad y necesidad de la intervención del Estado.

Recientemente trabajamos en el informe sobre el derecho a la libertad personal en Venezuela para Provea, que aún no ha salido publicado, entre las conclusiones se encuentra que durante el año 2016 hubo un aumento de un 324% de las detenciones ocurridas en el contexto de manifestaciones respecto a 2015, y de un 62% sobre el promedio general de los últimos 26 años. La tendencia general es hacia el aumento de las mismas. Algunos han hecho comparaciones con los eventos de 2014 y afirman que en 2017 las cifras son mucho mayores. Pero no se trata solo de detenciones ilegales o arbitrarias, también hay denuncias de uso excesivo y desproporcionado de la fuerza, allanamientos ilegales, torturas, malos tratos, acoso y hasta la comisión de delitos como robos a los manifestantes. La otra cara de la moneda es que ya van, al menos, unos cuatro funcionarios fallecidos en el marco de la conflictividad de los últimos meses. También se han presentado casos muy graves de linchamientos y de quema de personas, como el de Orlando Figuera.

Lo que puede afirmarse es algo que vengo sosteniendo desde que se iniciaron las OLP hace ya casi dos años: el sistema penal se mueve como un péndulo que va desde las ausencias y la desidia hasta los excesos, sin pararse nunca en el justo medio. Las fuerzas de seguridad en esta coyuntura pecan por defecto o por exceso. Podemos apreciar cómo en alguna zonas del país se permite el desarrollo de manifestaciones violentas como si no existiese el Estado, incluso llegan a montarse alcabalas para cobrarle peaje a la ciudadanía, a veces bajo la mirada cómplice de funcionarios. El otro extremo es la represión brutal e innecesaria sobre la cual abundan denuncias y registros en medios digitales, sin contar que al menos unas 9 personas han fallecido por intervención de la fuerza pública. Ninguno de los dos extremos es bueno, ni legal, ni contribuye a la merma de la actual conflictividad. Por el contrario, parece que ambos bandos extremos están apostando por una escalada de la violencia.

¿Estas manifestaciones de la represión pueden considerarse violaciones a los derechos humanos o crímenes de lesa humanidad? ¿En cuáles casos?

La represión puede ser legal o ilegal, si la represión está legalmente justificada, es decir, si estamos frente un delito concreto, el Estado debe intervenir oportunamente a través de sus fuerzas de seguridad, quienes no tienen competencia alguna para aplicar castigos, éstas solo pueden contener esa situación y apresar a los infractores, el único que puede reprimir legalmente es el juez a través de una sentencia, previa investigación y acusación del Ministerio Público. Esa es la represión legal, que si respeta todos los pasos y debidas garantías constitucionales y legales no puede considerarse violación de derechos humanos.

En cambio si las fuerzas de seguridad del Estado se vuelan todos esos procedimientos y formalidades, adjudicándose a sí mismos facultades represivas, de aplicación de castigos, aún en casos de delitos concretos, estarían cometiendo violaciones a los derechos humanos. Si esa actuación es expresión de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y forma parte de una política de Estado pasa a otro nivel y constituiría un crimen de lesa humanidad.

A todo evento el Estado en materia de Derechos Humanos tiene un doble carácter: un deber positivo de protección y un deber negativo que consiste en no hacer daño. Es decir, tiene responsabilidad ya sea por acción o por omisión. Para eso eres Estado, para hacerte responsable.

¿Hay antecedentes de actuaciones anteriores similares en Venezuela?

Las luchas en la calle y la defensa del poder de los gobiernos forman parte de nuestra historia, los trabajos de Margarita López Maya son ya unos clásicos sobre estos temas. Por ejemplo, Provea hace seguimiento de violaciones al derecho a la libertad en manifestaciones desde hace 27 años. En 1990 contabilizó unas 1.490 personas detenidas de manera ilegal y arbitraria, cifra superada solo en 2014 en las que la cifra llegó a 3.459 personas.

¿En qué ha consistido el Plan Zamora? ¿Es la primera vez que se aplica una operación de este tipo para el control del orden público?

En estas materias no hay que permitir que la excepción se convierta en la regla, esa es la lógica que impera desde el poder para protegerse así mismo. En ocasiones tenemos la mala costumbre de creer que estamos descubriendo el agua tibia… hasta la década de los 90 estuvo vigente la Ley de Vagos y Maleantes y en el 89 suspendieron las garantías constitucionales con los efectos que ya todos conocemos. Actualmente tenemos más de un año bajo la lógica de la "emergencia" que es una forma de decir "estado de excepción".

El problema radica en confundir las protestas y su control que es una dimensión de la seguridad ciudadana, con una guerra en la que los manifestantes son el enemigo interno y por lo tanto es un asunto no de seguridad ciudadana sino de seguridad nacional, allí es donde aparecen y dominan los militares. En ese marco surge el término "orden interno" que es un concepto militar, bélico, que no tiene nada que ver con el control de manifestaciones que es una labor civil, y en consecuencia de seguridad ciudadana.

Por eso es importante tener muy diferenciados los conceptos y los términos, hay que distinguir claramente la seguridad ciudadana de la seguridad de la nación, lo civil de lo militar, el control de manifestaciones de una guerra contra el enemigo. Hay un sector oficial que tiene tiempo trabajando en estas fusiones y confusiones para que la lógica militar sea la que se imponga, de allí una serie de reformas legislativas que se han realizado vía habilitante a partir del año 2014 en las que se creó, por ejemplo, el "Sistema de Protección para la Paz". Más allá del nombre orwelliano que parece una confesión, esas reformas apuntan a la confusión de los conceptos de seguridad ciudadana y seguridad de la nación, fusionando ámbitos civiles y militares, política de defensa nacional con política criminal, protestas con fenómenos delictivos y amenazas a la seguridad de la nación, participación ciudadana en la elaboración de la política pública con acciones policiales y militares ejercidas por la propia comunidad, policializando y militarizando así a la sociedad y al Estado.

¿Cuáles cuerpos de seguridad han actuado? ¿En qué se diferencian sus actuaciones?

Vamos a partir del debe ser, de los criterios y niveles de actuación policial que es uno de los grandes aportes del modelo policial venezolano, que se encuentra tanto en la legislación como en las resoluciones actualmente vigentes en el país. En primer lugar tenemos a las policías municipales que no tienen competencia directa en el control de manifestaciones, ni cuentan con los equipos para estas tareas, éstas solo deben circunscribir el ejercicio de sus actividades a labores de apoyo, dando las orientaciones debidas a las personas y el control del perímetro externo de la zona de conflicto, a fin de preservar la seguridad de las mismas, prevenir y evitar la escalada en la confrontación y facilitar la operatividad de los demás cuerpos policiales.

Las policías estadales, en cambio, sí tienen la facultad de organizar personal entrenado y equipado para el control de reuniones y manifestaciones que comprometan el orden público, la paz social y la convivencia, en su espacio territorial. Las policías estadales son las responsables directas de contener las manifestaciones y asegurar el orden público en su territorio. En caso que éstas se vean superadas en su capacidad y medios, deben ser apoyadas de inmediato por los cuerpos nacionales existentes con competencia en esta materia la PNB o la GNB. Lamentablemente en esta coyuntura no se ha apreciado la participación de estos cuerpos policiales, quienes deben ser los primeros en intervenir y evitar la escalada del conflicto.

En un segundo nivel se encuentra la PNB que tiene competencia en todo el territorio nacional en materia de orden público, debe intervenir solo cuando la intensidad de la situación rebasa la capacidad y medios de las policías estadales.

Finalmente, la GNB, que en esta supuesta etapa transitoria de desarrollo y fortalecimiento institucional de la PNB, puede ejercer de manera excepcional, residual y subsidiaria, labores de control de manifestaciones y de orden público. En la prestación de esta área del servicio de policía, este cuerpo debe regirse por la normativa de seguridad ciudadana que es de carácter civil, no militar, ya que ejerce labores de seguridad ciudadana, no de seguridad nacional.

En un balance reciente que realicé con los datos publicados por el Ministerio Público, se observa que el cuerpo de seguridad vinculado con la mayor cantidad de casos de víctimas fatales en el contexto de manifestaciones es la GNB, seguida de las policías estadales y la PNB, lo que es de esperarse, ya que, tal como lo he explicado, son los cuerpos con competencia en esta materia.

¿Esta represión a la disidencia se puede comparar con los crímenes políticos entre 1958 y 1998 que el Estado ha denominado "terrorismo de Estado" en la comisión por la justicia y la verdad?

Es muy difícil generalizar y para hacer un juicio serio, académico, apartado de la polarización y de los intereses partidistas reinantes, habría que hacer una mínima investigación al respecto, de lo contrario sería poco rigurosa cualquier respuesta. Se tendría, por ejemplo, que hacer un trabajo de comparar esos 40 años que aludes a un período similar, o contrastar cifras concretas por años, lo que no es sencillo dada la precariedad y opacidad histórica respecto a las cifras e información vinculada con estos hechos, estos son datos que ningún gobierno va estar exhibiendo.

La Comisión por la Justicia y la Verdad, luego de varios años, logró sistematizar los casos de unas 10.071 víctimas, de las cuales 459 corresponden a desapariciones forzadas y unas 1.425 a personas asesinadas, todas por razones políticas.

En términos eminentemente normativos es más sencillo hacer contrastes, antes, como ya te he comentado, teníamos una Ley de Vagos y Maleantes y un Código de Enjuiciamiento Criminal que de alguna manera facilitaban más los excesos y arbitrariedades por parte del poder. Actualmente nuestra legislación comparativamente es mucho más garantista. El detalle está en qué tanto se respeta el cumplimiento de esta legislación en nuestros días.

Lo que sí podemos hacer son algunos contrastes con los años recientes, por ejemplo, la cifra de presos políticos a partir del año 2014 se disparó de una manera importante, este tipo de casos eran algo muy excepcional durante el gobierno del presidente Chávez, podían contarse con los dedos de una mano.

Más allá del móvil político me preocupa la expansión general del sistema penal y el recrudecimiento de su operatividad. La Fiscal General informó hace unos meses que el año pasado 4.667 personas fallecieron en manos de los cuerpos de seguridad del Estado y esto parece que no le importa a nadie, con las OLP se ha dado un cheque en blanco a las fuerzas de seguridad del Estado. Por otra parte, las tasas de encarcelamiento también se han disparado. Las desapariciones forzadas aparecen cada vez con más frecuencia, el año pasado los casos de Tumeremo, Cariaco y Barlovento fueron emblemáticos. Cuando toleramos este tipo de excesos hacia supuestos delincuentes, estamos dejando la mesa servida para que el propio Estado nos vulnere los derechos a todos por cualquier motivo, sea este político o burdamente delincuencial, lamentablemente ambos motivos no son excluyentes entre sí.

En conclusión: antes del 98 no vivíamos en Disneylandia ni nos gobernaban las Carmelitas descalzas, actualmente tampoco, y de seguir cómo vamos lo que viene puede ser peor, por ello debemos sumar esfuerzos para que el actual conflicto merme y cese pronto. El núcleo de todo debe ser el respeto a la Constitución, a las leyes y a las vías institucionales y electorales.

¿El uso excesivo, e incluso mortal, de la represión estatal hasta dónde puede llegar? ¿Hay límites legales para ello? ¿Se están cumpliendo?

El límite es el derecho a la vida y la ley. Solo en el caso extremo en el que un funcionario en el ejercicio de su deber sea atacado mortalmente, tiene el derecho a la legítima defensa. Puede también hacer uso de la fuerza potencialmente mortal cuando sea estrictamente necesario para salvar otra vida, tal como lo establece el Código Penal para cualquier ciudadano, y en el caso de la función policial cuenta también con normas para el Uso Progresivo y Diferenciado de la Fuerza. Estas excepciones no pueden trasladarse a cualquier situación en dónde se puede matar a cualquiera por cualquier motivo sin ningún tipo de responsabilidad posterior. La justificación de la existencia del Estado es la protección de sus ciudadanos, no lo contrario.

¿La conflictividad puede llegar a los estándares de un conflicto armado interno?

Los extremos de ambos bandos políticos parecen estar jugando a eso, estamos ante opciones extremas fuera de la ley, elecciones generales o constituyente impuesta, ambas propuestas inconstitucionales están planteadas en términos extorsivos, si no se aceptan vamos a la guerra. Todas las fuerzas vivas de la sociedad, que no están en ninguno de los extremos minoritarios, debemos desactivar esa bomba bélica. La guerra para los extremos es un gran negocio, políticamente rentable para ambos, perjudicial para el resto del país que somos la gran mayoría.

Nicolás Maduro ha propuesto crear una nueva comisión de la verdad para investigar y esclarecer los hechos violentos ocurridos en las protestas ¿Esta instancia es la adecuada para tratar estos casos?

Las Comisiones de la Verdad para que sean exitosas en sus cometidos deben ser el producto de un consenso entre todos los sectores, no puede ser una comisión partidista ni de adeptos, debe estar conformada por personas de alta credibilidad para todos los actores involucrados. No veo que actualmente tengamos el clima para lograr algo semejante, considero además que no debemos como sociedad esperar a la conformación de una comisión de ese tipo, mucho menos permitir que se armen nuevas tácticas dilatorias para asumir y resolver los problemas que tenemos al frente. Lo que debemos hacer es exigir que las instituciones cumplan con su rol: el Ministerio Público, los tribunales penales y la Defensoría del Pueblo deben ejercer los controles externos y penales correspondientes, y los propios cuerpos de seguridad del Estado deben implementar sus controles internos y disciplinarios oportuna y eficazmente, la ley comienza por casa, quienes cometan excesos y delitos deben ser entregados a los órganos competentes. La Fiscal General ha señalado cómo investigan e imputan a funcionarios y luego los cuerpos de seguridad no ejecutan la aprehensión de los mismos. La situación ha llegado a tal extremo que hasta el propio Ministro de la Defensa recientemente admitió los excesos de la GNB y les hizo un llamado público de atención, ahora esas palabras deben materializarse en acciones institucionales concretas.

Publicado originalmente en: Contrapunto.



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Keymer Ávila

Abogado graduado en la Universidad Central de Venezuela (UCV). Máster en Criminología y Sociología Jurídico Penal, UB (Catalunya). Investigador y Profesor de Criminología en la UCV.
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