El estudio que presento a continuación forma parte de una entrevista que me hizo un importante medio impreso.
Se explica a grosso modo la evolución que ha presentado este instrumento jurídico en el país, incluyendo lapsos democráticos y otros de dictadura.
La Carta Magna de 1811 fue la primera Constitución de Venezuela y de América Latina, promulgada y redactada por Cristóbal Mendoza y Juan Germán Roscio y sancionada por el Congreso Constituyente de 1811 en la ciudad de Caracas el día 4 de diciembre.
Establecía un gobierno federal, pero fue derogada el 21 de julio de 1812 por la capitulación de Francisco de Miranda en San Mateo.
El Libertador Simón Bolívar propuso ante el Congreso de Angostura la Constitución de Venezuela de 1819, para organizar políticamente la República luego de la reconquista por el Ejército Patriota.
La Constitución de 1821 resultó del Congreso de Cúcuta del 30 de agosto. Su objetivo fue crear la República de Colombia mediante la unificación de Nueva Granada (Colombia y Panamá) y Venezuela. Permitió reformas de contrato para la libertad social, económica y política de los países.
La Carta Magna de 1830 surgió como consecuencia de la separación del Departamento Venezuela de la Gran Colombia para constituir el Estado de Venezuela. Para gozar de derechos ciudadanos se necesitaba “ser venezolano, casado o mayor de 21 años, saber leer y escribir, dueño de una propiedad raíz cuya renta anual sea de 50 pesos o tener una profesión, oficio o industria útil que produzca cien pesos anuales sin dependencia de otro en clase de sirviente doméstico o gozar de un sueldo anual de 150 pesos”.
El 16 de abril de 1857 fue sancionada por el Congreso de la República, con el propósito de aumentar el período presidencial a seis años y que el Presidente pudiera ser reelegido. Planteaba la centralización del Estado.
La Convención Nacional de Valencia, el 24 de diciembre de 1858, sancionó una nueva que otorgó más autonomía a las provincias, la elección del Presidente, vicepresidente y otros funcionarios por votación universal, directa y secreta, con períodos presidenciales de cuatro años. Tuvo muy poco tiempo de vigencia, porque estalló la Guerra Federal el 20 de febrero de 1859.
El 28 de marzo de 1864 fue aprobada por la Asamblea Constituyente de la Federación la nueva Carta Magna que consagraba el sistema federal vigente hasta nuestros días, en el que los Estados serían independientes y se unirían para formar la nación con el nombre de Estados Unidos de Venezuela.
En 1874, pero el 24 de mayo, se sancionó otra Constitución por parte del Congreso dominado por Guzmán Blanco. Obligó a los electores a firmar el voto, redujo a dos años el período constitucional, además prohibía la reelección presidencial.
En 1881 nace otro papel jurídico que redujo los 20 estados de la Federación a nueve y creó el Gran Consejo Federal, encargado de elegir al Presidente. Se declaró como himno nacional el canto Gloria al Bravo Pueblo, y se reconoció a la Corte de Casación como Supremo Tribunal de los Estados.
Diez años más tarde es sancionada otra Constitución por el Congreso del presidente Raimundo Andueza Palacio. Sus reformas contenían modificaciones del Consejo Federal y la duración de dos años del período constitucional.
El 12 de junio de 1893, la Asamblea Nacional Constituyente lanza otra Carta Magna, promulgada por el Presidente Joaquín Crespo, donde se lleva el período presidencial a cuatro años. Planteó elecciones directas y secretas para elegir al Presidente, eliminó el Consejo Federal y creó un Consejo de Gobierno, compuesto de nueve vocales (uno por cada estado) nombrados por el Congreso cada cuatro años. El presidente de dicho cuerpo actuaba como vicepresidente de la República.
En 1901, Cipriano Castro dio vida a la máxima Ley con la que eliminó el Consejo de Gobierno, elevó a seis años el período presidencial, eliminó el sufragio universal y directo, puso en manos de los concejos municipales la elección del Presidente de la República y se dividió el territorio en 20 estados.
La de 1909, bajo el mando de Juan Vicente Gómez, marcó el inicio de la dictadura con la que se altera el régimen electoral, sustituyendo la elección directa por una elección indirecta hecha por el Congreso y retornó al período de cuatro años.
El 13 de junio de 1914, el presidente provisional Victorino Márquez Bustillos promulgó otra Constitución donde el período presidencial aumentó a siete años, con posibilidad de reelección.
El 19 de junio de 1922 quedó sancionada una nueva por el Congreso de Unión, derogando así el Estatuto Constitucional Provisorio de 1914. Este documento recogía y amparaba las necesidades dinásticas de Gómez.
UN HITO LEGAL
El 24 de junio de 1925, Juan Vicente Gómez promulgó otra Carta Magna en la que se consagraba la centralización de la Administración Pública. Por el hito que marcó en la evolución de los principios institucionales del país, puede ser considerada como una de las constituciones más importantes que ha tenido Venezuela en el siglo XX.
La Constitución de 1928 prohibía la propaganda comunista y se declaraban traidores a la Patria a los que proclamaran, propagaran o publicaran algo al respecto. Las faltas temporales del Presidente serían cubiertas por el ministro que él designase.
Desde la Constitución de 1931 el Presidente de la República pasará a ser al mismo tiempo Comandante en jefe del Ejército, y mientras no tome posesión el Presidente electo seguirá el comando militar en manos del Comandante en jefe. Esta es la última reforma que se realizó en la dictadura de Gómez debido a su muerte en 1935.
Eleazar López Contreras generó un nuevo documento legal que estableció la Presidencia durante cinco años. Fue reformada parcialmente en 1945. El 5 de julio de 1947, la Constituyente aprobó nueva Constitución durante la presidencia de Rómulo Betancourt en la Junta de Gobierno creada en 1945. Tuvo una vigencia de un año y cuatro meses y fue derogada el 24 de noviembre de 1948.
La llamada Constitución Federal fue aprobada el 11 de abril de 1953, durante la presidencia del general Marcos Pérez Jiménez hasta su derrocamiento.
El 23 de enero de 1961, el Congreso aprobó otra carta en la presidencia de Rómulo Betancourt, hasta que fue derogada por la aprobación de la avanzada Constitución de 1999 mediante referéndum.
Algunos cambios
A pesar de que la Carta Magna de 1999 establece que el de Venezuela es un Estado social de derecho y de justicia, democrático y federal, luego de transcurrido un tiempo de su aprobación, el Ejecutivo Nacional detectó varios aspectos que debían ser revisados y modificados, vía consulta popular, para garantizar el tránsito hacia el socialismo.
Por ello, en 2007 se propuso la modificación de 34 artículos por la vía de una una reforma constitucional. Dichos cambios fueron rechazados por el pueblo venezolano durante el referéndum realizado ese año. Al año siguiente se propuso la enmienda de cinco artículos (160, 162, 174, 192 y 230), aprobada en consulta popular. Uno de los principios más relevantes de dicha corrección es la posibilidad de reelección a los cargos de elección popular de manera continua e indefinida.
La Constitución: carta jurídica de un país
La Constitución, en Venezuela, es la norma fundamental establecida para regir jurídicamente al país, fijando los límites y definiendo las relaciones entre los poderes de la federación: Poder Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral entre los tres niveles diferenciados del gobierno (el nacional, estadal y municipal).
Esta Carta Magna establece el inicio de la Quinta República de Venezuela, se cambia de nombre del país de República de Venezuela a República Bolivariana de Venezuela; la división política se establece en estados, Distrito Capital, dependencias federales y territorios federales, se cambia de gobierno representativo a participativo; consagra el aumento de los derechos políticos, económicos, sociales, familiares, educativos, del trabajo y de la salud, aumenta los poderes públicos nacionales de tres a cinco: Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral, pero se conserva el orden jurídico del Poder Público en nacional, estadal y municipal, se da la preeliminación del Senado de la República y el cargo de Senador vitalicio, y se establece un Poder Legislativo unicameral; reaparece el cargo de vicepresidente, aumenta el período presidencial de cinco a seis años, con una sola reelección inmediata; aparecen los referendos revocatorios para todos los cargos de elección popular a mitad de su periodo constitucional; aparecen cargos públicos como el de defensor del Pueblo; la nacionalidad venezolana no se pierde al optar o adquirir otra nacionalidad; se crea la Policía Nacional; establece que la totalidad de las acciones de Petróleos de Venezuela S.A. pertenecen al Estado venezolano; aumenta los derechos fundamentales de los indígenas venezolanos tanto en cultura, territorio e idiomas.