El militante socialista debe cultivar la humildad, la solidaridad, la fraternidad, la libertad, la justicia, la igualdad, el cooperativismo, y estar al servicio de la comunidad, siendo ejemplo moral y de valores que lo destaquen ante cualquier responsabilidad encomendada, igualmente el comandante Hugo Chávez en la juramentación del Consejo Presidencial Moral y Luces, expresaba “No habrá revolución sin ideología revolucionaria, no habrá socialismo sin una conciencia socialista, comunitaria, social que nos ayude sanear el país.
Es necesario poseer entonces un instrumento como el Código de Ética Socialista, que permita normar y sancionar cuando fuera necesaria la conducta inmoral y contra revolucionaria de un militante irresponsable que con su conducta deteriora nuestros postulados y busque a deteriorar un proceso de cambio que Venezuela asumió como irreversible.
CODIGO DE ETICA SOCIALISTA
CAPITULO I
PRINCIPIOS
El Código de Ética es un instrumento que regula la moral, honestidad y combatividad de los militantes del Partido Socialista Unido de Venezuela-PSUV- .
Articulo 1: El Código de Ética será de uso obligatorio para todos los militantes del Partido Socialista Unido de Venezuela. Y puede ser invocado por un militante cuando; así sea necesario.
Articulo 2: Los militantes tendrán que mantener la moral, honestidad y combatividad que representen los principios de solidaridad, libertad, fraternidad, humildad, justicia, igualdad y cooperativismo de la Revolución Bolivariana.
Artículo 3: Para ser militante o autoridad del PSUV, debe ser reconocido por la comunidad como un ciudadano que respeta los derechos y deberes constitucionales. Podrá un militante solicitar ante el Consejo de Ética, la exclusión del partido al ciudadano que incumpla lo antes mencionado.
CAPITULO II SANCIONESArticulo 4: Está prohibido para los militantes y autoridades del partido hacer uso del Partido Socialista Unido de Venezuela, en función de sus intereses personales o de parcialidades, por este motivo en la primera ocasión serán suspendidos por (30) treinta días hábiles y la segunda ocasión será expulsado del Partido Socialista Unido de Venezuela.
Articulo 5: El militante o autoridad del partido, que sin consultar con los demás miembros de la organización, realice acuerdos y convenios que afecten los intereses del Partido Socialista Unido de Venezuela, será expulsado.
Artículo 6: Cuando a un militante o autoridad del partido se le compruebe la práctica del clientelismo político, tráfico de influencias o haga uso de métodos que vayan en contra de la dignidad humana será expulsado del PSUV.
Articulo 7: El Consejo de Ética, podrá imponer amonestaciones públicas, según la gravedad de los hechos expuestos, se abrirá un expediente para seguir con atención la conducta del militante o autoridad del PSUV.
CAPITULO III
CONSEJO DE ETICA
Articulo 8: El Consejo de Ética es el encargado de aplicar las sanciones, siempre y cuando cumpla con el procedimiento que establece el artículo 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela que garantiza “el debido proceso”.
Articulo 9: El Consejo de Ética será integrado por cinco miembros, tres (3) principales y dos (2) suplentes.
Articulo 10: Los miembros principales estarán integrados de la siguiente manera: Un (1) Presidente, un (1) Secretario y un (1) Relator, los suplentes sustituirán a los principales en ausencias previamente notificadas. Las reuniones ordinarias serán una vez al mes y las extraordinarias, cuando las circunstancias así lo requieran y previa convocatoria del Presidente.
Articulo 11: Son atribuciones del Presidente convocar el Consejo de Ética cuando se reciba una denuncia por escrito, realizada por un militante del PSUV. Esta denuncia tendrá respuesta de su admisión en los siguientes (15) quince días hábiles.
Articulo 12: Son atribuciones del Secretario levantar las actas de las reuniones del Consejo de Ética, firmar en conjunto con el Presidente los documentos y correspondencias emitidas.
Articulo 13: Son atribuciones del Relator realizar las investigaciones e instruir con pruebas los expedientes en caso de las denuncias interpuestas por ante el Consejo de Ética.
Articulo 14: Las decisiones del Consejo de Ética serán tomadas por mayoría simple entre los tres miembros principales, los suplentes tendrán derecho a voz pero no a voto.
Articulo 15: El Consejo de Ética será elegido en el mismo periodo de las autoridades del Partido Socialista Unido de Venezuela.
Articulo 16: Las decisiones del Consejo de Ética deben ser públicas y explicitas, de manera que pueda ser entendida por la colectividad.