Dentro de las líneas de acción dispuestas por el Comandante-Presidente Hugo Chávez en el 1º Congreso Extraordinario del PSUV., para el análisis de la problemática que se desprende de la comisión de delitos en Venezuela, no debemos dejar de abordarla en nuestras propuestas y debates hacia la escogencia interna de nuestros candidatos a la Asamblea Nacional, que, aun siendo multifactoriales sus causas, no se podrá evitar que la oposición se vierta sobre las consecuencias políticas como parte de su campaña electoral, de allí que los revolucionarios no debemos subestimarla, en tal sentido, como contribución personal, por este medio, humildemente quiero hacer saber a nuestros candidatos a la Asamblea Nacional, una vez escogidos en el proceso interno de PSUV. y posteriores diputados, unas ideas ordenadas trabajadas por mi, que perfectamente pudieran ventilarse en los debates para ser convertidas en normas jurídicas.
Entre estas ideas están las que pudieran ayudar a resolver la contradicción que se presenta en cuanto a la necesidad que se de prevalencia de los derechos individuales, indispensablemente particulares, cuando se trata principalmente en el tratamiento jurisdiccional de una persona que se ve involucrada en una conducta delictual, entendiéndose como el debido proceso y el derecho a la defensa (Artículo 49 Constitucional), que siendo estos una garantía constitucional, en muchos casos, tras ser utilizada como subterfugio, se convierte en un arma procesal que fácilmente está conduciendo a la perfecta e inmoral impunidad que socaba las bases, no solo de la institucionalidad, sino su credibilidad popular; por otro lado, contrariados, encontramos los derechos colectivos y difusos, entendiéndose como los derechos de la gente, es decir, los de la sociedad actual hacia las futuras generaciones (Preámbulo Constitucional) cuando se convierten en víctimas permanentes y constantes gracias a que, aquellos derechos individuales, dentro del ordenamiento jurídico procesal, son ubicados, apoyándose en las engañosas falta de formalidades esenciales, como hecho práctico, se colocan por encima y con preeminencia de la colectividad muchas veces indefensas.
Así tomando en cuenta la nueva referencia doctrinal de la nueva constitucionalidad que recoge los postulados hacia la organización del poder popular, me permito exponer solamente tres ejemplo: a) revisemos el derecho constitucional a la libertad de expresión de los medios, periodistas y demás comunicadores, cuando transmiten imágenes, mensajes, programas, comerciales, películas, telenovelas, videos y más, ante fundamentalmente los niños, niñas, adolescentes, jóvenes y demás colectivos sociales, al ser bombardeados perennes para convertirlos en víctimas de un consumismo exacerbado; b) Un individuo que conduce en estado de dopaje o ebriedad poniendo en peligro la integridad física, emocional y hasta espiritual, no solo suya, sino de su familia y la sociedad en general; y c) La libre empresa para producir alcohol en sus diversas gamas para el consumo masivo y la contraprestación del daño social actual y futuro que se produce.
Estoy seguro que el debate en la Asamblea Nacional para dilucidar el tema de la delincuencia, si lo planteamos en los términos de las causas reales que conducen a la impunidad, permitirá amilanar a la oposición, a sus medios y defensores, quienes, al no tener justificación para oponerse, no les quedará mas remedio que pasar agachados, pues, claro, estaríamos desnudando la verdadera cara de sus intenciones, que no es otra que la ganancia lucrativa e individualista en el como sea y ante quien sea.
De antemano les informa que no formo parte de los autopostulados.
Valencia - Carabobo
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