Columna Cayendo y Corriendo

Causas y efectos: Caso Globovision

Muchas veces los medios privados tratan de crear matrices de opinión para victimizar a los verdugos y castigar moralmente a las víctimas.

Es precisamente ello lo que se está haciendo en este momento con el caso Globovisión y las multas impuestas a dicho canal de televisión.

El método para crear un matriz de opinión que victimiza a quien faltó a la ley consiste simplemente en desaparecer la falta a la ley, y visibilizar únicamente la aplicación de la ley, es decir, la multa.

El artículo que les presento esta semana no es otra cosa que el listado histórico de las acciones de Globovisión contra las leyes de la República y la aplicación de la ley por parte de las autoridades.

El listado que les presento a continuación tiene como fuente CONATEL y ha sido elaborado por parte del equipo de investigación de Cayendo y Corriendo, específicamente por la Lingüista Lilia Ramírez y el Periodista Johan Briceno.

PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS SANCIONATORIOS CONTRA GLOBOVISIÓN

Por el manejo inadecuado de la información en su agenda diaria, o bien sea por la manipulación del contenido y datos ofrecidos se le ha abierto siete procedimientos administrativos a Globovisión. En cada uno de ellos la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) ha actuado apegada a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, a la Ley Orgánica de Telecomunicaciones y al ordenamiento jurídico vigente.

1) 16.10.2008

MOTIVO: apología o incitación al delito, apología o incitación a alteraciones del orden público que pueden ser contrarios a la seguridad de la nación. Opinión en vivo de Rafael Poleo, director del diario El Nuevo País, en el programa Aló Ciudadano el 13 de octubre de 2008: Chávez “terminaría como Mussolini”.

BASAMENTO LEGAL: Artículo 171 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones

2) 28.11.2008

MOTIVO: Incitar a alteraciones del orden público al difundir declaraciones la madrugada del 24 de Noviembre de 2008 del entonces gobernador electo de Carabobo, Enrique Fernando Salas Feo, después de cerrado el proceso electoral regional del 23 de noviembre, quien llama a la población a que vaya a tomar, ilegalmente, la Junta Regional del estado Carabobo para reclamar su triunfo. Globovisión lo dejó al aire por más de 7 minutos.

BASAMENTO LEGAL: Violación al artículo 29 numeral 1 de la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión.

3) 07.05.2009

MOTIVO: Transmisión el 04 de mayo de 2009, desde la madrugada y durante todo el día, de manera continua y reiterada durante toda su programación mensajes alusivos al sismo que se registró en Venezuela en esa misma fecha, las cuales podían generar alarma, temor, zozobra o pánico entre la población.

BASAMENTO LEGAL: Artículo 29, numeral 1, de la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión.

4) 16.06.2009

MOTIVO: Impuestos no cancelados por mensajes institucionales transmitidos por Globovisión durante el paro cívico de diciembre 2002 y enero 2003.

BASAMENTO LEGAL: Artículo 171 de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones de 2000

5) 04.07.2009

MOTIVO: Transmisión de cuñas con mensajes en defensa de la propiedad privada identificadas por las organizaciones Asoesfuerzo y Cedice.

BASAMENTO LEGAL: Violación del artículo 29 de la Ley de Responsabilidad en Radio y Televisión.

El procedimiento estuvo acompañado de una medida cautelar que ordenó la suspensión inmediata de la transmisión de las cuñas.

6) 05.09.2009

MOTIVO: Presuntamente instigar al magnicidio y al golpe de Estado, a través de un mensaje supuestamente enviado por un usuario en el programa “Buenas Noches”.

BASAMENTO LEGAL: Infringir los artículos 7, 27 y 29 de la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos.

7) 30.06.2011

MOTIVO: Apología del delito, incitación al desconocimiento del orden jurídico, alteración al orden público, fomento a la zozobra e instigación al odio.

Repetir las 18 declaraciones más sentidas y desesperadas que se produjeron durante los hechos ocurridos en el Rodeo I y II. Esas declaraciones las repitieron 269 veces e incorporaron vídeos de sonidos de fondo que no forman parte del audio original como el tabletear de las ametralladoras.

BASAMENTO LEGAL: Comprobación de la violación de los artículos 28 y 29 de la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos.

MULTA Bs. 9.300.000, es decir el 7,5% de los ingresos brutos de Globovisión del año 2010

En conclusión, si no se recuerdan sistemáticamente las causas que originaron el castigo, la gente recordara sólo el castigo y quien infligió la ley Será visto sin más como víctima y no como el verdugo mediático de todos los venezolan@s.

Por cierto, no hay que estar « felices » (como alguien lo afirmó) por la aplicación de la ley, pues ello se interpretaría como un acto de revanchismo político y no lo es. Globovisión ha hecho más de lo debido para ser cerrado y sigue ahí...

*Ph.D.
Instituto de Estudios Avanzados (IDEA-MPPCTII)
Director del Area de Sociopolitica y Cultura


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Miguel Angel Perez Pirela *

Doctor en Filosofía Política. Escritor. Comunicador. Investigador del www.IDEA.gob.ve. Conductor y Creador de Cayendo y Corriendo (VTV). Autor de la novela Pueblo.

 maperezpirela@gmail.com      @maperezpirela

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