XVI.-Decreto de Pedro Carmona Estanga

NOTA: El siguiente trabajo es el capítulo XVI de un libro de XVII y cinco anexos, para un total de 255 páginas, escrito por el suscrito, en el cual se recorre parte de la historia Nacional y algo de América Latina, particularmente el caso chileno, en el cual intentamos demostrar que los golpes de Estado, por lo general, han conducido a regímenes de fuerza y de manera particular, como quienes terminan por afianzarse en el poder, para imponer sus designios, no sólo atropellan a quienes logran sacar del gobierno, sino terminan por llevarse por delante también, en gran medida, a sus colaboradores iniciales. Este capítulo, como lo indica el título está dedicado a analizar el DECRETO DE Carmona Estanga, por el golpe de abril del 2002 contra Chávez, resaltando algunos hechos que alumbran sobre la hipótesis que manejamos. El libro todavía no tiene título y es posible que se quede en mi archivo o lo publique por parte en algunos medios, salvo que a alguien le interese editarlo.

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                     Pedro Carmona Estanga pasará a la historia de Venezuela, no por haber sido Presidente de Fedecámaras o primer mandatario nacional de tiempo más corto, como para que le sigan llamando para la posteridad Pedro “El Breve”, sino por haber sido el político responsable del mayor número de torpezas cometidas en el más corto tiempo desde la posición a que lo llevaron los golpistas de abril del 2002.

                      El Decreto del día 12 del mes y año citado anteriormente es una suma de errores políticos y legales que produjeron la caída del llamado gobierno de “Transición” de inmediato. Por supuesto, en aquella aventura no estuvo sólo, le acompañaron las clases adineradas, políticos venales que quisieron recuperar el país en favor de sus intereses, habiendo dejado constancia de ello en la larga lista de firmantes de aquel mamotreto jurídico, los propietarios de los más importantes medios de comunicación, la “meritocracia” de PDVSA, alta jerarquía de la iglesia católica, un grupo de militares de alta jerarquía sin ascendencia en los oficiales menores y menos en la tropa y, por supuesto, el Departamento de Estado del gobierno de Estados Unidos, encabezado éste por George W. Bush.

                      Después de una serie de considerandos en los cuales se hacen acusaciones sin fundamento y hasta a todas luces inventadas al presidente Hugo Chávez, como el de una “política internacional que ha conducido a Venezuela a un peligroso aislamiento”, las relativas a los asesinados alrededor de Puente Llaguno en manos de francotiradores colocados por los propios golpistas, tal como se dice en uno de ellos:

                            “Que en el día de ayer 11  de  abril  del 2002, ocurrieron

                                    hechos violentos  en  la  ciudad  de  Caracas que se  de-

                                    bieron  a  órdenes  impartidas   por el gobierno de Hugo

                                    Chávez Fías de atacar, reprimir y  asesinar a mansalva a

                                    inocentes  venezolanos que manifestaban   pacíficamente 

                                    en  los  alrededores  del   Palacio de Miraflores, cometién-

                                    dose con ellos graves delitos comunes  y de  lesa  humani-

                                    dad contra el pueblo de Venezuela”.

                      El golpe también se justifica en hechos cometidos por la oposición, por un cruel montaje en cual francotiradores contratados por los golpistas, como ha quedado demostrado, asesinan a venezolanos para justificar la intervención militar. Hechos como ya dijimos, “denunciados” por los militares comprometidos en la asonada, con más de cuatro horas antes que se produjeran. Como también se apoyaron en una represión desatada por la policía del Alcalde de Caracas, Alfredo Peña, hoy fuera del país huyendo a su responsabilidad, por la cual fueron sentenciados y condenados a encarcelamiento varios de los jefes de ese cuerpo policial, entre ellos Iván Simonovis.

                      La conducta de parte de la oposición venezolana, de haber preparado un golpe de antemano, para lo cual llegaron a hacer un montaje con asesinatos verdaderos, fomentados por ellos mismos, queda demostrado también con las declaraciones de Henry Ramos Allup, en las cuales admitió haber conocido el “Decreto” una semana antes; el susodicho dijo con desparpajo:

                                “Es mentira que ese decreto cayó del cielo; lo habíamos

                                 visto todos, una semana antes. Tratamos  de modificar

                                 cosas y fue imposible”.

                      Pero las torpezas y mentiras de Carmona Estanga y sus socios suben de tono, cuando en ese mismo decreto, intentan justificar la ascensión a la presidencia de Venezuela del primero, en este adefesio al cual no sabemos si llamar jurídico, por el denominado “vacío constitucional de poder:

                                 “Considerando que Hugo Chávez Frías en el día de hoy presentó

                                   su  renuncia al cargo de Presidente y que el  Vicepresidente  Eje-

                                   cutivo abandonó su cargo, con lo cual se ha configurado un va-

                                   cío constitucional de poder”.

                      Este primer “considerando” fundamentado en mentiras e inventivas, sirvió de punto de partida para las posteriores violaciones constitucionales y atropellos a la persona humana.

                      Ya es de todo el mundo conocido que tal “renuncia al cargo de Presidente” no fue que otra cosa sino una argucia de los golpistas, como lo fue que “el Vicepresidente Ejecutivo abandonó el cargo”.

                      Es notorio, no se requiere que en este texto aportemos pruebas al respecto, que el Presidente no renunció nunca, los golpistas se valieron de un documento apócrifo para hablar de un hecho inexistente, lo que ya de por sí es un delito, como también es notorio que el Vicepresidente, quien debe suplir las ausencias del Presidente, según lo dispuesto constitucionalmente, no había abandonado el cargo, como se dice en el “Decreto de Carmona” y sus socios.

                      El texto constitucional dice sobre las ausencias del presidente, en el artículo 233, lo que sigue:

                                 “Si  la falta absoluta  del Presidente o Presidenta de la

                                   República  se  produce   durante  los primeros cuatro

                                   años   del período  constitucional, se procederá a una 

                                   nueva  elección universal, directa y secreta  dentro  de

                                   los   treinta  días consecutivos siguientes.  Mientras se

                                   se elige  y  toma  posesión el nuevo Presidente o nueva

                                   Presidenta,  se encargará   de  la  Presidencia  de  la Re-

                                   pública el Vicepresidente Ejecutivo o la Vice Presidenta

                                   Ejecutiva”. 

                      Para entonces ocupaba el cargo de Vicepresidente de la República el ciudadano Diosdado Cabello Rondón, quien no había presentado su renuncia ni abandonado el cargo, sino que había tomado precauciones, sin dejar de estar en permanente contacto con las autoridades, empezando con el Presidente de la Asamblea Nacional el diputado William Lara, una vez consumado el golpe, para preservar su vida, en vista de los acontecimientos y las represalias que quienes habían asaltado el Ejecutivo y el Palacio de Miraflores estaban tomando rápidamente. Además, era como muy prematuro que se declarase tal estado de cosas, como el abandono de cargo del Vicepresidente, sin haber prueba alguna de la “renuncia” del presidente y habiendo fundamentadas sospechas que había sido secuestrado.

                      Es decir, el Decreto de Carmona partía de dos premisas inexistentes, la renuncia del Presidente y el abandono de cargo por parte del Presidente. Pero de ellas se valieron el “jefe” golpista y sus socios para declarar una inconsistente y garrafal situación jurídica “vacío constitucional de poder”; estado o circunstancia que no está prevista en norma alguna de la carta magna.

                      Pero ese ilegal y descomunal atropello al sistema jurídico nuestro y los derechos de los venezolanos, sirvió para que posteriormente, el TSJ controlado por la oposición, cuando haya de evaluar aquellos acontecimientos, en una sentencia que pasará -¡ya pasó! – a la historia, decidió que en ese entonces “no hubo golpe de Estado, sino un vacío de poder”. ¿Será cosa de la simple casualidad o sería un acomodo de los golpistas del TSJ de aquel momento para amparar la violación de todas las leyes de la República por otro grupo de golpistas?

                      El Decreto de Pedro Carmona Estanga del 12 de abril tuvo por objeto, entre otras cosas las siguientes:

                                 “Restablecer  la  institucionalidad  democrática  y  llenar

                                  el vacío constitucional  de  poder  para  que el gobierno

                                  de la  República pueda   adaptarse   a  las  exigencias y

                                  principios  constitucionales  y  los   establecidos  en   la 

                                  Carta   Democrática  Interamericana                       .

DECRETAMOS:

                                    constituir un gobierno de  Transición Democrática y Uni-

                                    dad Nacional de la siguiente forma y bajo siguientes línea-

                                   mientos.”

                         De la misma manera que hablaron los golpistas del pasado, en Venezuela y el resto de América Latina, estos del 2002, hablaron de “restablecer la institucionalidad”, respeto a la “Carta Interamericana” y la constitución de un gobierno de “Transición Democrática y Unidad”; como aquellos lo hicieron, estos comenzaron por atropellar la institucionalidad existente y saltándose todos los principios constitucionales, derivados de un bello proceso constituyente que empezó por elegir libremente, en elecciones directas y secretas, a los constituyentitas que redactaron la Carta Magna –nunca el nombre estuvo más ajustado- y terminó con la aprobación de la misma en otro acto electoral como el anterior y ambos con una participación popular que numéricamente batió todo lo anteriormente registrado en Venezuela.

                       Para “restablecer la institucionalidad”, el Decreto de Carmona desconoce la autoridad del Presidente constitucional, secuestrado por un grupo de militares, el derecho del Vicepresidente Ejecutivo a suplirle por ausencia temporal y toma la siguiente decisión:

                               Art. 1°: “Se  designa a Pedro Carmona  Estanga,  Presidente

                                                    de  la   República   y   se  le  faculta  para dictar los

                                                    actos  de  efectos  generales  que sean necesarios pa-

                                                    ra la   mayor   ejecución del presente decreto y consoli-

                                                    dación del Gobierno de Transición Democrática”.

 

                      Es decir, Pedro Carmona Estanga, por DECRETO se auto nombra Presidente de la República de Venezuela y de paso, se otorga poderes especiales “para la ejecución del presente decreto y consolidación del Gobierno de Transición”. Pese a que una de las razones fundamentales del golpe, según sus promotores, fue el uso por parte de Chávez del precepto constitucional  que le permite al Presidente promulgar decretos con fuerza de Ley, previa autorización de la Asamblea Nacional mediante Ley especial. Para los golpistas eso era inconstitucional, antidemocrático y autoritario, por lo que dispusieron “restablecer la constitucionalidad”.

                      Lo particularmente dramático de todo esto es que mientras Pedro Carmona Estanga, en un acto sin precedente e insólito, se auto juramentaba como “Presidente de Venezuela”, así de simple, porque el Decreto le borró el nombre de “bolivariana”, como un acto de desconocimiento al Libertador, cuyo retrato retiraron previamente del salón en el cual se celebraba aquel triste acto, donde estuvo por años, el auto juramentado lo hacía sosteniendo en su mano izquierda, mientas la miraba y sonreía como con sarcasmo, una hoja de papel en blanco.

                      Esa noche, en aquel infeliz acto se cometió la mayor infamia y falta de respeto a la dignidad y orgullo de los venezolanos que tenemos los pies hundidos en esta tierra.

                       Pero sigamos revisando lo dispuesto en el Decreto Carmona, destinado a retornar Venezuela “a la institucionalidad Democrática”. Con ese fin se dispone en el artículo 3°: “Se suspende de sus cargos a los diputados principales y suplentes de la Asamblea Nacional”.

                      Pero todavía, se atreve a destituir a funcionarios nombrados por el Poder Legislativo como el Contralor General de la República, Defensor del Pueblo, ordena se revise la constitución de 1999 y suspende la vigencia de los 48 Decretos con fuerza de Ley, promulgados por el Presidente Chávez de conformidad a la Ley habilitante.

                       No se quedaron en el tintero disposiciones para destituir a gobernadores y alcaldes, funcionarios que habían sido electos en elección universal, directa y secreta, como tampoco otros altos funcionares escogidos, por disposición de Ley, por la Asamblea Nacional. Así en el artículo 7° se dispuso:

                               “El  Presidente  de   la República  en Consejo de Ministros

                                        podrá renovar y designar  transitoriamente a los titulares

                                        de los poderes públicos,  nacionales,  estadales y  munici-

                                        pales para  asegurar la institucionalidad  democrática y el

                                        adecuado funcionamiento  del  Estado  de Derecho; así los

                                        representantes de Venezuela ante los parlamentos Andino

                                        y Latinoamericano”.

                      Hay algo curioso de nuevo en este artículo que se repite una y otra vez; por intermedio de un Decreto promulgado por una persona, fundamentándose en un papel en blanco, cuando más con el apoyo de un pequeño círculo de civiles y algunos militares de alta graduación, apela a la ilegalidad, desconocimiento de la Constitución vigente, todas la leyes de la República, la decisión soberana del pueblo de Venezuela que en referendo aprobó su Carta Magna, eligió su presidente y demás autoridades, que Carmona destituye de un plumazo, se aspira “asegurar la institucionalidad democrática”. La legalidad entonces la determina la voluntad de una persona y un grupo y no la del pueblo de Venezuela. El golpe y aquel Decreto caracterizaron lo que era institucional o no.

                      Fueron más allá; en el artículo 8° deciden destituir:

                                “de   sus cargos  ilegítimamente  ocupados  al  presidente

                                         y demás  magistrados del Tribunal Supremo de Justicia,

                                         así  como  al Fiscal General de la República, al Defensor

                                         del  Pueblo y a los miembros  del Consejo Nacional Elec-

                                         toral”.

                         Carmona Estanga y sus asociados se trasmutan en tribunal, sin proceso judicial alguno, determinan que esos cargos estaban “ilegítimamente ocupados” y por tal destituyen a quienes los ocupan. Pero la curiosidad se vuelve asombro cuando la mayoría de esos Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, absolverán  a Carmona y a quienes con él contribuyeron a dar el golpe, pues decidirán que “no hubo golpe” sino “vacío constitucional de poder”, por ausencia del presidente y del vicepresidente. En la sentencia del TSJ que le tocó conocer el caso, por ponencia de Franklin Arrieche, se le dio valor sustancial a lo declarado por el general Lucas Rincón; afirmación que con posterioridad fue desmentida. Hasta Pedro Carmona Estanga, como hemos leído en este texto, admitió que uno de los errores de ellos, los golpistas, había sido no sacar a Chávez del país y no haber impedido que hiciese “saber al mundo que no había renunciado”. Cuando se elaboró aquella ponencia y luego el colectivo del TSJ la aprobó con las debidas abstenciones o votos en contra, se sabía bien que tal renuncia nunca existió como también se supo la situación del Vicepresidente Diosdado Cabello.

                      Pero por encima de todo, hay que resaltar el atrevimiento de proceder a derogar la constitución vigente, la de 1999, la única, en toda la historia de Venezuela, aprobada con los votos del pueblo en ejercicio de su soberanía y años después, para Carmona Estanga y sus socios, eso no tuvo significado e importancia alguna. Benigno Rojas, un abogado y de los fiscales que investigó los sucesos de abril del 2002, reveló al diario “Correo del Orinoco”, para la edición del 07 de junio del 2014 que:

                               “Pedro  Carmona  Estanga  declaró  ante  la  fiscalía,  tras

                                       ser  capturado por su participación en el golpe de Estado,

                                       que parte del plan  de  la  derecha era asesinar al presiden-

                                       de la República, Hugo Chávez”.

                       No obstante, sabemos por boca del propio Carmona Estanga, que ellos sabían que el Presidente Chávez no había renunciado y, en consecuencia ellos no tenían a mano ningún documento para fundamentar lo que afirmaron en el “Decreto” y justificar “el vacío constitucional de poder” y sí que el presidente estaba secuestrado. En efecto, Pedro Carmona, declaró a “El Mundo” de Madrid, según cita tomada de la página web “Rebelión”, lo siguiente:

                                 “Fue un error no sacar a Chávez del país, quizás el más

                                         importante que cometimos en esos momentos”.

                      Para agregar luego:

                                “El grupo  militar  que mantenía el diálogo con el presidente

                                        estaba  dividido  y esa  falta  de  cohesión  fue fatal, pues se

                                        precipitaron  las cosas  y  Chávez anunció al mundo que no

                                        había  renunciado,  sino que estaba retenido en contra de su

                                        voluntad”.

                      Este último texto permite comprender y probar dos cosas, que en efecto el presidente estaba secuestrado y esto lo confiesa Carmona Estanga y, como dicen los abogados a confesión de parte relevo de pruebas. De manera que no hubo tal vacío constitucional de poder y no había motivos legales para los actos de los golpistas. Es decir el 12 de abril del 2002, se consumó en Venezuela un golpe de Estado y se dio inicio a una dictadura que afortunadamente solo duró 48 horas. En segundo lugar, la tesis de la intención de matar al presidente, que éste mismo denunció, cobra fuerza probatoria en esas declaraciones de Pedro Carmona a “El Mundo”.

                      En otro espacio se consigna que desde Colombia, donde todavía está asilado, sostuvo que el respaldo que les estaba dando la OEA les garantizaba que Venezuela saldría “de ese trance más rápido que en el caso de Honduras”.   

                     Ante estos reconocimientos del implicado uno observa una vez más dos elementos característicos de los golpes de Estado en América Latina, la presencia de la OEA, como ministerio de colonias de Estados Unidos, que en aquel entonces, no sólo lo era en la definición sino que actuaba como tal; en Honduras se vio claramente como la OEA a través de determinados personajes, como Insulza y Oscar Arias, se prestaron para que el golpe contra el Presidente Zelaya fuese exitoso. Por supuesto, lo anterior sirve también de una manifestación más para mostrar como Estados Unidos estuvo metido en el golpe de Estado contra el Presidente Chávez, como también contra Zelaya.

                      El segundo elemento, propio de las dictaduras y destino fatal de los golpes de Estado, es la disposición al asesinato. Asesinaron mediante paramilitares y francotiradores el 11 de abril para crear un cuadro propicio para que algunos estamentos militares, en medio de la confusión desconociesen al Presidente y hasta lo secuestrasen y estaban dispuestos a seguir matando; ese era el fin asignado al presidente, como lo admitió Carmona Estanga, según el fiscal del Ministerio Púbico, Benigno Rojas.

                      En estas mismas declaraciones, el fiscal Benigno Rojas, señala “dos hechos puntuales”, como el mismo dijo, del interrogatorio hecho a Pedro Carmona Estanga, que llamaron nuestra atención:

                                  “el primero tiene que ver con el  convencimiento  absoluto

                                    que tenía Carmona   Estanga   de que  estaba haciendo lo

                                    correcto, y  lo  segundo  que  la  soberbia de no querer re-

                                    conocer   sus  errores,  principalmente,   aquel   de  haber

                                    emitido  un decreto que  estaba  acabando  con el hilo cons-

                                    titucional y la institucionalidad del país”.

                      De lo anterior, uno deduce que aquel proceder se corresponde exactamente con la concepción que la derecha tiene en materia constitucional y hasta en derechos humanos. La constitución es un documento para ella hecha para ser violado y, los derechos de la ciudadanía a ejercer la soberanía, es asunto que le trae sin cuidado; por eso no hubo en Carmona Estanga, cuando se le interrogó, disposición alguna a reconocer errores y menos preocupación por haber intentado romper “con el hilo constitucional y la institucionalidad”, como expreso asombrado Benigno Rojas.

                      Pero sigamos con el decreto de Carmona Estanga para encontrar más cosas que aclaran los fines del golpe y las verdaderas intenciones de quienes estuvieron envueltos en el mismo. Para tal propósito leamos el artículo 3°:

                                “Se suspende de sus cargos a los diputados principales y su-

                                         plentes de la Asamblea Nacional”.

                       De un zarpazo, como todo golpismo tradicional, se llevaron por delante un organismo que aparte representar la voluntad popular, como el Presidente mismo, sin mediar los mecanismos previstos en la Constitución e integrado tanto por partidarios del gobierno como de la oposición, dejando a los venezolanos todos sin representación alguna sino en manos de un personaje a quien nadie había elegido, en una República Democrática y Protagónica y donde su constitución establece en su artículo 72, un precepto no conocido en la de otro país del planeta:

                               “Transcurrida la mitad del período para el cual fue elegido

                                        el funcionario o funcionaria, un número no menor  del 20

                                        por ciento de los electores o electoras inscritos o inscritas

                                        en  la  correspondiente  circunscripción  podrá solicitar la

                                        convocatoria  de  un  referendo  para revocar su mandato.

                                        Cuando igual o mayor número de electores y electoras que

                                        eligieron  al  funcionario  o  funcionaria  hubieren votado a

                                        favor   de   la revocación,  siempre que haya concurrido  al

                                        referendo   un   número  de  electores y electoras inscritos o

                                        inscritas  igual  o  superior  al veinticinco por ciento de elec-

                                        tores o  electoras inscritos o inscritas,  se  considerará  revo-

                                        cado su mandato y se procederá  de   inmediato   a  cubrir la

                                        falta absoluta conforme  a  lo  dispuesto en esta Constitución

                                        y en la Ley”.             

                      Por último, dejaremos constar de manera muy categórica, como la dictadura instaurada el 12 de abril del 2012, encabezada por un civil, Pedro Carmona Estanga,  entonces también presidente de la Patronal Fedecámaras, reconocido rápidamente por algunos gobiernos que siempre han conspirado contra Venezuela desde 1999, se apresuró a declarar mediante el artículo 4° del Decreto, la suspensión de la vigencia de los 48 Decretos Leyes promulgados por el Presidente Chávez, sobre todo la Ley de Hidrocarburos, de Tierras y Pesca. Por supuesto, esa tarde, en aquel salón del Palacio de Miraflores, los allí congregados premiaron al ungido como Presidente con atronadores aplausos, mientras gritaban eufóricos: “¡Te queremos Pedro!”.  Instante mismo en que desde los cerros de Caracas, las barriadas y las poblaciones vecinas, la gente formando multitudes, los militares, comenzaron a movilizarse hacia la sede del gobierno central a defender su presidente y producir un acontecimiento inédito, sin antecedente, por lo menos en la historia de América Latina.

                      Más tarde Carmona Estanga, en el exilio, habiéndose fugado de Venezuela, justificó este proceder todo, como la convocatoria a un presunto proceso electoral para 365 días a partir del 12 de abril del 2002, como se dijo en el Decreto, en lugar de los 30 días consecutivos después de la ausencia absoluta del presidente, según demanda la Constitución bolivariana del 1999, diciendo que no podían convocar elecciones de inmediato porque los chavistas las volverían a ganar. Se trataba de ganar tiempo y hacer lo que ya habían comenzado a hacer de inmediato, lo que suelen hacer las dictaduras para enterrar los recuerdos, adhesiones e imponer por el terror, quizás también lisonjas y migajas,  nuevos “paradigmas”.

                      No tuvieron tiempo de desarrollar a plenitud sus planes para borrar de la mente del colectivo la huella profunda del chavismo, su mensaje de justicia, de reconocer la deuda social con el venezolano que lleva implícita la idea de Hugo Rafael Chávez Frías, de darle al pueblo, como dijo Bolívar, “la mayor suma de felicidad posible”, repartiendo de la manera más equilibrada los beneficios de la renta petrolera y del trabajo en general. Como tampoco tuvieron tiempo de recorrer la senda del pinochetismo que, como vimos en su oportunidad en este texto, comenzó por acorralar, atropellar y destruir las fuerzas allendistas, en todo su espectro y luego se volvió contra sus iniciales aliados y  todo aquél que entorpeciese sus planes de continuismo y perpetuación. Como decir, empezaron por Salvador Allende hasta llegar a Eduardo Frei quien trabajó activamente en favor del golpe creyendo que contribuía a “rescatar la institucionalidad”,  en verdad representada en el médico mártir, dirigente del Partido Socialista chileno. Y lo hicieron mediante la más brutal e indiscriminada represión hasta llegar a la crueldad de robarle niños a sus padres. Pero no dejaron, quienes tomaron el poder el 11 de abril del 2002, de asomar las pezuñas y cometer algunas tropelías, que dejaron huellas demostrativas de lo que se proponían ejecutar, como toda dictadura y dictadores.



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Eligio Damas

Militante de la izquierda de toda la vida. Nunca ha sido candidato a nada y menos ser llevado a tribunal alguno. Libre para opinar, sin tapaojos ni ataduras. Maestro de escuela de los de abajo.

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