Le hemos tomado la palabra al camarada Mario Silva sobre la importancia de que el país todo recuerde cual fue la posición de la Federación de Cámaras de Comercio y Producción sobre el texto de la Constitución Bolivariana aprobado por la Asamblea Constituyente en 1999, a los pocos días de ser sometido a la aprobación del pueblo en las elecciones refrendarias el 15 de diciembre de ese mismo año, contenida la misma en el comunicado que seguidamente reproducimos, el cual -como lo podrán advertir- se corresponde con el pronunciamiento que aprobó esa Federación en Asamblea Extraordinaria el 22 de noviembre de 1999, de manera que se tome nota que es absolutamente falso de toda falsedad, que los sectores privados de la economía estrechamente vinculados y atados a esa agrupación empresarial, están defendiendo hoy la Constitución Bolivariana que el pueblo aprobó por una inmensa mayoría en la fecha indicada, con un porcentaje que rebasó los dos tercios de la población que acudió a las urnas ese día, el cual quedó registrado para la historia como uno de los más importantes acontecimiento de la vida Republican del país, pues fue la primera vez que a los venezolanos se nos convocaba para consultarnos sobre cómo debía ser nuestro Popol Vuh…
El documento es sumamente claro, no requiere explicaciones de índole alguna para enterarnos que la derecha en nuestro país en absoluto quiere una constitución que abra las puertas a la plena justicia social, pues ella sólo clama por una Carta Magna que privilegie sus intereses, sin límite alguno…
Pero dejemos que los amigos de esta página lean el texto íntegro del documento de marras que hemos tomado de la Internet (*) y que cada quien saquen sus propias conclusiones:
"Los empleadores representados por sus Cámaras y Asociaciones de Comercio y Producción, reunidos en la asamblea extraordinaria del día 22 de noviembre de 1999, convocada por el directorio de la federación de cámaras y asociaciones de comercio y producción de Venezuela, Fedecamaras, acuerdan por unanimidad: expresar su rechazo al proyecto de constitución aprobado por la asamblea nacional constituyente, ha decididos asimismo instar a los electores a pronunciarse por el no en el referendo convocado para el próximo 15 de diciembre, tomando en cuenta las siguientes consideraciones:
1. LA LIBERTAD
FEDECAMARAS privilegia como valor fundamental la libertad del ser humano, con la convicción de que su plena vigencia constituye un elemento esencial para la realización espiritual y material de las personas y para el pleno desarrollo de la inteligencia, creatividad e iniciativa, motor que ha impulsado el asombroso proceso de desarrollo de la humanidad.
FEDECAMARAS tiene como deber indeclinable velar por el sagrado resguardo de este sagrado principio. Su posición es y ha sido firme en el apoyo a la democracia y a un régimen de libertades, a cuya construcción ha contribuido en forma decisiva, impidiendo en el pasado que intentonas de distintos signo diesen al traste con la democracia, sistema que pese a sus imperfecciones, es apoyado por las mayorías.
Por ello FEDECAMARAS, como parte importantes de la sociedad civil, reivindica el derecho a expresar con amplitud sus opiniones sobre temas de interés internacional y se opone a todo intento de coacción o descalificación que pretenda silenciar sus posiciones. La vocación democrática de los gobernantes se coloca a prueba en función de la capacidad
2.- EL HOMBRE, PROTAGONISTA DE SU EVOLUCION
FEDECAMARAS ha luchado igualmente por sembrar conciencia en el país sobre las ventajas de un esquema económico en el cual el ser humano sea el protagonista y que éste pueda decidir, actuar y escoger con libertad, mientras el Estado cumple con el importante papel de apoyar y estimular su empeño, facilitando la actividad económica con reglas claras y seguridad jurídica, y propiciando capacitación, salud, servicios e infraestructura de calidad necesarios para el desarrollo de las actividades con eficiencia y productividad. Este es el camino que han seguido las grandes democracias, base del éxito económico que ha permitido a sus ciudadanos disfrutar de envidiables niveles de ingreso y calidad de vida.
3.- LA DEMOCRACIA FEDECAMARAS es por definición contraria a sistemas políticos que en nombre de la igualdad y justicia social han subyugado a los pueblos, así como a los sistemas colectivistas conducidos con absolutismo estatal, que restan el individuo el estimulo a la superación y lo condenan a la frustración y al silencio. Por ello no hemos compartidos la exaltación de las supuestas bondades del sistema cubano que realizan con habilidad y persistencia personeros influidos por la Habana, buscando quizás un reconocimiento internacional que silencia las victimas de 41 años de irrespeto por los derechos humanos, de los cuales quedan como evidencia tantas penurias y restricciones. Debemos decirlo: los venezolanos no nos identificamos con un régimen dictatorial en lo político e inconveniente en lo económico, que está lejos de ofrecer felicidad y bienestar a su pueblo.
4.- LOS CAMBIOS PARA UN DESARROLLO SUSTENTABLE
Nuestro país vive momentos cruciales de su historia. El empresariado ha re- conocido la necesidad de acometer cambios estructurales, corregir deficiencia del sistema, modernizar las instituciones y emprender un plan de desarrollo sustentable. La decisión de elaborar una nueva Constitución des- cansa en comprensibles frustraciones y de allí la tarea encomendada a la Asamblea Nacional Constituyente, cuyo resultado será considera do el 15 de diciembre. FEDECAMARAS considera su deber comunicar al país su criterios de que la forma atropellada con que la ANC cumplió con esa histórica tarea en tan breve lapso, impidió que la sociedad civil se hiciese más participe del diseño de un proyecto nacional compartidos y ello comprometió su calidad, ahogando numerosos aspectos positivos del mismo en errores, contradicciones y exceso reglamentarios.
5.- LAS CONTRADICCIONES Y EL PATERNALISMO
En efecto, no obstante algunos cambios, entre las dos etapas de discusión no medió el tiempo necesario para considerar observaciones formuladas de buena fe por la sociedad civil, tal como había sido ofrecido. La naturaleza y composición de la Asamblea hizo además que afloraran sesgos y heterogeneidades en su seno y en del gobierno, que se vieron plasmadas en una orientación estatista, intervencionista y centralista, incurriéndose en contra- dicciones entre los propósito de estimular el papel de la iniciativa privada y las restricciones a su participación; entre el concepto de Estado Federal, el unicameralismo y
las trabas a la descentralización y desconcentración del poder; entre la autonomía del Banco Central de Venezuela y la sumisión a la Asamblea Nacional, y entre el equilibrios fiscal y cargas socio-laborales de elevado costo, que agravarán la inflación y la crisis.
El proyecto de Carta Magna potencia errores del pasado y delinea un conflicto Estado-sociedad, la de restringir la libertad de elección a los ciudadanos e inclinarse a favor de una mayor papel del Estado. Se acentúa el papel del Estado paternalista y benefactor, desestimulante del trabajo y el esfuerzo individual, al generar expectativas en la población de que todo le pueda ser provisto sin costo alguno, peligrosa semilla de frustraciones futuras. Pero por encima de estos rasgos, preocupa a FEDECAMARAS ver como se estimula, a veces desde el propio oficialismo, divisiones o fracturas reales o supuestas al interior de la sociedad venezolana.
6.- LOS NECESARIOS EQUILIBRIOS DE PODER
En lo político, preocupa del texto constitucional:
a. Los adjetivos introducidos a la libertad de información con el concepto de "veraz", lo cual puede generar indeseables restricciones futuras.
b. La innecesaria denominación de República Bolivariana de Venezuela en un país que no necesita hacer del bolivarianismo una religión laica.
c. La estructura unicameral, del Poder Legislativo, contraria a la esencia del sistema federal y fuente de desequilibrios en la representación regional.
d. La concentración de Poderes en el Presidente de la República, desde disolver la Asamblea Nacional, convocar a la Asamblea Constituyente, designar a la mayoría del Consejo de Estado, solicitar la abrogación de Leyes mediante referéndum, legislar sobre cualquier materia mediante Ley Habilitante, aprobar los ascenso militares, nombrar al Vice-Presidente Ejecutivo –quien suple las faltas del Presidente- y la ampliación a seis años del periodo presidencial con reelección.
e. La mediatización del referéndum revocatorio a los cargos de elección popular al
f. establecer un mínimo del 20 por ciento de electores para solicitar la revocatoria.
g. La disminución de algunas facultades del Poder Legislativo.
h. La eliminación de la segunda vuelta electoral contemplada en el ante- proyecto.
i. La autonomía de las Fuerzas Armadas y la asignación de un papel activo en el desarrollo nacional que sobrepasa sus funciones primordiales.
7.- LA ECONOMIA, LA SOCIEDAD Y SUS INSTITUCIONES
En el campo económico, las principales inquietudes del sector privado son:
j. La contradicción entre los principios de la libre competencia, participación del Estado y la iniciativa privada en el desarrollo económico nacional (Artículo 97), y la amplitud que el articulo 300 plantea que el Estado se reserva median- te ley orgánica y por razones de conveniencia nacional "la actividad petrolera y
otras industrias, explotaciones, servicios y bienes de interés público y de carácter estratégico". La norma es amplia y sesgada e induce a la futura reserva al Estado de cualquier sector de interés nacional.
k. El artículo 299 puede afectar a las inversiones extranjeras, pues limita ciertos derechos como la remisión de dividendo o el arbitraje y colinda con la Ley de Protección a las Inversiones recientemente aprobada, así como con acuerdos bilaterales vigentes.
l. El artículo 113 es taxativo respecto a los monopolios. Estos pueden existir por realidades económicas; lo esencial es combatir conducta monopólica y abusos a la posición de dominio. m. El artículo 303 sobre seguridad alimenticia no balancea el loable estímulo a las producciones nacionales y los intereses del consumidor.
n. El artículo 305 declara latifundio contrario al interés nacional, sin reparar en la existencia de conceptos modernos ligados a la superficie de la unidad productiva. Se plantea asimismo el rescate por el Estado de la tierra de vocación agrícola sin referirlo a las tierras que posee, con lo cual limita el derecho a la propiedad privada.
o. El Artículo 317 ata al BCV, pues exige rendición de cuenta a la Asamblea Nacional, estableciendo la facultad de remover el directorio, así como la discusión y aprobación del presupuesto del ente emisor, caso único en el mundo.
p. En materia tributaria, se avanza en la posibilidad de limitar por ley la potestad tributaria de los Estados y Municipios, pero no hay transparencia en las disposiciones y se añade la dudosa facultad de aplicar impuestos prediales o sobre transacciones inmobiliarias.
Mediante artículo transitorio se ordena la reforma del Código Orgánico Tributario con orientaciones tales como que la ley sólo se interpreta a favor del fisco, la eliminación de excepciones al principio de la retroactividad de la ley en contra de los criterios que rige la materia penal, la eliminación de la prescripción para delitos tributarios y el incremento de intereses mora- torios, todo lo cual puede exacerbar la inseguridad jurídica y estimular persecuciones tributarias.
q. El Capitulo IX sobre Derechos de los pueblos indígenas es uno de los más controversiales de la nueva Constitución, por sus implicaciones sobre el régimen de propiedad de la tierra, así como sobre concesiones, desarrollo minero o hidroeléctrico y por el riesgo que plantea sobre la unidad misma de la República. En la práctica se consagran derechos discriminatorios por razone de raza, contrarios al concepto de igualdad proclamado en el artículo 21, en un país unitario que no experimentado problemas al respecto.
8.- LAS RELACIONES LABORALES Y LA PRODUCTIVIDAD
En materia laboral, el proyecto de la Constitución flexibilizó la materia taxativa a la retroactividad de las prestaciones sociales y la remitió a la ley y limitó la jornada laboral a 44 horas semanales en lugar de 40 inicialmente planteada; pero se mantuvieron ambiguas conceptos como "propender a la progresiva disminución de la jornada de trabajo", o el derecho de todo trabajador a un "salario suficiente para vivir con dignidad (Artículo 90) o el pago de igual salario por igual trabajo, el cual desestimula el esfuerzo y productividad del trabajador. Se aprobó además un nocivo artículo 93 que propicia la estabilidad laboral absoluta y la nulidad de los despidos injustificados, generando más incertidumbre y dificultará la creación de empleos, en una situación nacional de record histórico de desempleo y de economía informal.
9.- LOS DERECHOS SOCIALES
El capítulo VI Derechos Sociales y de la Familia representa otro de los más confusos y contradictorios, el cual no hubo rectificaciones de importancia en la segunda discusión.
Desde el derecho a una vivienda "adecuada, segura y cómoda, de dimensiones adecua- da, higiénica y con servicios básicos" (Artículo 82); la consagración del monopolio del Estado en la rectoría y gestión de un sistema público nacional de salud gratuito y universal (Artículo 84) asumiendo el Estado la responsabilidad de financia- miento del sistema (Artículo 85) bajo un fondo único público; el carácter no lucrativo asignado a la seguridad social (Artículo 86) y su contenido, hacen difícil interpretar que haya cabida a la participación privada en los servicios relacionados con la seguridad social, pese a las fracasada experiencias del pasado; se añade que la ausencia de capacidad contributiva no será motivo para excluir a las personas de la protección de la seguridad social; y se excluyo, quizás por error, las cotizaciones de los empleadores. Como si fuera poco, se homologan las pensiones al salario mínimo, principio loable pero de elevado costo, se incorpora a las amas de casas a la seguridad social y se dispone que el ajuste anual del salario mínimo tomará como referencia la canasta básica y no la alimenticia, cuyas implicaciones son hasta conocida. Proliferará así la evasión, la elusión y de la economía informal. Todas las cifras indican que el costo económico del sistema contemplado es sideral y por lo tanto lo hace inviable, pues bordeará los US$ 15 millardos por año.
10.- LA FORMACION DEL CIUDADANOS
En lo que respecta a la educación, los artículos 102 y 103 la definen como un derecho humano, gratuito y obligatorio, que el Estado asume como función indeclinable, el texto que acentúa el papel del Estado y restringe el espacio para un servicio vital que brinda una forma complementaria la educación privada: asimismo la reafirmación del carácter de gratuito de la educación pública al nivel superior (pregrado), reafirma injusticia sociales del presente, plantea costos inmanejables para el Estado y acentúa la inversión de la pirámide del gasto en detrimento de la educación básica y preescolar.
POR LO ANTERIORMENTE EXPUESTO, FEDECAMARAS REITERA RESPONSABLEMENTE AL PAÍS SU RECHAZO AL TEXTO DEL PROYECTO DE CONSTITUCION SANCIONADO POR LA ANC, DADO QUE EL MISMO NO PUEDE SER VOTADO PARCIALMENTE, SINO EN FORMA INTEGRAL, EXORTA ASIMISMO A SUS ORGANISMOS DE BASE Y AL EMPRESARIADO NACIONAL A DIVULGAR PROFUSAMENTE ESTE PRONUNCIAMIENTO Y LAS RAZONES QUE LO SUSTENTAN.