“Articulo 11. La Unidad de Contraloría Social es un órgano conformado por cinco (5) habitantes de la comunidad, electos o electas por la Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas para realizar la contraloría social y la fiscalización, control y supervisión a) del manejo de los recursos asignados, recibidos o generados por el consejo comunal, así como b) sobre los programas y proyectos de inversión publica presupuestados y ejecutados por el gobierno nacional, regional o municipal.”
La UNIDAD DE CONTRALORÍA SOCIAL, así plasmada en el artículo 11 de la recién sancionada Ley de los Consejos Comunales, es, en opinión de muchos, figura esencial para la protección y sano desarrollo de una iniciativa legislativa -los Consejos Comunales- destinada a ser reconocida, en el futuro, como la pieza clave del Participativismo Popular Protagónico consagrado en los artículos 62 y 168 de la Constitución Bolivariana.
Quienes hemos incursionado en el sector público (el suscrito es abogado ex Director General de Control Previo y Consultor Jurídico de la Contraloría del Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital), estamos al tanto de la progresiva relajación de los sistemas y procedimientos de Control Fiscal Interno existentes en los entes centralizados y descentralizados de las Alcaldías y Gobernaciones del país, aunado al desorden e inoperancia de numerosas Unidades de Auditoría y Contralorías Municipales y Estadales que tienen a su cargo el Control Fiscal Externo –con honrosas excepciones, bueno es saberlo-. Esta corrosión se explica, entre otras razones, por una carencia de cultura funcionarial fiscalizadora y contralora, y por la preponderancia de una ética débil e indiferente, típicamente cuartarrepublicana, por causa de la cual se le hace fácil a los funcionarios corruptos burlar los dispositivos de control interno y externo y disponer a su antojo de los dineros públicos o ejecutar otros actos de corrupción administrativa que tanto daño hacen a la gestión gubernamental municipal o estadal respectiva. No es cuestión ya de buscar quién o quiénes son los culpables de la relajación, desorden e inoperancia arriba mencionados. Es cuestión de atajar el problema y cortarlo de raíz: Si ciertas Alcaldías, Gobernaciones y Contralorías no han sido realmente efectivas para combatir de frente la corrupción administrativa, LOS CONSEJOS COMUNALES SÍ DEBEN SERLO, DESDE EL PRINCIPIO.
Ahora son las comunidades las que, mediante los Consejos Comunales, asumirán estrechamente con la Administración de modo cogestionario y corresponsable las tareas de planificación, ejecución y control de la Gestión Pública Local. Ahora son las comunidades las que, eventualmente, manejarán de cerca las contrataciones de obras y servicios y las adquisiciones de materiales y bienes necesarios para ejecutar los programas, proyectos y servicios que les conciernan y beneficien. Entonces, es sagrado deber y responsabilidad de las comunidades, SUPLIR LAS CARENCIAS Y DEFICIENCIAS DE CONTROL (FISCAL Y DE GESTIÓN) INTERNO Y EXTERNO, realizando un efectivo control previo, de gestión y posterior incluso, para que las contrataciones, las adquisiciones y las ejecuciones y puesta en marcha de obras, programas y servicios se verifiquen con transparencia, legalidad y absoluto apego a las normas y procedimientos correspondientes. Una Unidad de Contraloría Social integrada por compatriotas conscientes y realmente identificados con su importantísimo rol, pues, impedirá (o dificultará en grado sumo) las desviaciones de recursos, las contrataciones írritas o manipuladas, las adquisiciones dudosas y los demás vicios de corrupción que, por desgracia, tantas veces escapan a los controles de Alcaldías y Gobernaciones.
Los dispositivos de control arriba referidos son fáciles de aprender y de manejar por personas que pongan real interés en ello. En el ámbito de la Quinta República, la lucha de abajo hacia arriba contra la corrupción, desde la base (las comunidades), debe ser más enconada, decidida y frontal que aquella hasta ahora sostenida de arriba hacia abajo (desde las instancias gubernamentales y contralorías). Tenemos en nuestras manos el imperativo histórico de proteger y fortalecer el Proceso Revolucionario en curso, aún a costa de enfrentar y desenmascarar a los falsos revolucionarios que, como buitres montados en la ola de los Consejos Comunales, sólo buscarán enriquecerse con los recursos de y para las colectividades. De nosotros, el pueblo identificado con el proyecto-país Bolivariano plasmado en nuestra Carta Magna, depende distinguirnos, diferenciarnos y distanciarnos de tantos vicios y corruptelas que llevaron a la tumba la gestión de la malograda Cuarta República. ¡Hagámoslo! No hay mejor modo de preparar los cimientos de la nueva y venturosa etapa del Proceso Bolivariano que se avecina, con la ya próxima y enésima victoria electoral de nuestro Presidente y Comandante Hugo Rafael Chávez Frías.-
¡DIEZ MILLONES!
Ab. Eduardo Santana Gómez
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