En
ejercicio de la necesaria crítica y autocrítica revolucionaria, no sólo
ha sido por parte de las autoridades regionales del Estado Bolívar los
que han contribuido a tratar de sembrar de desesperanza y arrecheras al
pueblo de Guayana. También, y lamentablemente debemos expresarlo, de
parte del ciudadado Alcalde del Municipio Caroní, José Ramón López
Rondón, ha contribuido enormemente por errores, malas asesorías, o ambas
dentro de su gestión municipal.
No niego que
todo lo del ciudadano alcalde José Ramón López sea negativo o malo. Sus
aciertos se los reconocemos y se los reconoceremos sin ningún tipo de
complejos, pero el strike que se metió con lo del contrato de
SISVENCORP, sencillamente no tiene nombre, y podría, además de conllevar
la nulidad de la referida ordenanza, de determinarse ilícitos de
carácter penal, los responsables deben pagar con cárcel.
El
18 de diciembre de 2009, el ciudadano Alcalde del Municipio Caroní del
Edo. Bolívar, José Ramón López Rondón presentó la solicitud de un
aumento de las alícuotas de los impuestos municipales. En aquella
oportunidad los empresarios y los gremios alegaron que la situación del
país no estaba para aplicar la medida y sólo se aprobaron las
retenciones.
El 14 de diciembre de 2011, los
empresarios fueron llamados a una consulta pública en la que
participaron los agremiados y funcionarios de la Alcaldía, quienes
presentaron esa propuesta de aumento de la alícuota, en algunos casos,
hubo aumentos del 460% sobre todo en el área industrial.
Octavio
Maza, Presidente de la Cámara de Comercio de Caroní, fue quien contactó
al alcalde personalmente y le ofrecieron una rebaja en las alícuotas,
es decir, que igual se iban a cambiar las alícuotas pero en menor escala
y esa misma noche la gente de hacienda se reunió para cambiar los
porcentajes de nuevo, pero no hubo un análisis de lo que fué el impacto,
no hubo razonamiento estadístico, fue totalmente improvisado.
El
sábado 17 de diciembre, la Alcaldía llamó a los gremios empresariales
para discutir de nuevo y enseñar las rebajas en las alícuotas.
El
19 de diciembre de 2011, fué publicada en Gaceta Municipal
Extraordinaria Nro 1022-2011, la reforma a la Ordenanza de Impuestos
sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicio o
de Índole Similar y su Clasificador de Actividades, con la finalidad
según su exposición de motivos de "incrementar los ingresos propios,
concretamente los de mayor productividad como lo son los tributarios y
sus accesorios a los fines de que la municipalidad" sea más productiva
en los servicios públicos que le presta a la comunidad.
Para
ejecutar esta nueva normativa tributaria, que entró en vigencia el 1 de
enero del año en curso, la Alcaldía de Caroní contrató a la empresa
Sivencorp C.A. , la cual se encargará de la "prestación de servicio y
asesoramiento del software y prestación de servicio y asesoramiento de
hardware (...) Para optimizar el funcionamiento de los servicios
municipales " relacionados con la recaudación de impuestos.
Pero
resulta que el contrato entre la compañía y la municipalidad, que tiene
una duración de cinco años, se firmó y fué notariado el 7 de noviembre
de 2011, más de un mes antes de la aprobación de la reforma de la
ordenanza.
Será que nadie le señaló al
ciudadano Alcalde José Ramón López lo establecido en el artículo 173 de
la Ley Orgánica del Poder Público Municipal? Si nadie lo ha hecho,
nosotros nos permitimos hacerlo. El referido artículo establece lo
siguiente: " Es
competencia de los municipios la fiscalización, gestión y recaudación
de sus tributos propios, sin perjuicio de las delegaciones que puedan
otorgar a favor de otras entidades locales, de los estados o de la
República. Estas facultades no podrán ser delegadas a particulares". (Subrayado y resaltado nuestro).
Es
decir, desde mi modesto y humilde punto de vista, esta ordenanza, si
cualquiera de los interesados o interesadas decidiera intentar un
recurso de nulidad, fácilmente lo ganaría, puesto que a vuelo de pájaro,
con la sola lectura de este artículo antes transcrito, observamos la
violación de nuestro ordenamiento jurídico, y esta situación jurídica
que se infringe debe ser restablecida.
Pero,
suponiendo que no se hubiese hecho ésto, que la Alcaldía Socialista
Bolivariana de Caroní hubiese mantenido el manejo de los tributos
municipales, y hubiese contratado a SISVENCORP para una asistencia de
sus hardware y software para optimizar sus sistema de recaudación, lo
cual perfectamente se puede hacer, pero resulta que debe pasar por un
proceso de licitación, de conformidad con nuestra legislación y
ordenamiento jurídico vigente, resulta que, de conformidad con toda la
investigación que hemos realizado, esto no fué realizado, sino que se
realizó por adjudicación directa, lo cual es sumamente grave, y nos hace
presumir que algunos aqui han incurrido en ilícitos de carácter penal
que deben ser sancionados. Recuerden lo ocurrido con el ex-Alcalde
Antonio Briceño en un caso similar.
Pero
continuemos con los señalamientos de este contrato. Éste en su objeto
indica que la prestación del servicio comprende las actividades de
instalación, supervisión y mantenimiento de un sistema computarizado de
avanzada tecnología para desarrollar una cuenta única de contribuyentes,
la emisión de licencias a todas las actividades económicas,
automatización de los registros de todos los ingresos y la eliminación
de solvencias.
Asimismo,
tiene la tarea de colocar dos centros de atención, los cuales están
ubicados: uno en San Félix y el otro en Alta Vista, para atender a los
15 mil contribuyentes que tiene la ciudad.
Pero
resulta que, de veintidós oficinas de recaudación de impuestos con los
que se contaba en el Municipio Caroní antes de la entrada en vigencia de
esta Ordenanza, se redujeron a dos, lo cual, según los comentarios de
los contribuyentes, a originado una gran molestia. Además de la
privatización de los tributos municipales en Caroní, entregándoselo a
una empresa privada, a una empresa particular, desmejora ostensiblemente
la calidad y la eficiencia del servicio, precisamente en un año
electoral. Y quien paga las consecuencias es el proceso revolucionario y
el Comandante Hugo Chávez. Que sinvergüenzura.
Es
importante señalar que en las cláusulas del referido contrato no se
establece la eliminación, ni la compresión de los puntos de recaudación
que habían sido colocados en años anteriores por la municipalidad, que
para los usuarios facilitaban el proceso de pago, pero que fueron
cerrados para abrir las nuevas oficinas. (Continuará...).
(*)Militante
del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) y de la Red Nacional
de Tuiter@s Socialistas (RENTSOC), y del Frente Antiimperialista y
Socialista del Estado Bolívar (FASB). Moderador de los Programas
"Micrófono Abierto" y "Lo Que se habla", transmitido de lunes a viernes
de 12 m a 2 pm por la Emisora Comunitaria Llovizna 104.7 FM; y los
domingos de 6 a 7 pm por "La Voz de Guayana" 89.7 FM, respectivamente. http://juanmartorano.blogspot. com/ http://juanmartorano. wordpress.com/ . jmartoranoster@gmail.com , j_martorano@hotmail.com ,juan_martoranocastillo@yahoo. com.ar . @juanmartorano (Cuenta en Tuiter).