Este sábado, el ciudadano Alcalde de Arismendi envió unos Scouts a borrar un mural que se pintó al lado del Consejo Legislativo, en compañía de una chica de Primero Justicia, al preguntarle nos dijeron que iban a realizar una pinta sobre el mural revolucionario; pero ante la pregunta que si tenían autorización para ello solo contestaron que cumplían órdenes; les informamos que esa pared era propiedad de la Gobernación y que no íbamos a dejar que borraran el mural sin autorización del ente correspondiente. Vista la situación y la llegada de un grupo de revolucionarios, los descarados buscaron un grupo de niños y manifestaron que estos, iban a realizar la pinta en ese exacto lugar. Ante tal situación los señores scouts de Primero Justicia llamaron a la Policía Municipal de Arismendi, quienes muy decentemente conversaron con todos y accedimos a que podían pintar al lado del mural revolucionario, en la misma pared, donde había unas pintas del psuv bastante antiguas y deterioradas o del otro lado donde la pared esta descolorida y muy fea; pero la respuesta fue que no tenían autorización para pintar allí; lo que nos generó mucha risa, porque sí tenían autorización entonces para pintar en la misma pared, pero sobre el mural recién elaborado.; autorización por cierto que ni a la Policía mostraron.
Amigo Alcalde, los niños no pueden ser utilizados para exponerlos a situaciones de riesgo como la auspiciada por usted.
El artículo 3 de la Constitución Nacional, establece que el Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, entre otros; por lo tanto le informamos que no caeremos en sus provocaciones.
La Convención Internacional de los Derechos del Niño, en su Artículo 19 establece que "Los Estados Partes adoptaran todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, ...". Aquí pudimos apreciar una forma de explotación.
Así mismo la LOPNNA prevé el "interés superior del niño", que viene a excluir y no a limitar la libertad individual de establecer y perseguir fines individuales, pues cuando se trata de la protección y cuidado de los niños se persiguen fines que van más allá de los personales. Así, el interés individual es sustituido por un interés superior, que es el del niño, porque a las necesidades de éste subviene la tutela jurídica con la cual se obtiene el fin superior de la comunidad social. Por lo tanto en pro del interés del Alcalde de Arismendi no se pueden poner los niños como escudo humano para entrar en un debate político, pudiéndose él mismo dirigir a quienes elaboraron el mural para tratar de llegar a un acuerdo o indicarle sobre los sitios donde se podría realizar una pinta y no mandar a militantes de su partido a borrar un mural realizado por sectores de la revolución, utilizando los niños como escudo ante cualquier conflicto que se pudiese presentar.
Ciudadano Alcalde ya no solo ha violentado los derechos de las Damas del estado, sino que ahora también utiliza los niños para sus patrañas políticas. Respete las familias, con las que les ha dado por ofender, y no sea cobarde. Acuda personalmente a plantear sus problemas, sin miedo, como la máxima autoridad del municipio que es, ¡por ahora!.