¿Hay sociedad civil donde hay acción directa? ¿Puede la sociedad civil alterar el marco de representatividad? A nuestro juicio, no. Ella misma, la sociedad civil es, de suyo, representante, o, en todo caso, los así asumidos entienden el Estado como aparato de mediación de los conflictos y de conciliación por la vía que sea.
Quienes teorizan desde este nicho ideológico deben preguntarse si es posible y puede existir un espacio que represente lo que no se puede representar, lo irrepresentable, es decir, las multitudes extensivas en permanente reterritorialización, cuerpos del poder constituyente. La cuestión aquí es si en un replanteamiento de la política, la democracia deja de ser asunto de mayorías y minorías. A nuestro juicio, no necesariamente, pero sí pasa a ser asunto de cualidad de la sustancia de la multitud y reconocimiento de su despliegue en prácticas.
Por ello, la democracia deja de ser expresión idéntica a la sociedad civil, pues sociedad civil es una categoría política del liberalismo que sugiere una instancia de decisión y poder, que no es el Estado y que, sin serlo, organiza e institucionaliza la opinión y las decisiones de los ciudadanos en su vida pública, en la conjunción régimen de opinión-régimen de derecho. Sin embargo, la categoría de sociedad civil ha servido y sirve a las formas democráticas del capitalismo avanzado, para su autocomprensión como Estado democrático de derecho que regula todas las funciones sociales, conforme al mito de la comunidad total y al Estado separado de la sociedad. Esta representación da forma y legitimidad a lo que entienden por espacio social, e institucionaliza un comportamiento público específico pues, como sostiene Toni Negri en La anomalía salvaje, la sociedad civil ignora el despotismo del Estado y su lógica de producción en el proceso mismo de sustracción y mitificación de las relaciones sociales. O, dicho de otro modo, la sociedad civil es ocultamiento de la lucha de clases y a la vez reedificación del Estado liberal de derecho.
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