El pueblo tiene el poder electoral en sus manos

Del dicho al hecho

Por votación popular fue revalidada el 15 de diciembre de 1.999 la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, primera vez en la vida republicana de este país que el pueblo en forma directa interviene para decir si o no está de acuerdo con alguna ley, en este caso con la ley fundamental de la nación; sin lugar a duda que con ese acto se cumplió el expreso significado de lo que es democracia. Ahora, aquí es necesario tomar muy en cuenta que ese evento no se realizó porque la gente de la oposición quiso que ello constituyera un obstáculo que debía remontar el gobierno para la puesta en vigencia de esa constitución, no, fue el mismo Presidente de la República quien lo propuso e impulsó hasta el final; pero, ¡Acaso no es el espíritu de un verdadero demócrata lo que influyó para que alguien que tenía más de las tres cuartas partes de los votos en la Asamblea Nacional Constituyente avalara un requisito que podía resultarle adverso a su proyecto!

Ahora bien, observe que allí no termina el alto beneficio democrático alcanzado por el pueblo venezolano, esta constitución establece que todos los cargos y magistraturas de elección popular son revocables. Aquí debemos detenernos y pensar en los presidentes que ha tenido esta república partiendo de la Cosiata y llegando a la Convergencia, busquemos entre ellos a alguien que pudiera haber propiciado este dispositivo legal y llevarlo adelante hasta su inclusión en la Carta Magna, repacemos mentalmente a todos los presidentes, desde el general José Antonio Páez hasta el Doctor Rafael Caldera, 168 años de historia, a quien de ellos pudiera habérsele ocurrido tal idea, que en la práctica podía volverse contra si mismo, sabiendo que de la totalidad de integrantes del órgano legislativo que debía aprobar esa formula contaba con una amplia mayoría calificada a su favor.

Veamos la Constitución de 1.961, anterior a la actual, allí nos encontramos que era totalmente blindada y no había posibilidad de que alguien fuera del gobierno o de los partidos firmantes del Pacto de Punto Fijo pudiera intentar modificarla, fue así como en el primer gobierno del Doctor Rafael Caldera se le hace la primera enmienda, ésta, dirigida a inhabilitar políticamente a una única y determinada persona para que no pudiera ser candidato a la presidencia de la nación; pues la hegemonía del régimen puntofijista aspiraba gobernar al país por centurias y él se veía muy comprometido con esa posible candidatura; ese temor los obligó a aprobar tal mecanismo. La Constitución de 1.999, entre otros procedimientos, establece que solo basta el deseo de un 15% de las ciudadanas y/o ciudadanos inscritos en el Registro Civil y Electoral para solicitar su propia enmienda o reforma.

Más todavía, cualquiera sea la iniciativa para estudiar una enmienda o reforma constitucional, venga ésta del poder legislativo, ejecutivo o de la voluntad popular, ella después de aprobada por la Asamblea Nacional tiene que ir inevitablemente a la consulta del pueblo para que la acoja o la rechace en un referéndum; y solo si éste es aprobatorio podrá incluirse en el texto legal. Es por todo eso, y otras cosas más, que días después de proclamada la constitución venezolana por la Asamblea Nacional, 20-12-99, muchos grandes pensadores y respetados líderes políticos nacionales y extranjeros la consideraron como una de la más rica en conceptos de libertad y democracia; es decir, que la promesa cumplida del Presidente Hugo Chávez hizo posible que el pueblo venezolano ahora tenga en sus manos el verdadero poder electoral del país.


Esta nota ha sido leída aproximadamente 3260 veces.



José Ameliach


Visite el perfil de José M. Ameliach N. para ver el listado de todos sus artículos en Aporrea.


Noticias Recientes:


Notas relacionadas