Este contrato de compraventa tiene su antecedente más lejano en la antigua Grecia. Se trata del contrato conocido como anticresis[1].Su definición fue latinizada y en español pasa a convertirse en una suerte de venta al contado con entrega a plazo, donde el comprador paga por anticipado y el vendedor entrega la “mercancía” a futuro[2].
Como vemos, toda la literatura civil, mercantil y financiera está cruzada por intereses burgueses. Primero, es un contrato de comercio como cualquier otro, pero está regido por el código Civil con la solapada intención de esconder una práctica campesina cargada de rasgos medioevales.
Segundo, mediante esta forma de explotación agrícola, el campesino o el contratista del inmueble le paga en dinero y adelantado al latifundista con lo cual este queda aparentemente endeudado y termina pagándole al campesino con los frutos del inmueble, pero los frutos no son una creación silvestre. El preacreedor debe trabajar la tierra o explotar a campesinos que sí lo hagan.
En el caso moderno del petróleo, por ejemplo, la venta de futuros le permite al Estado venezolano dotarse de ingresos fiscales a cambio de suministrarle al comprador petróleo meses o años más tarde. El comprador se anima a manera de reservarse esta mercancía o tener tiempo para improvisar su almacenaje oportunamente. Además, estas compras con pago adelantado tienden a mejorar el precio de la oferta presente, con lo cual, cualquier baja de precio a futuro se ve compensada en la actualidad.
Este contrato comercial es otra cosa, otra variante de la anticresis: Ambas partes corren el riesgo de perder y ganar, por lo que los dos pueden resultar alternativamente perdedores o ganadores. Sin embargo, algunos sesudos comentaristas y juristas lo tildan de contrato para ganar ganar, cuestión que hasta lógicamente es una impostura. Para que haya ganador debe haber un perdedor, y todo lo contrario.
08/04/2014 20:28:09
[1] Código Civil Venezolano, Título XX, Art. 1856
[2] En pequeña escala, las compras por abono son ventas a futuro: el vendedor recibe dinero que le devenga intereses a su favor, se garantiza 100% del precio y luego entrega la mercancía sin mayores garantías en favor del comprador.