La Ley Habilitante es una facultad constitucional para otorgar poderes legislativos al Poder Ejecutivo, y eso no se discute. Si se cumplen los requisitos para tal fin, nadie puede refutar esa acción al menos que acompañe su queja con una propuesta de reforma constitucional o pretenda desestabilizar políticamente al país. Que cómo se consiguieron los votos para sancionar favorablemente la Ley Habilitante, eso es arena de otro costal. En todos los parlamentos del mundo existen parlamentarios que venden sus votos y posturas públicas y asumen que su curul es un negocio político, eso lo practicó la IV y la V república no es la excepción de la regla.
El verdadero asunto político de la Ley Habilitante es para qué se va a aplicar y los referentes existentes. El 20 de noviembre de 2013 se publicó en la Gaceta Oficial Extraordinaria 6.112 los poderes especiales otorgados por la Asamblea Nacional al presidente Nicolás Maduro durante un año. La justificación de la Ley Habilitante, en aquel momento, fue la "lucha contra la corrupción" y la "defensa de la economía".
En los últimos 26 días de noviembre de 2014, el Ejecutivo aprobó 50 decretos que abarcaron no solo el ámbito mercantil, sino que también se apoyó en el recurso legislativo para cambios estructurales de la administración pública y en el tema de los cuerpos de seguridad. Dichas leyes fueron:
Leyes para la economía: 1. Ley de la Juventud Productiva (gaceta 40.540), 2. Ley Antimonopolio (gaceta extraordinaria 6.151), 3. Ley para la Reserva de Exploración y Explotación del Oro (gaceta extraordinaria 6.150), 4. Ley del Código Orgánico Tributario (gaceta extraordinaria 6.152), 5. Ley para las Inversiones Extranjeras (gaceta extraordinaria 6.152), 6. Ley Sobre Inmunidad Soberana de los Activos de los Bancos Centrales u Otras Autoridades Monetarias Extranjeras (gaceta extraordinaria 6154), 7. Ley Orgánica de Administración Financiera (gaceta extraordinaria 6.154), 8. Ley del Régimen Cambiario y sus Ilícitos (gaceta extraordinaria 6.150), 9. Ley de Pesca y Acuicultura (gaceta extraordinaria 6.150), 10. Ley para la Promoción y Desarrollo de la Pequeña y Mediana Industria y Unidades de Propiedad Social (gaceta extraordinaria 6.151), 11. Ley Marinas y Actividades Conexas (gaceta extraordinaria 6.153), 12. Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos (gaceta extraordinaria 6.153), 13. Reforma Parcial de la Ley Orgánica de Precios Justos (gaceta extraordinaria 6.156), 14. Reforma de la Ley de Alimentación para los Trabajadores (gaceta extraordinaria 6.147), 15. Reforma del Impuesto Sobre la Renta (gaceta extraordinaria 6.152), 16. Reforma de la Ley que Establece el Impuesto al Valor Agregado (gaceta extraordinaria 6.152), 17. Reforma Parcial Ley de Tasas Portuarias (gaceta extraordinaria 6.150), 18. Reforma de Ley Orgánica de Aduanas (gaceta extraordinaria 6.155), 19. Reforma Ley de Impuestos sobre Cigarrillos y Manufacturas de Tabaco (gaceta extraordinaria 6.151), 20. Reforma Ley Impuestos sobre Alcohol y especies Alcohólicas (gaceta extraordinaria 6.151). Leyes sobre la administración pública: 21. Ley para Establecer los Lineamientos de Financiamiento a las Organizaciones de Base del Poder Popular (gaceta 40.540), 22. Ley Orgánica de Misiones, Grandes Misiones y Micromisiones (gaceta extraordinaria 6.154), 23. Ley para la Simplificación de Trámites Administrativos (gaceta extraordinaria 6.149), 24. Ley de Regionalización Integral para el Desarrollo Socioproductivo de la Patria (gaceta extraordinaria 6.151), 25. Ley Misión Agrovenezuela (gaceta extraordinaria 6.151), 26. Reforma Ley Contrataciones Públicas (gaceta extraordinaria 6.154), 27. Ley del Banco Agrícola de Venezuela (gaceta extraordinaria 6.154), 28. Ley Orgánica de Bienes Públicos (gaceta extraordinaria 6.155), 29. Reforma de la Ley Orgánica de Identificación (gaceta extraordinaria 6.155), 30. Ley del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (gaceta extraordinaria 6.155), 31. Ley de Registros y del Notariado (gaceta extraordinaria 6.156), 32. Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (gaceta extraordinaria 6.156), 33. Reforma Parcial de la Ley de Timbres Fiscales (gaceta extraordinaria 6.150), 34. Reforma de la Ley Orgánica para la Gestión Comunitaria de Servicios y otras Atribuciones (Gaceta 40.540), 35. Reforma Ley Orgánica para la Planificación Pública y Popular (gaceta extraordinaria 6.148), 36. Reforma Ley de la Administración Pública (gaceta extraordinaria 6.147), 37. Reforma Ley para el Sistema Nacional Agroalimentario (gaceta extraordinaria 6.150), 38. Reforma Ley Contrataciones Públicas (gaceta extraordinaria 6.154), 39. Reforma de Ley del Banco Central de Venezuela (gaceta extraordinaria 6.155), Leyes para la seguridad, 40. Ley Orgánica de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (gaceta extraordinaria 6.156), 41. Ley del Cuerpo Nacional Contra la Corrupción (gaceta extraordinaria 6.156), 42. Reforma de la Ley Contra la Corrupción (gaceta extraordinaria 6.155), 43. Ley de Régimen para la Revisión, Rectificación, Reimpulso y Restructuración del Sistema Policial y Órganos de Seguridad Ciudadana (gaceta extraordinaria 6.156), 44. Reforma de la Ley Orgánica de Seguridad de la Nación (gaceta extraordinaria 6.156), 45. Ley de la Revolución Policial (mencionada por Maduro el 20.11.2014). Ley para la ciencia: 46. Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación (gaceta 6.151). Leyes para el turismo: 47. Ley Orgánica del Turismo (gaceta extraordinaria 6.152), 48. Ley del Fomento de Turismo Sustentable como Actividad Comunitaria y Social (gaceta extraordinaria 6.153), 49. Reforma Ley Crédito y Financiamiento del Sector Turismo (gaceta extraordinaria 6.153). Ley para la cultura: 50. Ley Orgánica de la Cultura (gaceta extraordinaria 6.154)
La pregunta hoy después de un año y medio de haber logrado el derecho a decretar leyes por vía habilitante, de la primera ley habilitante del gobierno del Presidente Maduro es, ¿Cuál es el balance de la "lucha contra la corrupción" y la "defensa de la economía"?, y en segundo término, como consecuencia del balance que hagamos debemos preguntarnos ¿Qué leyes necesitamos hoy para garantizar la defensa y la soberanía nacional ante las agresiones extranjeras?
Sobre el balance necesario, sin pretender ser definitivo, hoy la situación económica habla por si misma, pero además la creación de zonas especiales como futuros nichos de corrupción para estatal, más tributos a los ciudadanos de a pie, y en fin, una serie de medidas que ponen al pueblo a pagar la crisis, en contravía del legado de Chávez y la parcial aceptación por parte del alto gobierno sobre la fuga de capitales por más de 350 mil millones de dólares, sin que hoy haya responsables producto de la complicidad entre la burocracia, la banca y el capital, da lamentablemente un balance negativo que no proyecta cambiar en un corto o mediano plazo, por ausencia de voluntad política.
Es por ello que hoy, el verdadero riesgo del proceso revolucionario y de nuestra soberanía ante el gobierno de Obama se encuentra, más que en una bomba, misiles, drones o invasiones, en queel imperialismo logre exterminar éticamente al proceso revolucionario producto de sus propias debilidades.
Las leyes derivadas de la Ley Habilitante del 2015 no sólo deben ser populares por su legitimidad, sino porque atiendan realmente el problema medular de todos los venezolanos: la ausencia de confianza en que el proceso revolucionario sigue y será capaz de resolver los problemas del país, y eso pasa por un golpe de timón en el gobierno hacia la izquierda, con una renovación completa del equipo de gobierno y una auditoria pública ciudadana que le ponga rostro y nombres a los responsables del desfalco a la nación y que haga que paguen los verdaderos responsables de la crisis.
Una ley de Auditoria Pública ciudadana aplicada a todo el periodo de control de cambio, antes que una ley de repatriación de capitales que debe derivarse de esta primera, son los pasos básicos que junto a las acciones políticas lograran dar al traste con el objetivo del gobierno de Obama de hacer desaparecer al chavismo de todo el continente americano.