Sin duda que la ayuda actual en equipos y dinero a los desquiciados de la oposición política en Venezuela, para que realicen las movilizaciones terroristas de calles, han causado mucho daño en la gente, comercios y estructuras físicas públicas y privadas. Los terroristas venezolanos con sus manuales de guerra no convencional suministrados por los halcones gringos, personas pertenecientes a la oligarquía, mafia y narcotraficantes de orígenes norteamericanos, han buscado se produzca aquí algún motivo válido para ellos proceder a la invasión armada de nuestro país, encontrándose siempre con una reciedumbre en el espíritu de una mayoría de venezolanas y venezolanos; quienes nunca han retrocedido en su afán de ser realmente libre. Los gringos no han podido inventar alguna excusa para hacer efectiva sus ganas de invadir esta patria, ni siquiera porque el decepcionante XLIV Presidente estadounidense, traidor a la negritud, su raza, firmó y reafirmó un decreto que al analizarlo demuestra aquel señor sufre de insanía mental, ésto fuera de cualquier duda razonable, pues declaró que Venezuela representaba una amenaza inusual para la seguridad de los Estados Unidos; cosa que el mismo desequilibrado cerebral Barack Obama dijo en varias oportunidad y diferentes sitios que él no lo consideraba así. Pero, dejemos ese proyecto delirante de unos halcones rapaces gringos y volvamos al tema que hemos venido tratando.
Durante la celebración de la Conferencia Interamericana para el Mantenimiento de la Paz y la Seguridad del Continente, en Quintandinha, cerca de Petrópolis, Brasil, en 1947, todos los países miembros de la Unión de Repúblicas Americanas, salvo Nicaragua, sentaron las bases para la posterior firma del Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca, TIAR, más conocido como Pacto de Río, porque fue precisamente en esa ciudad donde se concluyó. Este Pacto, junto con la Carta de la Organización de Estados Americanos, OEA, o Carta de Bogotá como también se le conoce, firmados ambos el 2 de mayo de 1948 en la ciudad de Bogotá durante las deliberaciones de la IX Conferencia Internacional Americana, y la Carta que estableció la Alianza para el Progreso adoptada en la Reunión Extraordinaria del Consejo Interamericano Económico y Social celebrada del 5 al 17 de agosto de 1961 en Punta del Este, Uruguay. Pero cuando en la IV Cumbre de las América, Argentina, se planteó las propuestas del Presidente de EE.UU., George W. Bush, con la pretensión de implantar el Área de Libre Comercio de las Américas, ALCA, se marcó un nuevo hito al negarse tal exigencia hegemónica por parte del Presidente Bush; debido, esencialmente, a la *intervención del Presidente Hugo Chávez que de inmediato da paso a un fenómeno de interacción por parte de la inmensa mayoría de representantes de los países Latinoamericanos. Se señaló con anterioridad que, el Congreso de Panamá de 1826 fracasó en la consecución de las metas bolivarianas al no responder la mayoría de países Latinoamericanos y del Caribe al sentido y propósito concebidos por el Libertador en su proyecto de Anfictionía y entonces se impuso otro esquema conceptual que más tarde demostraría su incapacidad para resolver los anhelos de desarrollo de estos pueblos: El Panamericanismo. El Panamericanismo ha demostrado no haber logrado armonizar los intereses de los países del norte, de habla anglosajona, con los países Suramericanos, sino que más bien se han ensanchado las brechas; que les separa. Es por ello que la Comunidad de Estados Latinoamericanos y del Caribe, CELAC, constituyen una fiel expresión de ideales comunes frente a peligros movimientos y organizaciones liderados por los EE.UU.
El Tratado Interamericano de Asistencia Recíproca que encontró su fuente en 1945 y asentada en el Acta de Chapultepec, Méjico, recoge los principios sobre seguridad colectiva y establece las pautas de que los Estados Americanos deben seguir unidos a fin de hacer frente a las amenazas o actos de agresión que en tiempo de paz se presenten contra cualquiera de las Repúblicas Americanas, en efecto, su artículo primero establece: "Las Altas Partes Contratantes condenan formalmente la guerra y se obligan en sus relaciones internacionales a no recurrir a la amenaza ni al uso de la fuerza en cualquier forma incompatible con las disposiciones de la Carta de las Naciones Unidas o del presente Tratado" El artículo tercero, por su parte, establece: "Las Altas Partes Contratantes convienen en que un ataque armado por parte de cualquier Estado contra un Estado Americano, será considerado como un ataque contra todos los Estados Americanos, y en consecuencia cada una de dichas Partes Contratantes se compromete a ayudar a hacer frente al ataque, en ejercicio del derecho inmanente de legítima defensa individual o colectiva que reconoce el artículo 51 de la Carta de las Naciones Unidas"