Es así como en los primeros 3 años del gobierno del General Medina, de 4 que era el período presidencial, el General Isaías Medina había realizado una verdadera transformación en muchos aspectos del quehacer venezolano, ello fundamentado en sus políticas sociales, laborales, sindicales, económicas, educacionales, de infraestructuras públicas y de viviendas etc., motivo por el cual hacía se vislumbrara un futuro para la patria, muy; pero muy halagüeño. Pero sucedió que solo faltando unos 6 meses para hacer entrega constitucionalmente de su gobierno, los malvados adecos, que fingían prepararse para las elecciones presidenciales a efectuarse dentro de unos pocos meses, le asestaron el alevoso e injustificado Golpe de Estado; tomando por sorpresa al gobierno del General Medina Angarita.
A los cambio estructurales logrado por el gobierno del General Medina Angarita en lo que respecta a las esferas política, social y laboral, se añade un cambio de idéntica índole en el medio legislativo, ello se refiere al realizado a través de 3 reformas: La Fiscal con la Ley del Impuesto sobre la Renta en 1942; La Petrolera con la Ley de Hidrocarburos de 1943 y la Agraria con la Ley de Reforma Agraria de 1945. Desde el comienzo de su período constitucional, Medina se preocupó por patrocinar una reforma fiscal y nombró una comisión redactora del Proyecto de Ley de Impuesto sobre la Renta. Esta Ley significo tanto una modernización de la estructura impositiva del Estado, como un avance en la más equitativa distribución de las cargas fiscales, ya que los impuestos directos iban a ser proporcionales a las ganancias de los contribuyentes y a su vez permitirían rebajar los impuestos indirectos que recaían por igual en personas con ganancias muy pequeñas a las obtenidas en demasía. Al entrar en vigencia la nueva Ley en 1942, se suprimieron, entre otras, la carga de Bs. 0,05 al precio de los fósforos y de Bs. 0,05 al impuesto de la gasolina, el impuesto de la sal se rebajó de Bs. 0,10 a Bs. 0,01 por kilogramo. La Ley de Hidrocarburos de 1943 tuvo como elementos esenciales: Primero, el haber logrado la unificación de la legislación aplicable a las concesiones mediante las figuras jurídicas de la adaptación y conversión de contratos otorgados bajo leyes anteriores y luego, gracias al sistema impositivo, el aumentar la participación del Estado venezolano, que debía llegar, cuando menos, al 50% de dichos beneficios, estableciendo además la obligación para los concesionarios de pagar, no sólo los impuestos consagrados en dicha Ley, sino todos los impuestos generales que se establecieren; por lo que las compañías petroleras quedaron sujetas, desde ese momento, al pago del Impuesto Sobre la Renta. Otras ventajas que proporcionó esta Ley fueron: La obligación por parte de las empresas de llevar su contabilidad industrial en Venezuela; La de suministrar al Estado venezolano los informes técnicos relativos a las regiones estudiadas y; La suspensión de las exoneraciones aduaneras como un derecho adquirido.
Se establece también un plazo, hasta que terminara la Segunda Guerra Mundial, para refinar en territorio venezolano el petróleo producido en el país, vieja aspiración del Presidente Medina, a la cual opusieron resistencia las petroleras hasta el último momento. La Ley de Hidrocarburos de 1943 estuvo vigente hasta la nacionalización de la industria petrolera en 1976. De la tercera de las Leyes básicas, origen de los cambios estructurales durante el período de gobierno medinista, es la Ley de Reforma Agraria, que no se pudo conocer los resultados, porque puesta en vigencia el 20 de septiembre de 1945, quedó en suspenso al producirse el Golpe de Estado del 18 de octubre del mismo año; pero esta Ley estaba orientada a inducir cambios sociales al promover la redistribución de la tierra para incorporarla al proceso productivo del país. Además de las 3 leyes mencionadas, el General Medina creó el 17 de noviembre de 1944 una Junta, ad honórem, que se encargaría del estudio y otorgamiento de créditos destinados a fomentar la producción del país, esa Junta se denominó Junta de Fomento de la Producción Nacional; contando con un capital inicial de 60 millones de bolívares. Tal disposición gubernamental estaba destinada a proseguir la línea de cambios en las estructuras económicas del país para hacer a éste menos dependiente de un solo producto; el petróleo. La Política Exterior de Venezuela estuvo conducida por 2 cancilleres de lujo: Caracciolo Parra Pérez y Gustavo Herrera Grau. Sépase que el General Medina Angarita fue el primer Presidente venezolano en ejercicio que salió al exterior en misión oficial. El 17 de julio de 1943 el General Medina da comienzo a su viaje por las naciones bolivarianas: Colombia, Ecuador, Perú, Bolivia y Paraguay; correspondía así a las visitas hechas a Venezuela por los Presidentes: Manuel Prado del Perú; Alfonso López de Colombia y Carlos Arroyo del Río de Ecuador, en 1942, y de Enrique Peñaranda de Bolivia e Higinio Moriñigo, de Paraguay, en 1943.