Constitucionalidad y cultura política en la participación ciudadana

La Constitución vigente(1999) como carta política y norma suprema que rige el destino jurídico-político en toda la República Bolivariana de Venezuela tiene y presenta algunas líneas estratégicas que deben desarrollarse a través de las leyes y la cultura política de la nación al asumir para si los postulados constitucionales que en nuestra carta magna se establece…

La participación ciudadana en una de esas grandes tareas que tienen y deben no solo desarrollarse, sino institucionalizarse como praxis política, que permita el fortalecimiento del poder popular, como expresión del pueblo organizado en acción y el ejercicio del poder, a través de los caminos constitucionales…

Nuestra ley de leyes establece en su preámbulo que unos de los grandes objetivos del poder constituyente es establecer una sociedad democrática, PARTICIPATIVA Y PROTAGÓNICA y todo con el fin supremo de refundar la república y que permita nacer una nueva republicana y un nuevo republicano en una sociedad diferente, enmarcada en la justicia social…

El artículo 5, se refiere al enunciado de la democracia directa ejercida por el pueblo organizado como el único dueño de la soberanía política, sin delegación ni intermediación de su poder y sus límites están enmarcado en la forma que en el texto constitucional y las leyes lo establezcan…

El artículo 21, establece la igualdad que todas y todos tenemos ante la ley, que en su numeral 3, se refiere para referirse a la ciudadanía a que "solo se dará el trato oficial de ciudadano o ciudadana"…

El artículo 39, identifica y caracteriza a la razón de la ciudadanía, al expresar que…"son titulares de derechos y deberes políticos de acuerdo a ésta constitución", es decir, establece una clara diferenciación cuando señala a las ciudadanas y ciudadanos, como aquellas personas que tienen una cualidad jurídica distinta, por ejemplo, al de habitantes…

El artículo 42, explica cuando se puede perder la ciudadanía, los venezolanos y venezolanas por naturalización, y expresa que el uso de algunos de los derechos político es el ejercicio de la ciudadanía…

El artículo 55, se refiere al Estado como garantista de la protección que deben disfrutar todas las personas, ante cualquier situación de riesgo y promueve…"La participación de LOS CIUDADANOS Y CIUDADANAS, en los programas destinados a la prevención, seguridad ciudadana…"

El artículo 62, es donde se establece de manera concreta y precisa las características esenciales del significado de PARTICIPACIÓN CIUDADANA, por lo tanto merece señalar el comienzo de tan importante artículo: "Todos los ciudadanos y ciudadanas tienen el derecho de participar libremente en los asuntos públicos, directamente…" y es un llamado a que el pueblo organizado participe de una u otra manera en las fases de la gestión publica, con un sentido protagónico…

El artículo 70, es la que caracteriza los distintos medios para la participación ciudadana, tanto en lo político, lo social y lo económico, cuando en el ejercicio de soberanía, el pueblo organizado, se materializa en pode popular, cuando señala algunos ejemplos de la cualidad y fuerza que expresa, que no son meras formalidades constitucionales, al señalar…"el cabildo abierto y la asamblea de ciudadanos y ciudadanas cuyas decisiones serán de carácter vinculante,"…

Podemos inferir de manera reflexiva que en nuestra constitución tenemos todo un articulado que promueve y defiende el protagonismo del pueblo para que ejerzan la participación ciudadana, pero desde el punto de vista de nuestra cultura política, falta una mayor fuerza y potenciación en crear las condiciones para que la ciudadanía asuma la participación como un hábito político y que forme parte de su cotidianidad, que permita construir una real y concreta democracia participativa y protagónica…

 

 

 



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Oscar Bravo

Un venezolano antiimperialista. Politólogo.

 bravisimo929@gmail.com      @bravisimo929

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