"El que no hace, le hacen"
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INTRODUCCIÓN
Muchos se estarán preguntando ¿qué hay detrás de las actuaciones del diputado Juan Guaidó el 11-01-2018? Creemos que lo que está ocurriendo es un intento de usurparle las funciones al Presidente de la República (Poder Ejecutivo) con fines conspirativo, desestabilizador y de provocación de un estado de caos, de ingobernabilidad que nos lleve a una conmoción social.
Esa acción "usurpadora de funciones" es parte de la agenda conspirativa internacional diseñada y ejecutada por el Gobierno de los Estados Unidos y organismos internacionales como el Secretariado de la Organización de Estados Americano contra el gobierno de Nicolás Maduro, para generar la rebelión civil, militar y económica que justifique una intervención de fuerzas extranjeras.
A continuación presentamos algunos escenarios políticos que podrían darse a partir del 11 de enero de 2019 por las declaraciones de Juan Guaidó y sus consecuencias inmediatas, como aporte para el debate nacional sobre la crisis política existente en el país.
EL TEMA DE LA LEGITIMIDAD Y EL RECONOCIMIENTO DE LAS MÁXIMAS AUTORIDADES DE DOS PODERES PÚBLICOS EN VENEZUELA
La situación planteada en el sistema político venezolana amerita un examen riguroso de los elementos que lo mantienen inestable, que podría conllevar a cualquier desenlace. La paz y la democracia corren riesgos.
A partir del 10 de enero de 2018, el debate político ya no se centra en la legitimidad del Presidente de la República; incluso, ni en la legitimidad de la Asamblea Nacional como órgano del poder público. Ambos poderes fueron electos por el mismo Consejo Nacional Electoral, con la misma Constitución y las mismas leyes electorales. Tanto el presidente Maduro como el diputado Juan Guaidó son legítimos porque fueron electos por el voto popular (CRBV, Artículo 5) y ambos gozan de prerrogativas con base al estado de derecho venezolano.
No obstante, es un hecho público y notorio la situación de desacato que se encuentra el Parlamento nacional a partir de lo expresado por la Sala Constitucional en el decreto 545 de fecha 20 julio del 2017, que establece que todos sus actos son nulos. Situación generó la disputa política y administrativa del reconocimiento del resto de los Poderes Públicos a los distintos presidentes designado por la Asamblea Nacional en desacato desde el año 2017 (Julio Borges, Omar Barboza y Juan Guaidó).
Como vemos, la problemática se circunscribe en el reconocimiento mutuo de las funciones de cada uno de estos funcionarios electos por el voto popular. Nicolás Maduro, como máximo representante del Poder Ejecutivo desconoce la autoridad y funciones del diputado Juan Guaidó como presidente del parlamento nacional porque ese organismo sigue en desacato. Valga decir, todos los actos administrativos y políticos que emanen en el ejercicio de su función como presidente de la AN son nulos.
Por su parte, Juan Guaidó, recién designado como "presidente" del parlamento en desacato, desconoce la legitimidad del mandato de Nicolás Maduro como presidente para el período 2019-2025, bajo el argumento que las elecciones del 20 de mayo de 2018 fueron convocadas fraudulentamente por la Asamblea Nacional Constituyente.
Fijando posición al respecto, considero que la legitimidad del Presidente Maduro lo determinó el pueblo soberano el 20 de mayo de 2018, no lo determinó ni la OEA, ni el Departamento de Estado del Gobierno de Trump, ni mucho menos el Parlamento nacional que sigue en desacato.
PASOS PREVIOS A LA USURPACIÓN DE FUNCIONES PRESIDENCIALES
El día 11 de enero de 2019 es otro día importante que quedará en los anales de la historia política de Venezuela, se dio inicio a la materialización de un golpe de Estado parlamentario como paso previo para la conformación definitiva de un "Gobierno venezolano en el exilio".
Los gobiernos en el exilio han sido la estrategia imperial para derrocar gobiernos, desestabilizar pueblos, crear guerras civiles, o para justificar bombardeos unilaterales a naciones cuyos gobiernos no son afectos a sus intereses geopolíticos. Es una plataforma sociopolítica para montar gobiernos paralelos a los legítimamente constituidos o instaurados por la vía de facto.
El día 11 de enero de 2019, el recién nombrado presidente de la Asamblea Nacional en desacato, el diputado suplente incorporado, Juan Guaidó, manifestó en un "Cabildo Abierto" instalado al frente de la sede de la Organización de las Naciones Unidas en Venezuela, que asumiría en los próximos días la presidencia de la República, basado en los artículos 233, 333 y 350 de la Constitución, por considerar que Nicolás Maduro (presidente electo por medio del sufragio universal) está usurpando funciones desde el 10 de enero de 2019, fecha de inicio de segundo mandato constitucional.
De manera textual, Guaidó expresó lo siguiente:
"Asumiendo el deber que impone nuestra constitución en su artículo 333, el cual obliga a todo venezolano, investido o no de autoridad, a luchar para restituir el orden constitucional. Como presidente de la Asamblea Nacional, único poder electo y legítimo para representar al pueblo venezolano, me apego a la constitución y sus artículos 233, 333 y 350, que me da la legitimidad para ejercer la encargaduría de la presidencia de la República para convocar elecciones libres y convocar al pueblo, la Fuerza Armada y la comunidad internacional para a hacerlo realidad. Necesitamos la fuerza de todo para que podamos lograr el cese de la usurpación y elecciones libres".
El argumento del diputado Guaidó es que Nicolás Maduro está usurpando funciones, porque para él y sus seguidores, la elección presidencial del 20 de mayo de 2018 tuvo irregularidades y sus resultados están cuestionados por sus aliados en el extranjero.
Asimismo, considera que el cargo de la presidencia de la República se encuentra vacante a partir del 10 de enero, por lo que ante una falta absoluta o vacío de poder debe convocarse a unas nuevas elecciones presidenciales en los próximos días. Finalmente, convocó a los ciudadanos, la Fuerzas Armadas Nacionales y la comunidad internacional para respaldar la conformación efectiva de un "gobierno de transición" en Venezuela, que dará supuestamente daría respuestas al pueblo venezolano que padece la peor crisis política, económica y social de su historia.
Como vemos, lo que el diputado Guaidó llama "gobierno de transición" es lo que el Pentágono, los "perros de la guerra" y los organismos de conspiración estadounidense llaman "Gobiernos en el exilio".
LA CONFIGURACIÓN DEL DELITO DE USURPACIÓN DE FUNCIONES PRESIDENCIALES
Los comentarios de Juan Guaidó del 11 de enero de 2019 no tienen carácter vinculante a nivel nacional, pero es un primer paso de una estrategia conspirativa bien diseñada. Se corre el riesgo que sea ratificado como presidente "usurpador" los próximos días por ese parlamento, como paso previo a la conformación del eslabón que requería el gobierno de Estados Unidos para la conformación de un gobierno venezolano en el exilio.
Para materializar su intención de asumir como presidente de la República, y consumar el "golpe de Estado parlamentario", como un hecho meramente formal o protocolar, debe ser ratificado y avalado por la mayoría de la plenaria de la Asamblea Nacional en desacato en los próximos días (previsto para el 15 de enero de 2019).
Sólo falta que en la sesión plenaria de la Asamblea Nacional en desacato apruebe un decreto que declare la conformación de un gobierno de transición, para la supuesta convocatoria a elecciones presidenciales en los próximos días.
Si la Asamblea Nacional designa a Juan Guaidó como presidente de la Junta de un gobierno de transición, a partir de ese momento, desde un punto de vista jurídico y penal, con base en el artículo 213 del Código Penal venezolano, pasaría a estar cometiendo el delito de "usurpación de funciones", en este caso de las funciones del Presidente de la República legítimo que es Nicolás Maduro.
En esencia, las declaraciones del 11 de enero de 2019 develan las intenciones de ir hacia la conformación definitiva de un "gobierno en el exilio" a fin de persistir con la conspiración internacional y procurar por cualquier vía el derrocamiento de Maduro. Como vemos, sus declaraciones ya alertan sobre lo que harán los próximos días, sobre cómo intentarán desestabilizar la paz política que vive la nación en la actualidad. Lo que Guaidó ha denominado la "ruta para la transición en Venezuela y retomar el hilo constitucional" es una advertencia de lo que harán el martes 15 de enero en la sesión plenaria de la Asamblea Nacional.
Con ese sentido, este diputado opositor, de manera abierta, ha retado y amenazado al Presidente Maduro, por no haber aceptado convocar nuevas elecciones presidenciales en los próximos días, algo que también está tipificado como un delito según el artículo 215 del Código Penal, que reza lo siguiente:
"El que amenace a un funcionario público o a uno de sus parientes cercanos, con el fin de intimidarlo para hacer o dejar de hacer algo propio de sus funciones, será castigado con prisión de uno a tres años. Si el hecho se ejecutare con violencia la pena será de dos a cuatro años.
Cuando los hechos descritos en el aparte anterior fuesen ejecutados en perjuicio de un alto funcionario de los previstos en el numeral 3 del artículo 266 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la pena será de dos a cinco años. (…) Si el autor del delito fuere un funcionario público, la pena correspondiente se incrementará en dos terceras partes."
Ese mismo día 11 de enero de 2019, el secretario de la Organización de Estados Americanos (OEA), Luis Almagro, manifestó su apoyo a Guaidó, llamándolo "presidente interino" de Venezuela y felicitó su nombramiento. Apoyo que se suma al respaldo de los países y organizaciones internacionales que han declarado desconocer al segundo mandato presidencial de Nicolás Maduro, como el llamado "Grupo de Lima", conformada por 14 países de América, y reconocer a la Asamblea Nacional como único órgano legítimo en el país, a pesar que se encuentra en desacato desde el año 2016.
La oposición política hace ver que está dividida. Confunde a los ingenuos en política. Yo no apostaría tanto en esa división. Hay mucha plata de por medio en juego. Además, él podría irse o asilarse en cualquier embajada argumentando que lo están persiguiendo para detenerlo. De esa forma, desde el exterior o asilado, la Asamblea Nacional en desacato podría reconocerlo como presidente de una junta de transición, y completaría el cuadro perfecto de un gobierno en el exilio.
FLAGRANCIA CONTINUADA, COLOFÓN AL GOBIERNO EN EL EXILIO
Las últimas actuaciones del diputado Juan Guaidó desde el 11 de enero de 2019, develan la ejecución de una serie delitos en "flagrancia continuada", valga decir, está ejecutando delitos de manera permanente para provocar situaciones que conlleven a su detención o justifiquen su salida del país a fin de crear el rechazo internacional y el sueño americano del gobierno venezolano en el exilio.
Veamos que otros delitos ha venido cometiendo el diputado Guaidó en los últimos días con base al Código penal venezolano:
Con respecto al delito de traición a la patria el Artículo 128 del Código Penal es bien explícito: "Cualquiera que, de acuerdo con país o República extranjera, enemigos exteriores, grupos o asociaciones terroristas, paramilitares, insurgentes o subversivos, conspire contra la integridad del territorio de la patria o contra sus instituciones republicanas, o las hostilice por cualquier medio para alguno de estos fines, será castigado con la pena de presidio de veinte a treinta años."
Con respecto a las conspiraciones y solicitud de intervención extranjera establece: El Artículo 132: "Cualquiera que, dentro o fuera del territorio nacional, conspire para destruir la forma política republicana que se ha dado la nación será castigado con presidio de ocho a dieciséis años. (…) En la misma pena incurrirá el venezolano que solicitare la intervención extranjera en los asuntos de la política interior de Venezuela, o pidiere su concurso para trastornar la paz de la República o que ante sus funcionarios, o por publicaciones hechas en la prensa extranjera, incitare a la guerra civil en la República o difamare a su Presidente o ultrajare al representante diplomático o a los funcionarios consulares de Venezuela, por razón de sus funciones, en el país donde se cometiere el hecho."
Con respecto al irrespeto a la autoridad del Presidente de la República el Artículo 147 del Código Penal establece: "Quien ofendiere de palabra o por escrito, o de cualquier otra manera irrespetare al Presidente de la República o a quien esté haciendo sus veces, será castigado con prisión de seis a treinta meses si la ofensa fuere grave, y con la mitad de ésta si fuere leve. "(…) "La pena se aumentará en una tercera parte si la ofensa se hubiere hecho públicamente."
Y, con respecto al tema de la usurpación de funciones, el Artículo 213 del Código Penal plantea: "Cualquiera que indebidamente asuma o ejerza funciones públicas civiles o militares, será castigado con prisión de dos a seis meses, y en la misma pena incurrirá todo funcionario público que siga ejerciéndolas después de haber sido legalmente reemplazado o de haberse eliminado el cargo."
Estando de acuerdo con la posición fijada por la constituyente María Alejandra Díaz al respecto, cito lo siguiente: "Estimados camaradas esta ley marco de la transición, o estatuto que preparan los parlamentarios en desacato, es la prueba madre de que en la Asamblea Nacional están ejecutando un golpe, con apoyo de gobiernos extranjeros enemigos y con complicidad interna."
(…) "En derecho penal, se conoce esta figura como delito continuado de traición a la patria. De acuerdo con el artículo 200 de la CRBV, de aprobarla ende encontrarán cometiendo el delito en flagrancia y pueden y deben, las autoridades, detenerlos, sin violar la inmunidad parlamentaria." Asimismo, "todos los miembros de la AN, salvo los que, expresamente, se deslinden, y no se les compruebe participación, deben ser procesados por traición a la patria; igualmente, todos aquellos, que fuera de la Asamblea, estén implicados en este delito como coautores, cómplices o encubridores."
Es por lo anterior que consideramos, que a partir de sus actuaciones, el diputado Juan Guaidó está en "flagrancia continuada", y debería ser detenido antes que se vaya del país.
LA DETENCIÓN DE GUAIDÓ EL DÍA 13 DE ENERO: UN FALSO POSITIVO NECESARIO
El presidente Maduro ha desestimado las acciones de la Asamblea Nacional, considerando que hay un show montado por ellos. Asimismo, rechazó las acciones del secretario general de la OEA, Luís Almagro, en un contexto político con "afectación económica", como pretende hacerlo ver la devaluación del dólar paralelo en más del 50% (otro eslabón de la conspiración).
Tanto Juan Guaidó como Luís Almagro juegan a las declaraciones conspirativas, sin sustento legal, No vinculantes. Pero en el caso del diputado opositor, producen efectos de responsabilidad individual en lo judicial y administrativo. Porque es un presidente del parlamento designado por una plenaria que se mantiene en desacato.
Incluso, Guaidó podría irse del país en las próximas horas alegando persecución política si se toma en cuenta el "falso positivo" de su supuesta detención por funcionarios del Sebin el día 13 de enero cuando se dirigía al estado Vargas, y ser ratificado por la Asamblea Nacional como Presidente "usurpador" estando fuera del país. Con eso, ya el objetivo para la conformación del gobierno en el exilio sería alcanzado.
Lo anterior lo confirman el tweet enviado por el Secretario del Departamento de Estados Unidos, Mike Pompeo horas después de la detención del diputado Guaidó cuando se dirigía al estado Vargas:
"Denunciamos la detención arbitraria del Presidente de la Asamblea Nacional @jguaido por el Jefe de Inteligencia venezolano Manuel Cristopher Figuera. Hacemos un llamado a las fuerzas de seguridad para defender la constitución y los derechos del pueblo venezolano. Los Estados Unidos y el mundo están mirando."
Por su parte, John Bolton, Consejero de Seguridad de Estados Unidos, expresó:
"Condenamos enérgicamente la detención por parte de la dictadura de Maduro al presidente de la Asamblea Nacional, Juan Guaidó. Tales actos de intimidación perpetrados por la policía secreta cubana patrocinada por Maduro, Sebin, liderado por el general Manuel Christopher Figueroa, representan un grave asalto al estado de derecho en Venezuela".
En respuesta del tweet de Bolton, el abogado estadounidense Fernando Amandi, enviaría el siguiente tweet:
"El presidente Guaidó debe buscar protección en los Estados Unidos o en la Embajada de Brasil. Forme un gobierno en el exilio y pida asistencia internacional para restablecer el orden democrático en Venezuela. La comunidad internacional lo acompaña. No maltrate este histórico momento hemisférico."
LA JUNTA DIRECTIVA DE LA AN EN DESACATO GARANTIZA LA CONFORMACIÓN DEL GOBIERNO EN EL EXILIO
La oposición venezolana nacional e internacional podría estar ejecutando una estrategia perfecta para la conformación del gobierno en el exilio a través del diputado Juan Guaidó.
Cabe señalar, que en el caso que Guaidó siga provocando y conlleve a su detención, podría asumir el gobierno en el exilio el primer vicepresidente de la Asamblea Nacional en desacato, Edgar Zambrano, de Acción Democrática, o en caso de su detención, lo haría el Segundo Vicepresidente, Stalin González, de Un Nuevo Tiempo.
En ese orden de idea, entonces para detener la conformación de un futuro gobierno en el exilio habría que detenerse a los tres diputados que conforman la Junta Directiva de la AN en desacato antes que se vayan del país. Otro escenario podría ser plantearse la disolución de la AN y convocar de manera anticipada a elecciones parlamentarias.
En ese contexto, al diputado Guaidó habría que dictarle orden de captura por usurpación de funciones, por golpe de Estado parlamentario y por traición a la Patria, todos delitos tipificados en el Código Penal venezolano. Incluso, deteniéndolo antes de las 48 horas después del 11 de enero, para que pase a la historia contemporánea de Venezuela como el presidente "golpista" de más corta duración, destronando a Carmona Estanca de ese sitial de honor.
EL GOBIERNO EN EL EXILIO: UNA NECESIDAD DEL IMPERIO DEL NORTE
¿Cuál podría ser uno de los escenarios futuros de un presidente "usurpador" en el exilio? Esa es una de las grandes preguntas que debe hacerse los mayores tomadores de decisiones dentro la revolución. Que evidentemente no es para nada parecido a la experiencia del bloqueo cubano, iraní o coreano. Más bien se parecería a la experiencia vivida en Libia (2011), Siria (2011 y 2012), Checoslovaquia (1939), Yugoslavia (1941), Gobierno de Guinea Ecuatorial en el Exilio (2003), Polonia (1939), Vietnam del Norte (1995), Grecia (1941), Lao (1972), Bielorrusia (1920), Etiopía (1974), Tibet (1950) o Estonia (1953).
Ante ese escenario, si el diputado Juan Guaidó se va del país siendo Presidente "usurpador", generará un escenario interesante a nivel internacional que conllevaría a la oposición nacional e internacional a conformar un "Gobierno venezolano en el exilio", conformado por un Presidente en el exilio, un Tribunal en el exilio, una Fiscal General en el exilio, entre otros.
Si por casualidad, la Asamblea Nacional Constituyente convoca a unas elecciones parlamentarias extemporáneas debido al desacato continuado, conllevaría también a la conformación de un parlamento en el exilio. De forma sucesiva, podrían designar poderes públicos en el exilio, como el CNE, Procurador, Tesorero, designar ministros entre ellos de las Fuerzas Armadas en el exilio (para administrar fuerzas de intervención militar o de ocupación), embajadores, etc.
Como vemos en este escenario, un Gobierno en el exilio podría estructurar una imagen y semejanza del gobierno formal venezolano. Incluso, podrían conseguir aglutinar a toda la disidencia revolucionaria y de oposición política venezolana en Estados Unidos, Colombia y Brasil, entre otros, para garantizar su representatividad.
Luego, ese gobierno paralelo podría ser reconocido con plenos poderes por los países enemigos de la revolución bolivariana. Podrían recibir donaciones o financiamiento internacional, firmar tratados internacionales a nombre de Venezuela, podrían recibir recursos de nuestra deuda con los países hostiles con la revolución, repartirse el dinero de la República retenido en cuentas del exterior con base en el Decreto de Obama y de Trump, instalarse en activos de la nación confiscados en los países de gobiernos opositores a la revolución bolivariana, entre otras formas de administración de un gobierno "usurpador" con fines conspirativos, generando un ambiente hostil para la futura paz republicana en Venezuela.
CÓMO EVITAR LA CONFORMACIÓN DEL GOBIERNO EN EL EXILIO
La designación de alguno de los integrantes de la junta directiva de la Asamblea Nacional en desacato como presidente "usurpador" (gobierno de transición) sería la materialización del golpe de Estado parlamentario.
Situación que desde el mismo 11 de enero con la declaración de Guaidó, fuera reconocido de manera individual por el Secretario de la Organización de Estado Americano, Luís Almagro. A su vez, sería nombrado como "Presidente interino" por el TSJ en el exilio, avalado por la Fiscal General en el exilio, reconocido por los exmilitares, periodistas y líderes políticos en el exilio, la mayoría prófugos de la justicia. Incluso, fue reconocido por el ex ministro de la revolución Felipe Pérez Martí, entre otros. Es un escenario peligroso para la paz del país.
Lo cierto es que los opositores venían insistiendo en un Presidente "golpista" de cualquier forma. En este caso, ya lo podrían estar consiguiendo con Juan Guaidó u otro miembro de la Junta Directiva de la AN en desacato. Lo único que le falta es que la plenaria de la Asamblea Nacional ejecute el golpe de Estado parlamentario, para luego salir del país a conformar su gobierno en el exilio. De seguro ellos insistirán que ese sea su destino.
Pero, mi mayor temor es que alguno de ellos consiga irse investido como presidente "usurpador" de la República. Es por eso, que la justicia venezolana, en este caso por medio del Tribunal Supremo de Justicia, debe ordenar de manera inmediata la detención del diputado Juan Guaidó o de otro que acepte formar parte de un gobierno de transición, despojarlo de su inmunidad parlamentaria y presentarlo ante el sistema judicial para que sea juzgado con base en lo establecido en el artículo 200 de la Constitución y el artículo 132 del Código Penal y paguen por el daño institucional en su intento de destruir la forma política republicana de los venezolanos.
Si en el caso que otro sucesor en la Junta Directiva de la Asamblea Nacional en desacato insiste en esa estrategia, habría que detenerlos a todos por los mismos delitos arriba mencionado. No obstante, considero que hay que hacerlo previo o inmediatamente después de la sesión plenaria donde se apruebe el decreto de conformación del gobierno de transición, antes que sea demasiado tarde
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