El revocatorio: entre la inviabilidad y la flexibilidad

Siguen los debates políticos de acuerdo a los intereses que presentan y representan los diversos sectores políticos que hacen vida política…dentro del sistema político venezolano…y que se ha ido caracterizando, por una serie de enfoques y perspectiva que giran en torno a los sentidos y significados de los llamados referendos revocatorios…y que este instrumento de consulta popular consagrado en la Constitución Nacional en su artículo 72…como un derecho y por lo tanto es una opción que tienen las y los venezolanos de tener la posibilidad cierta y concreta de poder revocar el mandato de una persona que ostenta un cargo de elección popular por un tiempo previamente establecido…en la que sin embargo, existe desde el punto de vista constitucional, se puede acortar el periodo de gobernanza…

Y esto se desarrolla cuando se cumple con los objetivos políticos trazados en una hoja de ruta, en tres etapas: 1.- lograr activar el referendo revocatorio con la recolección, aceptación y verificación por parte del Consejo Nacional Electoral, de por lo menos el 20% de apoyo del total de personas inscritas en el registro electoral permanente, representada a través de las firmas o voluntades…2.- sacar por lo menos un voto más que lo obtenido en las elecciones que ganó la persona que se quiere revocar…3.- ganar las siguientes elecciones convocadas para sustituir a la persona revocada…

En estos debates políticos sobre la conveniencia o no de activar a posible un referendo revocatorio presidencial…han surgido otras perspectivas de análisis político que van desde lo que piensan las inconveniencias políticas de activar a un revocatorio y esperar hasta el año 2024…hasta los que consideran es que un legítimo derecho constitucional que más bien fortalece a la democracia protagónica…pero también aparecen otros tipos de enfoques que expresan a rasgos general lo siguiente…están los que piensan que la materialización de los referendos revocatorios es delicado y que no deberían ser "nada fácil" su activación…ya que se debe respetar la voluntad popular que se expresó en un proceso electoral que eligió a una persona por un periodo determinado…y que no puede ser visto, para complacer el capricho de un grupo de electores…

 



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Oscar Bravo

Un venezolano antiimperialista. Politólogo.

 bravisimo929@gmail.com      @bravisimo929

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