En estos días el movimiento político ha generado un devenir de conceptos que son de estudio, tanto en lo nacional como lo internacional. Sin embargo, estos movimientos están sujetos a principios, que por supuesto están enmarcados en la lógica, pensando en el Discurso Maltrecho de la oposición.
Empezaremos con Los "principios lógicos" de cual constituyen las verdades primeras, "evidentes" de por sí mismas a partir de las cuales se construye todo el edificio formal del pensamiento, según la Lógica tradicional, no ajustada al pensamiento inocuo de los supuestos "Lideres" de deambulan en este sector.
Entonces decimos que; Los principios lógicos-jurídicos son el fundamento conceptual del Derecho y brindaron sus bases para elaboración de la ciencia jurídica, lo cual comenzaron a construir los jurisconsultos romanos. Los principios supremos del pensamiento lo presenta la lógica desde el punto de vista meramente formal, es decir, a nivel de esquema; pero dichos principios por formar parte esencial de la estructura del pensamiento, están presentes en todas las ciencias de la naturaleza, de la sociedad y de la mente, con los contenidos propios de cada una de ellas . En algunos casos reciben nombres especiales en las respectivas ciencias, pero la función primordial que cumplen en su campo es la que de manera general les ha señalado la lógica
En segundo plano está diríamos "El principio de identidad" A es igual a, establece que una cosa es igual a sí misma, es decir , cualquier norma, contrato, institución u ordenamiento jurídico, son iguales a sí mismos . Con esto consagra el principio de la seguridad jurídica desde el punto de vista normativo, o sea la garantía dada al individuo de que las normas no serán creadas, derogadas o modificadas sino en virtud del fiel cumplimiento al procedimiento previamente establecido en el ordenamiento jurídico.
El principio de identidad nos sirve, principalmente para que cuando formulemos un escrito de demanda, en las prestaciones, se reclamen por ejemplo: El pago de una pensión alimenticia de manera provisional y en su momento de manera definitiva; por lo tanto, en los hechos, nunca debemos reclamar algo diferente a lo que se pide en la prestación, ejemplo: Por lo que pido se decrete la pérdida de la patria potestad de los menores habidos en matrimonio y en ningún otro hecho se mencione algo respecto a los alimentos y se trate de justificar que los alimentos por ser de orden público los decrete el Juez. ¿Dónde ubicas la falla en lo anterior?
Otro plano es; El principio de contradicción: "Una cosa no puede ser y no ser a la vez y bajo el mismo aspecto", normativamente expresa : no se puede considerar que una norma sea y no sea aplicable a un mismo hecho , en igualdad de circunstancias de modo, tiempo y lugar. Este principio se formuló en la máxima: "A iguales hechos, igual Derecho"
"La ley de la contradicción es de gran importancia para pensar correctamente. En los razonamientos deductivos, dicha ley permite fundamentar la existencia de necesidad lógica en la inferencia de la conclusión."
Un ejemplo que podemos citar es que: El homicidio consiste en privar de la vida a un ser humano, pero resulta que, -cuando encontraron al indiciado con sangre en las manos a las ocho de la mañana a un lado del cuerpo del occiso, por su parte, el certificado médico decía que el acaecido había fallecido de un infarto a las dos de la mañana aproximadamente del día anterior- ¿Logras distinguir dónde está la contradicción?
Un tercer plano sería; El principio de tercero excluido: "entredós cosas contradictorias no cabe término medio" se formularia diciendo: entre dos normas contradictorias no existe una intermedia, sino que al aceptar una, se excluye la otra. El juez debe solucionar la contradicción que transitoriamente se ha presentado, seleccionando unas de ellas. No puede inhibirse alegando contradicción de la ley; por esto, la contradicción es solo transitoria, pues incurrirá en denegación de la justicia.
Otro El principio es, Excluso, en este apartado, no existen los términos medios; es decir, es o no es, "esta ley es de gran importancia para el pensar. Sirve de base para el razonamiento y en la de demostración del contrario."
Un ejemplo es, que la mujer víctima del delito de violación, - al parecer quedó embarazada-, esta afirmación como se puede apreciar, no puede quedar de esta manera, porque los embarazos no son de términos medios, aquí es, que mediante certificado médico se determine si realmente una vez hecha la prueba de embarazo correspondiente, la víctima quedó en estado de gravidez. Como te puedes dar cuenta, es ilógico pensar que una especulación, es contundente por utilizar términos a medias.
Principio de la razón suficiente "todo lo que es, tiene, su razón de ser", afirma en el Derecho: Toda norma tiene una razón de ser , ya sea esta histórica , social o económica . Este principio se formuló en la célebre expresión "ocassio legis", lo que dio ocasión a la ley, por lo que se hizo necesaria dictarla.
El principio de la razón suficiente, esta ley para considerar que una proposición es completamente cierta, tiene que ser demostrada; debiendo conocerse los suficientes fundamentos para afirmar que sea verdadera.
Podemos afirmar que -los hechos históricos que dieron origen a las normas jurídicas, los estudiosos del derecho es imposible que los cambie- por lo tanto, lo anterior es completamente cierto.
Finalmente podemos decir y dejar bien claro que la lógica está presente, aunque no la determinemos, es ese algo que no podamos apreciar, pero está ahí, la cual nos hace razonar y llegar a la conclusión que buscamos.