Cuando se promulgó las leyes sobre comunas y consejos comunales, a quien entonces ejercía de ministro y funciones en relación con eso, le dije por vía digital, que esas leyes, tal como estaban concebidas lucían peligrosas y que, se corría el riesgo que el Estado, lejos de ayudar a promover aquello, fundamentado en esa Ley, molestase, se convirtiese en un estorbo o que determinados funcionarios, amparados en ella, la manipulasen para fines distintos a los que la buena fe buscaba. Le agregué que esas leyes debían ser redactadas en términos que el Estado no tuviese ninguna injerencia o poder para evitar que esas organizaciones terminasen siendo cautivas suyas.
Por ejemplo, las formas de propiedad definidas en la constitución, salvo la estatal, no autoriza al Estado a asumir el manejo de las iniciativas que en relación a ellas deban tomarse.
Hay que tener muy claro que, por razones estructurales, el Estado generalmente responde al pasado y al presente, lo que lo determina y regula. Entonces, un proceso de cambio, debe dejar en libertad al movimiento popular para que introduzca, promueva e impulse los cambios que crea pertinentes y sean sustentables. Los partidarios de esos cambios que, en un momento dado, accedan al Estado, deben mantenerse en actitud de servir, promotores, sustento y hasta para ayudar mediante el poder coercitivo del cual disponen, para hacerlos realidad; más no otorgarse el derecho de disponer a su antojo en ese asunto. Los partidos del cambio, aparte de conquistar votos, reclutar gente e implementar luchas deben promover formas socialistas, la constitución abrió espacios legales. Y esto es válido para todos, estén en el gobierno o fuera de él.
Ya sabía, por intermedio de un amigo, con muy buenas relaciones dentro del gobierno que, un grupo de profesionales y trabajadores, habían creado una pequeña industria "socializada", para elaborar piezas de uso para la industria petrolera, particularmente PDVSA y estaban confrontando serias dificultades porque, quienes deberían ser sus consumidores, se negaban a adquirir sus productos y preferían comprar sus piezas provenientes del mercado internacional. Aquello de la socialización, distinto a la estatización, no era de su gusto, le vieron como un desafío al Estado, pese que quienes a éste manejaban, se definían socialistas.
Los gobiernos que hasta ahora han hablado del socialismo, han optado u optaron, la mayoría de ellos, por expropiar lo existente y convertir al Estado en propietario, terminando por crear el monstruo conocido como "capitalismo de Estado", un remedio que ha terminado siendo peor que la enfermedad. Conste que no hablo de Venezuela y además dije "la mayoría de ellos", que tampoco son muchas. Lo fue la "Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas", la China de Mao y paremos de contar.
En esos gobiernos privó y privado la idea, según la cual, el socialismo, que implica, no un simple cambio en las relaciones de producción sino, que los trabajadores asuman el control de empresas socializadas y también que esos "medios de producción", funcionen cabalmente, tanto como para volverse productivas y rentables, debe haber "ojos que engorden al caballo". Y no es fácil o mejor factible, de un momento a otro, a muy corto plazo, crear empresas socializadas, tanto como sean necesarias.
La finalidad de los socialistas, dentro o fuera del gobierno, según nuestro parecer, debe ser promover en el seno de la sociedad, asociaciones de la índole de sus aspiraciones. Y en eso no hay que operar por la violencia o el carácter coercitivo de la ley, sino a la iniciativa y toma de conciencia de los trabajadores; en la medida que esos cambios se producen el Estado se encargaría de sustentarla por la vía de Ley, pero manteniendo su rol de regulador, recaudador de impuestos y no propietario. Claro, se corre el riesgo que, estas opiniones, los estalinistas que lo son y siguen siendo, pese lo nieguen, las califiquen de reformistas; dado que ellos creen en la posibilidad de un socialismo al estilo como "Dios creó al mundo", si no en 7 días, si más o menos, en un tiempo parecido.
Leyes como la de las Comunas, Consejos Comunales y hasta la relativa a las organizaciones estudiantiles, que en alguno de sus artículos le atribuya al Estado la facultad de inmiscuirse en aquello, tanto como determinar, en un momento dado, sus funciones y fines, es tan riesgoso como la conversión del Estado propietario de todo o casi todo, dado su facultad para comprar o expropiar. Pues está comprobado que, el Estado es muy malo cuidando el engorde del caballo. Porque el Estado termina siendo un propietario como sin rostro y demasiado difuso, salvo para disponer según sus intereses y emergencias de la manera más fácil y perentoria, sin olvidar que quienes manejan al Estado, en un momento dado "pudieran confundir lo público con lo privado.
Debo decir, para mejor comprensión de lo que comentamos y hasta proponemos, el asunto, el estorbo, no estaría en la ley por sí misma, dado que la Constitución establece todo tipo de propiedad, sino en las facultades que al Estado pudiera dársele en ella para interferir el funcionamiento u operatividad de las organizaciones o empresas socializadas o comunales.
Voy a usar un ejemplo de los que podría señalar solo en la Ley relativa a las organizaciones estudiantiles. El artículo 15 de ella, establece que "El ministerio del poder popular con competencia en materia de educación podrá promover y acompañar la conformación de grupos estables de estudiantes como espacios de organización y participación con fines culturales, recreativos, deportivos, ambientales y de defensa de sus derechos e intereses".
Siempre es bueno recordar que "la buena fe" no es suficiente. Y este artículo, pudiera tener implícito el espíritu enternecedor de quien quiere proteger al estudiantado y la educación toda. Pero olvida que el "Estado", sin importar quién o quienes lo conducen, pudiera aprovecharse de disposiciones como esas para sus fines particulares. El Estado suele ser un monstruo[, un espíritu maligno y esas disposiciones facilitan su tarea. Pero el movimiento estudiantil, para lograr sus fines, no necesita de ese tipo de ayuda, que parece más bien un "caballo de Troya", para salir en cualquier madrugada a hacer lo que le convenga, hasta en contra de quienes en "principio", pareciera querer proteger. Lo mismo vale decir en el caso de las comunas y Consejos Comunales.
Las leyes de Comunas y hasta de Consejos Comunales, formas de producción y organización que no existen, pues hasta ahora, salvo pocas excepciones, lo que hay son "imaginaciones", fantasmas, pero pareciera destinadas a promoverlas, cometen el error de convertir al Estado en dirigente y hasta "propietario" de ese proceso, tanto que existe un ministerio para esos fines.
He dicho, "salvo pocas excepciones", dado que según he sabido por "radio bemba", como dicen los cubanos, hay comunas que funcionan como tal, lo que implica que son organizaciones productivas, donde los medios de producción atienden a esas exigencias y no instituciones puramente burocráticas para ejecutar tareas determinada por el gobierno y bajo la autoridad de este.
Así como se ha promulgado una ley para legalizar los centros de estudiantes y los derechos a ese universo en lo que respecta a las luchas que les son inherentes, también se ha hecho con las comunas. Y ambas decisiones en sí mismas, no resultan negativas, hasta tanto, no haya en las disposiciones ninguna, como las hay, que le otorgue al Estado el derecho a intervenir en ellas y hasta interferir en sus actividades.
Quienes gobiernan hoy, según nuestra Constitución y la vida misma, no necesariamente serán quienes lo hagan mañana. El mundo da muchas vueltas, tanto que la buena fe que pudiera haber en quienes gobiernan hoy, no prevalezca entre quienes lo hagan mañana.
La ley relacionada al movimiento, pudiera servir para favorecer al movimiento estudiantil y la educación, pero también para que un Estado y las personas que a este manejen, actúen contra aquél y aquélla. Por cierto que, en ella, en su artículo 5º, se dice lo siguiente "Las y los estudiantes tienen derecho a la participación protagónica dentro del Sistema Público Nacional de Educación". Definición que se hace igualmente en el anterior, el art. 4º. Lo que significa que, esos derechos estudiantiles están negados a quienes forman parte del sistema privado, pese el carácter docente del Estado y las manifestaciones contrarias a la "discriminación que abundan en esa Ley. ¿Por qué se excluye a ese universo estudiantil que también tiene necesidad de luchar por sus derechos? ¿Se trata de una discriminación a ese universo o la manifestación de temor ante aquellos que ya antes promovieron la consigna "con mis hijos no te metas"?
En el caso de las Comunas y sociedades donde la propiedad debería estar socializada, hasta donde sea necesario y posible, darle al Estado, un agente extraño y ajeno, la facultad de intervenir más allá de lo que le corresponde y sobreponerse a las aspiraciones, deseos y disposiciones de los ciudadanos que las componen, es un grave riesgo y una contradicción del espíritu que en ellas debe prevalecer.
En Venezuela, según lo establecido constitucionalmente, vivimos en una sociedad y nación centralizada. Y por ella, el Estado Nacional dispone a su saber y entender sobre todas las cosas.