Venezuela se integró por la unión de 10 provincias, de las cuales sólo 7 suscribieron el Acta de Independencia [1]. La ausencia de las otras 3 la explica el Artículo 128 de la Constitución de 1811: "Luego que libres de la ópresion que sufren las Provincias de Coro, Maracaybo y Guayana, puedan y quieran unirse à la Confederación , serán admitidas à ella, sin que la violenta separación en que à su pesar y el nuestro han permanecido, pueda alterar pára con ellas los principios de igualdad, justicia y fraternidad, de que gozarán luego como todas las demás Provincias de la unión." Barcelona sólo se separó de la provincia de Nueva Andalucía el 11 de julio de 1811. El imperio inglés mutiló a Venezuela 13 años antes de nuestra independencia y nos despojó de Trinidad. Las estrellas de nuestra bandera, deberían ser entonces 10. [2]
La Guerra Federal trajo muchos cambios en nuestro país. Uno de ellos fue el de la denominación de Provincia por el de Estado. Los cambios llegaron y se habían anticipado. El mismo eslogan zamorano de "Tierra y hombres libres" así lo anunciaba. Una bala asesina trunco aquellos suenos de hace siglo y medio y los echó por tierra. La república "federal" se convirtió en un fraude y las mismas decisiones de Guzmán Blanco, día a día las sepultaban. ¿Cómo entender el enunciado del Art. 1 de la Constitución de 1864?: "Las provincias de Apure, Aragua, Barcelona, Barinas, Barquisimeto, Carabobo, Caracas, Cojedes, Coro, Cumaná, Guárico, Guayana, Maracaibo, Maturín, Mérida, Margarita, Portuguesa, Táchira, Trujillo y Yaracuy, se declaran Estados independientes y se unen para formar una Nación libre y soberana, con el nombre de "ESTADOS UNIDOS DE VENEZUELA"
Jamás hubo una declaración voluntaria ni expresa por parte de las provincias para unirse y constituir los "Estados Unidos de Venezuela", como burda copia de la Constitución gringa. En 1811, la declaración de independencia se hizo en nombre de las "Provincias Unidas" que conformaron originalmente a nuestro país. Es sólo en la Constitución de 1864, cuando aparece por primera vez la denominación de "Estado". La llegada de Guzmán Blanco al poder en 1870 trajo consigo nuevas modificaciones en el ordenamiento político-administrativo. El empeño guzmancista era de centralizar el poder, lo que niega toda aproximación a un estado "federal".
El ideal constituyente de 1811, fue retomado en 1819, que en el Artículo 2º expresaba: "El Territorio de la Republica de Venezuela se divide en diez Provincias, que son: Barcelona, Barinas, Caracas, Coro, Cumana, Guayana, Maracaibo, Margarita, Mérida, y Trujillo ". En la de 1821 (la de la Gran Colombia), dice en su Art. 8º: "El territorio de la República será dividido en departamentos, los departamentos en provincias, las provincias en cantones, y los cantones en parroquias". Se introduce la denominación de Departamento para abarcar a las regiones que la integraron, pero en lo que respecta a Venezuela, las provincias seguían siendo las mismas de la Constitución de 1811 y 1819.
En la Constitución de 1830: "Art. 5º. El territorio de Venezuela comprende todo lo que antes de la transformación política de 1810 se denominaba capitanía jeneral de Venezuela. Para su mejor administración se dividirá en provincias, cantones y parroquias, cuyos límites fijará la ley" . Venezuela estaba integrada entonces por 11 provincias: La nueva provincia era Carabobo.
E1 28 de abril de 1856, el Congreso de la República de Venezuela dicta la primera Ley de División Territorial. Las unidades administrativas básicas eran nuevamente provincias, cantones y parroquias, y se determinaron los límites políticos de cada entidad. Esta ley prácticamente no pudo ser ejecutada porque el país entró en la Guerra Federal (1858 y 1863). Su importancia histórica estriba en que establece claramente cuál es el territorio que ocupan actualmente los estados. En esa oportunidad el número de provincias era 21 (se incluyó a Amazonas). En la Constitución de 1858 se seguía manteniendo la denominación de provincia.
En 1874, aparecía la denominación de Estado, impuesta en 1854, que para entonces seguían siendo 20. En 1881 Guzmán Blanco decide reformar la Constitución y los estados se redujeron de 20 a sólo 9, que fueron: Guzmán Blanco (Villa de Cura), Carabobo (Valencia), Lara (Barquisimeto), Zulia (Maracaibo), Falcón (Capatárida), Los Andes (Mérida), Zamora (Guanare), Bolívar (Ciudad Bolívar) y Bermúdez (Cumaná). El 27 de abril de 1899, durante la presidencia de Joaquín Crespo, se regresó a la integración político-territorial de Venezuela de 1863, que era la que se había diseñado en la Ley del 28 de abril de 1856.
En las Constituciones de 1901 y 1909 se mantiene la organización territorial en base a 20 estados, lo que se repite en las Constituciones de 1931, 1945, 1947 y 1953. En esta última se elimina la denominación de "Estados Unidos de Venezuela", que se mantuvo vigente por 89 años (1864-1953) y se restablece el de "República de Venezuela". Se efectuaron reformas constitucionales en 1914, 1922, 1925, 1928, 1929 y 1931, sin trascendencia desde el punto de vista de la organización político-territorial.
En la Constitución de 1961 no se mencionan los nombres de los estados y en la de 1999 se mantiene una redacción parecida a la anterior sin mencionarse tampoco el nombre de los estados, pero que en esta oportunidad son 23 (incluyéndose a Amazonas, Vargas y Delta Amacuro)
Proposición: Es retomar la denominación original que siempre tuvo la organización político-territorial de nuestro país: Venezuela no ha sido ni lo será un estado "federal", por lo que la idea de cambiar la denominación de provincia nunca fue acertada ni aceptada. Todavía se mantiene en la conciencia colectiva de nuestro país, a pesar de los años transcurridos (143), la idea de provincia: se habla de provinciano y de ir "a la provincia". Desde la época colonial, cuando no existía la noción de país, el lazo que unía a los pobladores con su tierra era la "provincia", noción humana, jurídica, política y económica. Ya constituido el país, se le da el nombre de una de sus provincias más importantes y las demás, en un gesto de hermandad se le unen sin reclamar derechos "federales" de ninguna naturaleza.
Sería un acto de justicia con este país, cuyo territorio ha sobrevido a las mutilaciones impuestas por países vecinos y por potencias coloniales, devolverle en el Proyecto de Reforma Constitucional (Artículo 16), algo que le fue conculcado: la denominación de provincia a las entidades que hoy conforman a nuestra patria.
Notas:
[1] Pudieran ser 11 en recuerdo de Trinidad y 12 por lo que eventualmente nos pudiera corresponder del territorio del Esequibo, aunque este siempre formó parte de nuestra Provincia de Guayana.
[2] Para mayor abundamiento en información sobre este tema, ver mi artículo " ", publicado en "La Página de Omar Montilla":
y en Aporrea:
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