Diputada Pocaterra instó al TSJ a anular el caso de los cuatro indígenas

Suspenden juicio a los yukpas y ordenan revisar condiciones de reclusión

Sabino Romero

Sabino Romero

Credito: Archivos

30 de abril de 2010.-La jueza quinta del Zulia, Érika Carroz, suspendió el juicio contra los cuatro yukpas apresados en octubre del año pasado, al tiempo que ordenó al Ministerio Público estudiar la posibilidad de traslado para los cuatro indígenas en El Tokuko (Sierra de Perijá).

“Los escabinos faltaron el día del juicio y la jueza determinó que tenía que erradicarse a jurisdicción indígena, por lo que ordenó al Ministerio Público estudiar la reclusión de Sabino Romero, Olegario y los demás compañeros en su comunidad, en El Tokuko. Los van a sacar de Fuerte Macoa; la Fiscalía de Machiques irá a estudiar las condiciones para trasladarlos”, declaró el profesor Lusbi Portillo, miembro de la organización Homo Et Natura.

Los abogados de los indígenas informaron que hasta ahora no ha habido asistencia por segunda vez consecutiva de los escabinos para iniciar el juicio; faltan tres convocatorias. De no asistir escabinos a la quinta convocatoria el juicio será llevado con la presencia del juez, los fiscales y los abogados defensores.

Este miércoles pasado la Presidente de la Comisión de Pueblos Indígenas de la Asamblea Nacional, Nohelí Pocaterra, había exhortado a la presidenta del Tribunal Supremo de Justicia a que acepte el amparo constitucional de los cuatro yukpas enjuiciados en el Zulia para que puedan dirimir sus conflictos según las leyes indígenas.

"Le hago un llamado a la Presidenta del TSJ, Luisa Estela Morales, para que acepte el amparo constitucional que protege a los hermanos yukpas para que sean juzgados según las leyes indígenas", exhortó la diputada indígena Pocaterra.

"El artículo 260 de la Constitución establece que cuando se suscitan problemas entre indígenas y en territorio indígena deben ser atendidos por sus miembros, porque se reconoce que sus problemas deben ser atendidos por ellos" aclaró Pocaterra.

"La Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas y el convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo recomienda cualquier sanción menos el encarcelamiento, porque de esta manera se desconoce la realidad sociocultural de nuestros pueblos", agregó.


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