Estado rector docente moral y epistemológico revolucionario sin supersticiones de sectas y clanes en santos brujos.
Contribución critica al debate sobre la teoría educativa para su eficaz práctica pedagógica nacional, productora de lo que consumimos.
Educación evaluada desde sus contenidos pertinentes relevantes a valores en calidad, la estrategia ecológica social verdad certera para la justicia didáctica a la paz
Partiendo de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y la reciente promulgada Ley Orgánica de Educación LOE 2009, ¿doctrina y reglamentos? entendida escolar integral y media progresiva hacia la universidad para la producción de saberes para lo industrial, la investigación, distribución en la docencia, y la extensión integral en vinculo social comunitario haciendo con ello efectivo el Estado Crítico Docente, hay dos aspectos ineludibles; de su administración, aspecto que subsume la materia corriente ideológica del Sistema Educativo Nacional en cuanto a sus procesos administrativos.
Uno, lo organizacional referente al Estado administrativo, en su legislación para su jurisprudencia. Medidas, fallos. El Estado el Pueblo e Instituciones del sistema educativo. ¿De su clara doctrina científica, revolucionada industrial, orden al progreso ejemplar moral republicano en la práctica nacional?
Lucha político espiritual: Más educación técnica en doctrina humanista sin sectas dogmaticas, santos brujos: ¿razón de Estado?
¿Cómo es su organización estructurada sin supersticiones dogmaticas, a qué modelo organizacional responde su administrativa metodología? Pues ésta necesariamente tiene que ser distinta a los anteriores positivistas, que tanto buen resultado dejaron a nivel de método científico desde la revolución industrial, a quién Marx desde la ciencia de la economía política le analiza sus modos relaciones y formas de producción, su carácter alienante social expoliador producto de la venta de la mercancía de la mano de obra, la fuerza de trabajo, el método dialectico a través del materialismo histórico. Una ideología netamente científica, estratégica al primer mundo desde la educación para la razón industrializadora comunal nacional, Mercosur
Pero, el positivismo que rigió el carácter técnico desde la maquina al vapor, el capitalismo insipiente de 1850, sin derechos ni regulaciones laborales por sus procesos en línea y metodológica objetiva en rigurosidad para la producción de capital por capital en sí mismo, pero lo cuantitativo no basta, es necesario lo cualitativo, es decir, una emergente pedagogía con distintas estrategias de calidad para el aprendizaje-enseñanza permanente hacia la realización del ser genérico del hombre socialmente humanista, una manufactura, un ejemplo pequeño piloto para el crecimiento interno económico nacional, al ejemplo industrial asiático pero reconociendo derechos humanos, sin conculcar derechos humanistas laborales, sin maquilas explotadoras en beneficios de clanes supersticiosos.
Y ¿de su docencia con estrategias métodos al humanismo productor de riquezas nacionales PIB ? ¿Cuál es el la pedagogía crítica que les concibe adecuada a los objetivos del plan económico de la nación para el desarrollo social en crecimiento económico, basado en pertinentes diseños curriculares, cuál es su programa y estrategias didácticas? ¿La reflexión pedagógica para un tipo de enseñanza aprendizaje es pertinentemente contextual? Una filosofía de la Educación con una pedagogía critica para un Estado rector docente moral y epistemológico revolucionario sin supersticiones de brujos, sectas y clanes santos.
Porque hoy la lucha de clases es también, como siempre, político espiritual. Más educación técnica en doctrina humanista sin sectas dogmaticas, santos brujos: ¿razón de Estado?
¿Pedagogías socialistas? ¿Con qué estrategias, y didácticas? ¿Desde qué ideologías?¿Qué es trabajo socialista, mercancías socialistas, fuerza de trabajo, dinero, fetichismo, alienación, socialismo abstracto y concreto, ciencia precedida con ideología humanista democrática.
¿Cuál y como debe descrito y narrado el preámbulo? ¿Categorías conceptuales que regula la materia administrativa del derecho laboral, formaliza procesos metodológicos para la consecución y desarrollo de los programas de los planes? ¿Lleva descripciones de modelos sociales ampliamente conceptualizados? Y, ¿cómo es el modelo didáctico o los modelos didácticos a adoptar ¿dentro de que pedagogías, de que doctrinas debatimos? ¿Tiene un glosario especial?
Filosofía, doctrina y política vs Lucha político espiritual, basada en el método científico de educación técnica en doctrina humanista sin sectas dogmaticas, santos brujos: ¿razón de Estado?
¿Desde qué o cuál doctrina (s) se desprenden planes y programas? que agrupan los articulados por capitulo y títulos de la LOE, si es que los habrá en comprensión de sus diversos aspectos los contenidos del contrato social y, de allí como políticas el eje trasversal de la autonomía, la intencionalidad extensiva estatal, el objetivo y científico conocimiento, conjuntamente con la ciencia su método y filosofía, para el diseño de progreso curricular contenidos pertinentes o impertinentes, las pedagogías intervienen para la educación amplia del Estado Docente promulgado, ¿ensayos sociales para efectivas praxis? ¿Con qué método(s) se administraran?
De las legislaciones del Estado y la creación de jurisprudencia adecuadas a la realidad basada en el desarrollo sin expoliaciones. Es ¿el sentido así del Poder de razón de Estado?
Ha de considerarse:
En su generalidad ontológica: la naturaleza social del entorno ecológico a preservar, la didáctica educativa desde la ecología, ¿eco socialismo-arco minero Orinoco?
Primero que todo, la necesidad de un glosario de términos acordados mutuamente de los conceptualizaciones y o categorías expuestas con sus distintas figuras y formas, - que dé cuenta objetiva pronto precisa y concisa de la debida y pertinente conceptualización contextual en tiempo y espacio que allí se intenta manejar-.
Describir precisamente doctrina y su filosofía del derecho a que se adhieren los ¿capítulos, títulos, relatorías, cláusulas del derecho abstraído como ley?
Del texto al hecho, de su método y didácticas
Todo ello en sujeción a las estipulaciones, de la filosofía política que le fundamente como ¿cuál filosofía política? imbricada en la idea y acciones del deber ser, que se incuban implicadas devenir dialéctico la organicidad efectiva eficiente en la administración del Estado, redundando en núcleos de la sociedad como familia en materia educativa. Educativa Universitaria, pues es de comprender que ya se encuentra subsumido este aspecto, no puede haber leyes de educación con visiones-doctrina y sus pedagogías-métodos, evaluaciones, didácticas, fraccionadas
Lucha político espiritual
Más educación técnica en doctrina humanista sin sectas dogmaticas, santos brujos: ¿razón de Estado?
De las contradicciones sus discrepancias y de la posibilidad conceptualizadora
En lo organizacional y docente de Estado como razón de "Ser" educativa;
1. ¿Cómo va a ser el mecanismo de participación de los diversos entes sociales, pues la comuna es la escuela así entendida contemplados en todo el universo del sistema educativo recogidos en el ámbito y artículos de la ley orgánica de participación en los consejos federales, el Estado Docente, ley de comunas, ley de educación escolar, y ahora universitaria, se imbrican en la redacción del cuerpo de ley o es aisladamente vista?
2. ¿cómo se sancionan corrupciones en el presente instrumento legislativo-jurídico que rige esta materia?
¿Los reglamentos y leyes especiales derivadas de los capitulo y títulos para programas orgánicos constitucionales?
Por ejemplo aún no existe un reglamento interno en la Universidad Bolivariana de Venezuela UBV conexo con el resto de las leyes; poder comunal, estado docente, consejo federal y de gobierno, planificación desarrollo comunitario, educación escolar entre otros adelantos, ya activamente promulgados.
El reglamento interno de la UBV es un ejemplo claro de contradicción y procedimientos administrativos, ¿Qué pasa allí, por qué no se produce industrialmente ni un bombillo ni fósforos? ¿Qué intereses la ocupan, particulares clientes burocráticos?
-Debe necesariamente preverse los procedimientos y doctrinas sujetas, estipulándolo en la ley directamente y no en reglamentos conexos.-
Si no están claros ahora en el debate de ley orgánica menos lo estarán en sus reglamentos y leyes especiales.
1. La existencia de una profunda falla, -falta de cohesión y unidad de políticas y acciones- en la llamadas ¿zonas educativas estadales universitarias de desarrollo regional? donde su ambigüedad y retardos procesales no permite la debida y pertinente imbricación para la eficacia de esta superestructura administrativa.
2. ¿La educación es pronta en estímulos y eficaz en respuestas?
1. ¿Cómo el estado administrara este sector? ¿Establece con que métodos?
-Se debe contemplar un articulado conciso referente a lo administrativo de las zonas educativas ¿universitarias? Sus procedimientos descriptivos para así desarrollar lo previsto en la constitución en cuanto a su protagónica administración. Y no dejarlo posteriormente a la reglamentación o leyes conexas especiales, ya que escaparían por los huecos o rendijas de las visiones interesadas legislativas existentes en la actualidad.
3- ¿Se define clara y concisamente la doctrina científica sin el adoctrinamiento político tergiversado en dogma de clanes brujos y sectarios, Qué tipo de pensamiento doctrinario es de estructural critico emergente y positivista clásico, o solo brujería dogmatica? si es que se derivarán de allí las pedagogías socialistas?
Su conceptualización es indispensablemente necesaria para su pertinente interpretación dentro del contexto de la ¿filosofía bolivariana constitucional? si es ese el acuerdo y derivar de ello programas y planes pertinentemente precisos, coherentes en doctrina con sus estrategias para las acciones.
Tomando, por supuesto, en cuenta la lucha político espiritual, basada en más educación técnica en doctrina humanista sin sectas dogmaticas, santos brujos: ¿razón de Estado?
Por ejemplo en la ley orgánica de educación escolar, básica y media ya promulgada:
4- El artículo 102 de la ley adolece para su debida conceptualización en lo referente a, niveles y modalidades, del término; Categoría.
Incluyéndolo, la clasificación de las jerarquías educativas brindaría una cobertura ampliamente universal ya que tomaría en cuenta las teorías epistemológicas básicas de las distintas figuras de modelos didácticos educativos que requiere actualmente el país en todas sus modalidades, permitiendo ir lógicamente de lo general a lo particular y viceversa. Categorías, modos, figuras, números y estiloscomprendidos en la nueva realidad conexa de cualidades y creatividades intersubjetivas, aprender inventando. ¿Hasta qué punto es permisible?
Ineficiencia conceptual
5- Adolece claramente del principio preciso del ¿ciudadano que queremos formar? Dentro del contexto de país -ideal- en el preámbulo de la ley y sus capítulos articulados para así acercarnos realmente a un ¿sistema educativo bolivariano ¿ cómo doctrina socialista real y actual en cuanto a filosofía social y acciones administrativas.
Sería necesario, como se señaló arriba, definir el socialismo en el contexto de la Venezuela educativa actual.
Su carácter no eventual si de ¿devenir progresista socialista?
Objeto de un título de ley. Implementar así a través de los dispositivos articulados teóricos el eficiente y verdadero ¿Estado Docente en desarrollo?, adjunto al sistema educativo universitario, junto a la familia y la sociedad hacia su progreso industrial social... Teoría y praxis socioeducativa venezolana para la administración de justicia social debe estar claramente definidos sus procedimientos administrativos y fallos procesales prontos.
Ciencias, métodos y técnicas para la investigación en praxis científica
6- En cuanto a lo concerniente a la actividad teórica y práctica de la investigación científica y tecnológica con el fin de desarrollar estas actividades para la debida y necesaria obtención de conocimientos, incluir como objeto de estudio en sus distintas figuras de todas las ciencias de desarrollos humanos, filosofía de las ciencias sociales y así como la postmoderna razón tecno. Como parte curricular integrante de nuestra realidad a desarrollar en el campo científico tecnológico las didácticas concernientes.. Considerarlo en artículos.
7-Enmendar el artículo 102 de la Constitución, la educación es un derecho humano… y, decir además, es socialista exponiendo la doctrina de lo que se concibe como socialismo, estrategias con razones, métodos y fines, ¡Es socialista, tipo? si eso es lo que se pretende fomentar, así evitando discrepancias y contradicciones… evitando las retorica politiqueras anecdotarios de atrasos discursivos que suprimen la razón por el dogma, hasta alcanzar la negativa moral con dogmas, logrando con ello orientar y no desorientar, cabalmente en pensamiento y acciones hacia el señalado Estado crítico Docente a que refiere la ley orgánica educativa. El regimiento de la razón metódica en discurso y ciencia pura
Esto implica una constituyente o enfrentamientos sociales ya que los nueve primeros artículos son principios fundamentales que no pueden ser modificados o cambiados desde un proyecto de reforma constitucional. ¿Cómo explicar esto de tan vital importancia en su administración social de justicia?
¿Pedagogías socialista? ¿Didácticas socialistas con fascismo o humanismo? ¿Administración organizacional en orden y ley para el progreso, docente crítico humanista o "socialista" burocrático acrítico mediocre? ¿Doctrina en ciencias, investigación en revolución para la evolución de las conciencias, contenidos, métodos, investigaciones y técnicas como categorías universales al desarrollo industrial con moral práctica ciudadanizante nacional? No solo como enunciado regalado, sino voluntariamente a nivel de conciencia posible empeñada al trabajo industrializador para producir lo que consumimos, y en la intuición como conocimiento práctico del inconsciente colectivo.
¿¡Es el actual debate!? La lucha político espiritual con más educación técnica en doctrina científica humanista, sin sectas dogmaticas de santos brujos: ¿razón de Estado?