Ante el irresponsable llamado a sabotear el inicio del año escolar 2008-2009 por parte de seudo-sindicalistas de la “Federación ” Venezolana de Maestros y otras agrupaciones “gremiales” a quienes nunca le ha interesado la calidad y mucho menos el Derecho a la Educación de los niños, niñas y adolescentes, corresponde a las fiscalías y tribunales de protección (éstos últimos, por lo menos en Nueva Esparta, tengo dudas que protejan) ejercer todas las herramientas legales para impedir cualquier intento de suspensión de actividades educativas. Curiosamente, estos mismos “representantes” del magisterio estuvieron silenciados y limitados en sus acciones desestabilizadoras mientras existieron los consejos estadales de derechos, los cuales desaparecieron gracias a una nefasta reforma de la Ley Orgánica para la Protección de los Niños, Niñas y Adolescentes (Lopna) en el plano administrativo, la cual fue encabezada por la ex-diputada y hoy flamante “Defensora del Pueblo”, a quien tampoco parece importarle los inconscientes llamados a “paro” que pregonan los ilegítimos “sindicalistas magisteriales”.
Es por ello, que las fiscalías y tribunales son los principales responsables de garantizar el Derecho a la Educación de nuestra población infantil, la cual yace inerte y vapuleada por los designios de un grupo de “vividores de la administración pública”, quienes hace tiempo olvidaron su rol de educadores y dirigentes del gremio pedagógico, para convertirse en comerciantes y politiqueros de mafias en el contexto educativo con la finalidad de beneficiarse de las prebendas que tales cargos otorgan como efecto de las licencias sindicales, las cuales terminan convirtiéndose en aquiescencias para realizar prácticas muy apartadas de la ética y moral.
La amenaza de suspensión de actividades educativas nos obliga a activar el artículo 91 de la Lopna y exigirles a las fiscalías y tribunales con competencia en la materia que se pronuncien al respecto, so pena de convertirse en responsables de cualquier vulneración al Derecho a la Educación. En relación con los maestros y maestras que acaten la supuesta “paralización” de clases, deben conocer que el artículo 226 de la propia Lopna señala multas que oscilan entre las 15 y 90 unidades tributarias para quienes impidan la permanencia de niños y adolescentes en sus escuelas y liceos, además de otras sanciones administrativas que pudieran originar hasta la suspensión de funciones docentes sin goce de salario.
La lucha por reivindicaciones colectivas y salariales de los colegas docentes, quienes tienen todo el derecho a exigirlas, no puede bajo ninguna circunstancia afectar la educación de 13 millones de niños y niñas en todo el país. Los “sindicalistas” si aún les queda un mínimo de vergüenza deberían anteponer sus intereses y buscar otras formas de ejercer tales derechos. Por lo pronto, esperamos el pronunciamiento inmediato de las fiscalías y tribunales ante la amenaza del Derecho a la Educación.
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