Observaciones al proyecto de estatutos del PSUV

Las presentes observaciones tienen como objetivo contribuir a la elaboración de los estatutos del PSUV, haciendo valer los principios constitucionales de protagonismo popular, revocabilidad en los mandatos, transparencia en las elecciones internas, y la facilitación del proceso de transición al socialismo. La primera alarma frente al borrador se disparó con la palabra “cooptación” para llenar las vacantes de la Dirección: Según el diccionario DRAE, cooptar es “Llenar las vacantes que se producen en el seno de una corporación mediante el voto de los integrantes de ella”. Es el mismo método de “reestructuración” que usaban los adecos. Bastaba que por alguna razón sacaran o se saliera un miembro para que los demás lo sustituyeran sin consultar a la base. Esto convertiría al PSUV , de hecho y derecho, en una camarilla en la cual la militancia sería sólo un lote de relleno, cuyos derechos de participación serían restringidas al máximo.

Las elecciones de segundo y tercer grado son métodos utilizados incluso por el imperio, para impedir que el pueblo pueda hacer valer sus opiniones y sus derechos. El PSUV es un partido Socialista, y para lograr el socialismo, que es la máxima democracia en una sociedad de clases, es necesario que esté compuesto por socialistas, quienes estarían enriqueciendo y valorizando, con su trabajo diario, la estructura organizativa revolucionaria.

Si en el partido se consagra la dictadura de una camarilla, lo cual ocurrirá si el borrador de estatutos se aprueba tal como está, la participación de la militancia sería virtualmente nula, sólo como clientela, y no podríamos construir el socialismo, porque nadie puede dar lo que no tiene. Y sin participación, sin Poder Popular, no hay socialismo, entendido éste como el pueblo en el poder, no de la manera “light” como se hizo en Europa, para que nada cambiara.

Las observaciones al borrador son las siguientes:

Art. 5. Método de la democracia socialista. Dice el texto propuesto:

“En consecuencia, en la determinación y selección utilizará los métodos de cooptación, elecciones de primero, segundo y tercer grado de acuerdo al caso, selección directa, todo de acuerdo al carácter estratégico del hecho y a la direccionalidad política que determine la dirección política nacional, con la consulta y aprobación del presidente del partido.”

Texto que proponemos:

“En consecuencia, en la determinación y selección utilizará los métodos de elecciones universales, directas y secretas, todo de acuerdo al carácter estratégico del hecho y a la direccionalidad política que determine la dirección política nacional, con la consulta y aprobación del presidente del partido. Queda entendido que dentro del partido se practicará el principio constitucional de revocabilidad para los compatriotas electos en cargos de dirección.”

Art. 22 Texto propuesto:

“Atendiendo a la nueva geometría del poder y sin que se tenga como obstáculo los límites de los Estados o Municipios, el presidente del Partido podrá establecer una estructura regional que tenga como autoridad un Vicepresidente regional o sectorial, de su libre nombramiento y remoción.”

Texto que proponemos:

“Atendiendo a la nueva geometría del poder y sin que se tenga como obstáculo los límites de los Estados o Municipios, el presidente del Partido podrá establecer una estructura regional que tenga como autoridad un Vicepresidente regional o sectorial, de su libre nombramiento y remoción, que actuará como enlace directo con el Presidente del partido, con funciones de supervisión y contraloría”.


“Art. 26 , Texto propuesto:

Párrafo tercero: (...) el Presidente del partido designará la directiva de la Escuela de Cuadros, quienes presentarán el esquema organizativo y estrategia política a la Dirección Política Nacional y al Presidente para su aprobación.

Texto que proponemos:

“(...) el Presidente del partido designará la directiva de la Escuela Nacional de Cuadros, quienes presentarán el esquema organizativo y estrategia política a la Dirección Política Nacional y al Presidente para su aprobación. Las regiones podrán proponer, ante el Presidente del partido, una lista de nombres, para que sean incorporados a la directiva de dicha escuela.”

Texto propuesto, Art. 27.

“El funcionamiento, atribuciones, reuniones y quórum de las distintas instancias territoriales de la organización del partido, serán establecidas por un reglamento elaborado por la Dirección Política Nacional.”

Texto que proponemos:

“El funcionamiento, atribuciones, reuniones y quórum de las distintas instancias territoriales de la organización del partido, serán establecidas por un reglamento elaborado por la Dirección Política Nacional, con la participación de, al menos, un (1) delegado de cada instancia territorial. ”

Art. 35 numeral 3. Texto propuesto:

“ 1. Defensa leal de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

El pueblo de Venezuela en ejercicio pleno de su soberanía aprobó e hizo suya, en 1999, un nuevo texto constitucional que consagra el Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia; así como nuestra condición Patria irrevocablemente libre, independiente y soberana. Los y las socialistas venezolanos juramos defender leal e intransigentemente la vigencia de la Constitución que el pueblo se dio democráticamente.”

Texto que proponemos:

“ 1. Defensa leal de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

El pueblo de Venezuela en ejercicio pleno de su soberanía aprobó e hizo suya, en 1999, un nuevo texto constitucional que consagra el Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia; así como nuestra condición Patria irrevocablemente libre, independiente y soberana. Los y las socialistas venezolanos juramos defender leal e intransigentemente la vigencia de la Constitución que el pueblo se dio democráticamente, y proponer las enmiendas y reformas que fueren necesarias con el fin de facilitar la construcción del socialismo.”

andrea.coa@gmail.com



ESTATUTOS DEL PARTIDO SOCIALISTA UNIDO DE

VENEZUELA (PSUV)

Nosotros, los delegados al Primer congreso extraordinario del PSUV, todos militantes y bajo la dirección del Presidente Comandante Hugo Rafael Chávez Frías, una vez estudiados los antecedentes del Partido y vista la dinámica política de estos últimos años, en las que surgieron formas organizativas, fundamentos políticos y elementos de acción, acordamos la aprobación definitiva de los Estatutos en los términos que siguen a continuación:

TITULO PRIMERO

DISPOSICIONES FUNDAMENTALES

Artículo 1: Nombre

Se adopta el nombre de PARTIDO SOCIALISTA UNIDO DE VENEZUELA (PSUV). El partido nace como una expresión de la voluntad revolucionaria del pueblo y su Dirección política; será la herramienta política para unir la acción revolucionaria y socialista y llevar a cabo las tareas estratégicas para lograr la felicidad social.

La unidad que propugna lo es en lo ético, en lo político y en la actuación permanente que caracteriza la acción revolucionaria, antiimperialista y socialista.

El partido socialista unido de Venezuela (PSUV) se desarrolla en la estrategia perfecta que tiene al partido y al gobierno como brazos ejecutores del cuerpo revolucionario que es el pueblo. En su acción política de gobierno se fundamenta en la Teoría del Buen Gobierno como base fundamental para la felicidad social.

Artículo 2: Propósito u objetivo

El propósito fundamental del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) es la construcción del Socialismo Bolivariano, mediante el reconocimiento y fortalecimiento del Poder Popular, a fin de alcanzar una patria con igualdad y jurídica y de género, justicia y paz. Como consecuencia de ello, el partido se propone organizar al conjunto del pueblo convirtiéndose en la herramienta política de la unidad de todos los sectores.

Como partido de masas y de cuadros tiene la responsabilidad de educarse y educar en la historia y en las experiencias humanas, para afrontar con criterio propio la tarea de creación e invención permanente del socialismo, que mediante el materialismo dialectico irá dinamizando de manera estratégica sus objetivos y funciones.

En su esencia antiimperialista tiene vocación internacionalista y por tanto de unidad y alianza con los pueblos explotados del mundo y sus movimientos populares y progresistas, a fin de acabar con el capitalismo y conformar un mundo multipolar y amplio.

Artículo 3: Valores

El partido se constituye como partido socialista, afirmando a la sociedad socialista como la única salida para lograr un país y una humanidad solidaria, complementaria, justa y equitativa, en consecuencia, asume como fuente creadora las figuras y el pensamiento de Simón Bolívar y su doctrina antiimperialista e igualitaria; a Simón Rodríguez por sus principios de invención y creación permanente fundadas en la educación popular y el trabajo como elemento dignificador del hombre; a Ezequiel Zamora en su concepción de la propiedad social, la propiedad de las comunas, la propiedad colectiva, sin menoscabo de la propiedad pública y privada; todo ello inspirado en el liderazgo fundamental e ideas revolucionarias del comandante Hugo Chávez.

Como partido pluriétnico y en pluridiversidad, tiene en Guaicaipuro, José Leonardo y Simón Bolívar los iconos de una mezcla de razas que produce el hombre nuevo y la mujer nueva en un crisol de esperanza y de sueños que hacen de nuestro socialismo un socialismo mestizo, cargado de africanidad, de los elementos propios de nuestros pueblos indígenas, con la visión internacional que han tenido como exponente entre otros a Francisco de Miranda.

Artículo 4: Principios

En su vocación internacionalista, antiimperialista y revolucionaria se plantea la posibilidad de fortalecer las relaciones Sur-Sur con los pueblos de América Latina y el Caribe, África y Asia, con el objeto de lograr una transformación cualitativa de la realidad, cambiar las relaciones de producción y el dominio de los factores de producción y por tanto asume la necesidad de forjar instrumentos en los que converjan las distintas formas del pensamiento revolucionario universal, afirmando que ha de ser internacional el pensamiento revolucionario y la acción causal y consecuencial. Por lo que se abre la creación de bloques antiimperialistas universales a gran escala con la participación primaria de los movimientos sociales, los pueblos y gobiernos progresistas.

Artículo 5: Método de la democracia socialista

El partido se constituye en un partido de y para la democracia que tiene como eje el Poder Popular. Se trata por tanto de la democracia socialista, con los métodos del socialismo. En consecuencia, en la determinación y selección utilizará los métodos de cooptación, elecciones de primero, segundo y tercer grado de acuerdo al caso, selección directa, todo de acuerdo al carácter estratégico del hecho y a la direccionalidad política que determine la dirección política nacional, con la consulta y aprobación del presidente del partido.

Artículo 6: Unidad y responsabilidad

Teniendo como eje fundamental el Poder Popular y como objetivo la sociedad socialista, el partido tiene como meta acrecer, afianzar y articular con el máximo de eficiencia y eficacia la unión del conjunto del pueblo. Esa unidad se expresa en lo social y lo político en la lucha de clases, por lo que el partido es obrerista y campesino, incluyendo a los deferentes sectores dentro de la clase revolucionaria, que permita llevar a buen destino las tareas de la revolución bolivariana y permita articular al conjunto de la clase revolucionaria con la Fuerza Armada Nacional Bolivariana en un gran movimiento social cívico-militar, que haga posible por un lado generar la felicidad social y por el otro afrontar la defensa de la soberanía en cualquiera de los escenarios que determine la Dirección Política Nacional, con la consulta y aprobación del presidente del partido.

La unidad es igualmente ética, por lo que es contraria a la esencia del partido toda conducta divisionista, fraccionalista o sectaria; así como las relacionadas con actos de corrupción o burocratismo.

TITULO SEGUNDO

DE LA MILITANCIA



Artículo 7: Características del militante

Todo militante del PSUV es socialista, bolivariano antiimperialista y por tanto, es militante de los sueños y de las esperanzas de las grandes mayorías que luchan por una sociedad justa y debe reunir, en su conjunto, los siguientes elementos:

1. La ética socialista, entendida como la actuación del militante en base a los principios y valores de la revolución.
2. La formación socialista, en lo ideológico, en lo instrumental y en los mecanismos de defensa a la patria y a la revolución.
3. Disciplina socialista, que será crítica y autocritica; irreverente en el debate pero leal en la acción revolucionaria.
4. Valor socialista, que se fundamenta en la consciencia, la fe y la convicción revolucionaria, con base en la autoridad del presidente del partido, que le permite a todo militante asumir las decisiones y actuar según la máxima: “hasta el último aliento de nuestras vidas”
5. Amor socialista, que nos permita entender los derechos y las luchas intergeneracionales y hacer de la revolución una manera extraordinaria de vivir.

Artículo 8: Es militante del PSUV

Toda persona mayor de quince (15) años que voluntariamente se inscriba en el PSUV y sea admitido por la instancia correspondiente, que acepte y cumpla los estatutos del partido, el plan Nacional Simón Bolívar, el documento sobre los siete ejes estratégicos del estado, la declaración de principios y el programa del partido.

Artículo 9: Derechos del militante

Todo militante tiene derecho a:

1. Participar en las patrullas socialistas con pleno derecho a voz y voto.
2. Postular y ser postulado para los distintos órganos de dirección del partido y para los cargos de elección popular. En el entendido que los sistemas de selección se ajustarán a los parámetros establecidos en el artículo 5 de estos estatutos, a la leyes y a la constitución de la república.
3. Plantear ideas, proyectos y programas a las distintas instancias de dirección del partido, respetando lo que al efecto se establece en estos estatutos.
4. Formular sólo dentro de las instancias del partido, sin utilización de los medios de comunicación, las denuncias que considere pertinente, con su debida fundamentación.
5. Activar y participar con las comunidades en el fortalecimiento del Poder Popular y en los movimientos o frentes sociales.
6. Cualquier otro inherente a su condición de militante y que sea avalado por la Dirección Política Nacional, previa consulta al Presidente del partido.

Artículo 10: Deberes del militante

Todo militante está obligado a cumplir con los siguientes deberes:

1. Defender la patria y la revolución, en consecuencia hacer todo lo necesario para preservar la estabilidad de la República y el desarrollo de la revolución socialista bolivariana.
2. Cumplir con los elementos de ética, formación, disciplina, valor y amor revolucionario.
3. Colaborar efectivamente en el fortalecimiento de la estrategia perfecta y en el ejercicio del buen gobierno revolucionario.
4. Cotizar para el financiamiento del partido de acuerdo a las reglas de progresividad y proporcionalidad.
5. Acatar y cumplir los lineamientos, órdenes e instrucciones, emanadas de las distintas instancias de dirección del partido.
6. Estar a la disposición de la dirección política nacional y del presidente del partido para cualquier actividad en la que sea requerido.

Artículo 11: De los simpatizantes

Son aquellas que sin estar inscritos en el PSUV acepten el liderazgo del Comandante Chávez, los Estatutos del partido, el plan nacional Simón Bolívar, el documento sobre los siete ejes estratégicos del estado, la declaración de principios y el programa del partido, que colaboren con las tareas del partido y contribuyan para su financiamiento.

TITULO TERCERO

DE LA ORGANIZACIÓN DEL PARTIDO

Artículo 12: De la Organización del partido

La estructura organizativa del Partido Socialista Unido de Venezuela no se puede considerar como una instancia burocrática cerrada e inflexible, la misma responde a los altos intereses de la revolución, a las estrategias de fortalecimiento del Poder Popular y a la direccionalidad del presidente del partido, en atención a la estrategia perfecta y al ejercicio del Buen Gobierno. Por lo que las instancias organizativas previstas en este estatuto pueden ser objeto de modificaciones por parte de la Dirección Política Nacional con la consulta y aprobación del Presidente del Partido.

Artículo 13: Distribución territorial de los órganos del partido

El partido se organiza territorialmente en patrullas socialistas, equipos políticos comunales socialistas, equipos políticos municipales socialistas, equipos políticos estadales socialistas, regiones socialistas y la Dirección Política Nacional Socialista.

Artículo 14: Organización funcional

El partido se organizara funcionalmente en los siguientes órganos: El congreso Socialista, la Presidencia del Partido, la Primera Vicepresidencia, la Vicepresidencia regionales y/o sectoriales, la Dirección Política Nacional, las Coordinaciones de Comisiones, los equipos políticos comunales, municipales, estadales y regionales, así como cualquier otra que determine la Dirección Política Nacional.

Artículo 15: De los frentes sociales

El PSUV debe impulsar como instancia de organización sectorial los frentes sociales o movimientos sociales, como expresión del Poder Popular.

Artículo 16: De la juventud del partido

La juventud del PSUV (JPSUV) constituye el ámbito de actuación inicial de los jóvenes dentro de la actividad militante y bajo los lineamientos del partido.

Para pertenecer a la juventud del partido se requiere tener una edad comprendida entre los quince (15) y los treinta (30) años.

La juventud del partido se regirá por los mismos principios, deberes y derechos establecidos en estos estatutos.

Artículo 17: De las patrullas socialistas

Las patrullas socialistas son el componente celular básico y primario del partido, están vinculadas a las formas de organización del Poder Popular y constituyen la base fundamental de la red de articulación social del PSUV.

Artículo 18: De la tipología de las patrullas socialistas

Las patrullas socialistas pueden ser:

1. Territoriales, es el ámbito de la discusión primaria del partido en las comunidades, cada militante del partido deberá estar integrado a una de ellas.
2. Sectoriales, de acuerdo a las actividades desarrolladas por la militancia en áreas especificas.
3. Cualquier otra que establezca la Dirección Política Nacional.

Párrafo Único: Los militantes pueden pertenecer simultáneamente a una patrulla territorial y una sectorial, en este caso, el procedimiento para la determinación de preferencias o alterabilidades en el ejercicio del voto en procesos de elección interna se establecerá por las normas que al efecto dicte la Dirección Política Nacional.

Artículo 19: Del equipo político comunal

Los equipos políticos comunales se establecen en las comunas, que como espacio territoriales de actuación humana constituyen la esencia de su identidad.

La Dirección Política Nacional previa consulta y aprobación del Presidente del Partido, podrá crear la instancia de organización comunal en aquellas áreas y/o asentamientos humanos que lo requieran.

Artículo 20: Del equipo político municipal

En los distintos municipios que conforman la República se establecerán equipos políticos municipales que reflejaran la organización territorial y funcional del partido; sus miembros seleccionados de acuerdo a los métodos establecidos en el artículo cuarto de estos estatutos.

Párrafo Primero: los equipos políticos municipales estarán integrados por un número de miembros que será proporcional a la población del municipio, oscilará entre siete (7) y quince (15) militantes de acuerdo a lo que establezca la Dirección Política Nacional; que sean de reconocido compromiso y actuación revolucionaria, que no haya sido objeto de sanción disciplinaria, y que demuestren su militancia en la revolución.

Párrafo Segundo: en aquellos casos en que el Alcalde o Alcaldesa del municipio sea un militante del partido, se incorporará como miembro adicional al equipo político municipal.

Artículo 21: Del equipo político estadal

El equipo político estadal es la instancia organizativa territorial del partido a nivel de los estados y Distrito Capital, recibirá las políticas nacionales para coordinación e instrumentación con los equipos políticos municipales y comunales de esa entidad federal.

Párrafo Primero: los equipos políticos estadales en su visión organica territorial estarán integrados por un número de miembros que será proporcional a la población del estado, oscilará entre siete (7) y quince (15) militantes de acuerdo a lo que establezca la Dirección Política Nacional, que sean de reconocido compromiso y actuación revolucionaria, que no hayan sido objeto de sanción disciplinaria y que demuestren su militancia en la revolución.

Párrafo segundo: en aquellos casos en que el Gobernador o Gobernadora del Estado sea un militante del partido se incorporará como miembro adicional al equipo político estadal.

Artículo 22: La organización regional

Atendiendo a la nueva geometría del poder y sin que se tenga como obstáculo los límites de los Estados o Municipios, el presidente del Partido podrá establecer una estructura regional que tenga como autoridad un Vicepresidente regional o sectorial, de su libre nombramiento y remoción.

Artículo 23: Del funcionamiento

El vicepresidente regional o sectorial está en el deber de articular a las distintas instancias estadales y municipales de la región que le corresponda, debiendo establecer políticas de actuación coordinadas que permitan una mayor eficiencia y eficacia en la actividad del partido.

Párrafo Primero: el Vicepresidente regional del partido, después del presidente del partido, de la primera o primer vicepresidente y de la Dirección Política Nacional, ejerce la máxima autoridad del partido en los Estados y en las regiones que la compongan.

Párrafo Segundo: es deber del Vicepresidente regional convocar a los equipos políticos estadales e informar permanentemente sobre las líneas estratégicas del partido, velar por que se cumplan y presenten los informes correspondientes a la Dirección Política Nacional y al Presidente del Partido.

Párrafo tercero: el vicepresidente regional puede convocar conjuntamente a los equipos políticos estadales que conforman la Región, que tendrá la naturaleza de equipos políticos regional.

Artículo 24: De la Dirección Política Nacional

La dirección política nacional estará presidida por el Presidente del Partido y constituye el órgano máximo de dirección, sus decisiones son de obligatorio cumplimiento para toda la militancia.

La Dirección Política Nacional será coordinada por una o un primer vicepresidente, designado o designada por el Presidente del partido; estará integrado por un número de miembros que oscilará entre (15) y treinta (30) militantes, seleccionados de acuerdo a los métodos que establece el articulo cuarto de estos estatutos y quienes durarán tres (3) años en el ejercicio de sus funciones, debiendo rendir cuentas al Congreso y al Presidente del Partido.

Artículo 25: responsabilidad

La Dirección Política Nacional es la encargada de establecer las políticas que lleguen a la estrategia perfecta y al buen gobierno, siendo de su responsabilidad que los lineamientos, políticas y directrices lleguen a cada uno de los militantes del partido.

Artículo 26: De la organización de la Dirección Política Nacional

La Dirección Política Nacional tendrá un Presidente quien a su vez nombrará a una o un Primer Vicepresidente, uno o varios Vicepresidentes políticos y a los Vicepresidentes regionales.

Párrafo Primero: los vicepresidentes podrán ser designados fuera del seno de la Dirección Política Nacional y pasarán a formar parte de esa instancia mientras ejerzan dicha función.

Párrafo Segundo: de los miembros de la Dirección Política Nacional, se conformará el buró político nacional.

Párrafo tercero: el Presidente del partido designará la directiva de la Escuela de Cuadros, quienes presentarán el esquema organizativo y estrategia política a la Dirección Política Nacional y al Presidente para su aprobación.

Artículo 27: Reglamento de Funcionamiento

El funcionamiento, atribuciones, reuniones y quórum de las distintas instancias territoriales de la organización del partido, serán establecidas por un reglamento de la Dirección Política Nacional.

Artículo 28: El congreso socialista

El congreso socialista es el máximo órgano funcional del partido elegido cada cuatro (4) años. Se reúne ordinariamente cada dos años (2) por convocatoria de la Dirección Política Nacional y extraordinariamente a solicitud del Presidente del partido. Sus decisiones son obligatorias para todos los militantes y su integración se establecerá en el reglamento que al efecto dicte la Dirección Política Nacional, previa consulta y aprobación del presidente del partido.

Artículo 29: integrantes del congreso socialista

La integración del congreso socialista debe reflejar a los Estados, Municipios, Comunas, a las patrullas y movimientos sociales.

Párrafo Primero: el Presidente del partido, la primera o primer vicepresidente, la Dirección Política Nacional, los Vicepresidente Regionales, así como invitados por parte del Presidente del partido, podrán participar en el congreso socialista.

Párrafo segundo: la determinación del número total de Miembros del congreso socialista y la selección, se establecerá por reglamento de acuerdo a la metodología establecida en el artículo cuarto de estos estatutos.

Artículo 30: Del presidente del Partido

El presidente del PSUV constituye la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del partido, es designado por el congreso socialista y tiene las funciones máximas de dirección y control, así como el derecho a veto de cualquier decisión que se tome en cualquier instancia del partido.

Artículo 31: De las coordinaciones sectoriales

Las coordinaciones sectoriales se establecerán en todos los niveles territoriales del partido y sus números y funciones serán reguladas por la Dirección Política Nacional previa consulta y aprobación del Presidente del partido.

TITULO IV

DEL FINANCIAMIENTO DEL PARTIDO

Artículo 32: Formas de financiamiento

El Partido Socialista Unido de Venezuela podrá utilizar las formas de financiamiento permitidas por el derecho, con las limitaciones especificas que se derivan del artículo 67 de la Constitución, la Ley de Partidos Políticos y la Ley Orgánica de Procesos Electorales.

Artículo 33: Cotizaciones

Cada militante está en el deber de cotizar mensualmente al partido un monto cuyos límites máximos y mínimos los determinará la Dirección Política Nacional, se articulará a través de la Comisión de Finanzas Nacional del Partido con la comisión correspondiente de los equipos políticos regionales, estadales, municipales, comunales y con las patrullas socialistas.

Artículo 34: Principios para determinar la cotización

Para la determinación del monto a cotizar se seguirán los principios de progresividad, proporcionalidad, equidad y complementación.

TITULO V

DE LA ÉTICA Y COMPORTAMIENTO DE LOS

MILITANTES DEL PSUV

Artículo 34: Principios

La revolución pasa por un cambio cultural. El cambio cultural debe constituirse todos los días en el seno del partido, en lo colectivo y en lo individual, en nuestros hábitos, en nuestros valores, en la forma de accionar para relacionarnos con el pueblo y el poder que el emana.

El comportamiento moral y ético, desde una perspectiva socialista, suponen una ruptura con la forma de hacer política y los valores inherentes a la sociedad capitalista.

El PSUV debe fomentar procesos de formación de conciencia política y de praxis revolucionarias que permitan un militante con una nueva ética y moral, que nos aproxime al ideal del nuevo hombre, la nueva mujer plena en sabiduría, bondad, solidaridad, igualdad y dignidad.

Artículo 35: Reglas éticas

Todo militante debe reunir las características establecidas en el artículo siete (7) y los deberes señalados en el artículo diez (10), con el objeto de fortalecer el carácter socialista, solidario y humanista; así mismo tendrá que respetar y cumplir las normas de comportamiento que aquí se establecen y que ratifican su compromiso militante:

1. Siempre al lado del oprimido buscando justicia.

La sociedad capitalista produce las más aberrantes desigualdades sociales que someten a sufrimiento por carencias materiales a miles de seres humanos en el mundo a los que el orden jurídico, económico y social les margina a favor de los poderosos y oligarcas. Los y las socialistas de Venezuela siempre estaremos al lado del oprimido buscando justicia para que ejerzan el derecho a una vida digna.

2. Junto al pueblo transfiriendo poder para construir el poder popular.

Un elemento estratégico de la Revolución Bolivariana es darle el máximo de protagonismo al pueblo Venezolano, explicándose en el contexto de la construcción de una democracia protagónica, en la cual el poder constituido está subordinado a la organización popular. Los y las socialistas de Venezuela tenemos la obligación de estar junto al pueblo trabajando para que transfiriéndole poder se constituya lo estratégico de la revolución: El poder popular.

3. Defensa leal de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

El pueblo de Venezuela en ejercicio pleno de su soberanía aprobó e hizo suya, en 1999, un nuevo texto constitucional que consagra el Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia; así como nuestra condición Patria irrevocablemente libre, independiente y soberana. Los y las socialistas venezolanos juramos defender leal e intransigentemente la vigencia de la Constitución que el pueblo se dio democráticamente.

4. Defensa de la equidad de género.

La Revolución Bolivariana reconoce el rol histórico que ejercen las mujeres en el proceso revolucionario e impulsa políticas públicas con perspectiva de género. El hombre y la mujer nuevos rechazan cualquier tipo de discriminación hacia la mujer. Los y las socialistas venezolanos nos comprometemos con la igualdad entre hombres y mujeres.

5. En defensa de la Madre Tierra.

El modelo consumista capitalista ha derrochado los recursos naturales y ha maltrecho la Naturaleza de tal forma que pone en riesgo la vida en el Planeta. El Socialismo del siglo XXI tiene la obligación ética de construir un modelo respetuoso de la vida y de nuestra Madre Tierra que garantice la sobrevivencia de la Humanidad. Los y las socialistas venezolanos nos comprometemos a luchar en defensa de los derechos de la Madre Tierra y de la Humanidad en el marco de un desarrollo que establezca relaciones armónicas y sustentables entre los seres humanos y la Naturaleza.

6. Somos críticos sin dejar de ser autocríticos.

La construcción de la nueva sociedad socialista requiere de militantes que con la sabiduría del pueblo, de la experiencia, la formación científica y el compromiso de justicia e igualdad, puedan desarrollar un pensamiento crítico constructivo y comprometido para despejar las incógnitas en la transición hacia el socialismo, pero igualmente sostendrán el valor de la autocrítica para ser capaces de admitir los propios errores y aceptar la critica que sanamente contribuyen para la aplicación de las 3R, Revisión, Rectificación y Reimpulso, en lo individual y en lo colectivo.

7. Teoría práctica en la revolución.

El militante del PSUV debe esmerarse por elevar su nivel de conciencia en el estudio continuo y riguroso de la realidad socio-económica venezolana, de la vía venezolana al socialismo y de las experiencias políticas y sociales del movimiento revolucionario internacional. A ello debe corresponderle una práctica creadora con y junto al pueblo trabajador de la ciudad y el campo, compartir sus luchas, sus victorias y derrotas. No puede haber combate social del pueblo, por más pequeño que sea, en el que no participemos, es nuestra obligación ser coherente entre lo que decimos y lo que hacernos.

8. Asumir la ética de servir y no servirse del pueblo.

El militante del PSUV debe ser un servidor dispuesto a colocar los espacios de poder al servicio del pueblo para su liberación; actuar con honestidad en defensa de los recursos que le pertenecen al pueblo, solo estará orgulloso por representar intereses colectivos y no ambiciones personales o de grupos económicamente poderosos. Los y las socialistas venezolanos que por voluntad del pueblo bolivariano ejerzan cargos de representación popular o de administración del Estado asumirán la ética de servir y no servirse del pueblo y una permanente vigilancia y lucha contra la corrupción.

9. Militantes cargados de valores y sentimientos humanos.

Un militante revolucionario esta guiado por grandes sentimientos y valores humanos como la humildad, la sinceridad, la generosidad, la solidaridad, el compañerismo, la honestidad, la transparencia, la verdad, el sacrificio, el desprendimiento, la justicia, la igualdad. Ello hace posible una militancia partidista y revolucionaria cualitativamente superior, leal a la causa del pueblo y al líder conductor del proyecto socialista, Comandante Hugo Chávez.

10. Confrontados con la corrupción y los corruptos.

La vanguardia revolucionaria tiene que dar el ejemplo de una vida austera, sencilla, modesta; le esta negada cualquier vinculo con negocios, empresas, contratistas, testaferros, o cualquier actividad que busque sacar ventaja de la posición de poder. La búsqueda de riqueza material individual es contraria a la sociedad de igualdad que postulamos y por la cual luchamos: El socialismo. La vanguardia socialista lo es, entre otras cosas, porque se confronta abiertamente con la corrupción, los corruptos, el chantaje y la impunidad que les sirve.

11. Somos antiimperialistas y practicamos el internacionalismo.

Las luchas de los pueblos del mundo por la justicia, por la preservación del ambiente, contra el hambre y la segregación racial, religiosa o de género son también nuestras luchas. El combate de los trabajadores del mundo contra la explotación capitalista, el desempleo y su derecho a una vida plena es igualmente nuestro combate. Denunciar la injerencia de las potencias imperiales en la vida soberanas de los pueblos y solidarizarnos con aquellos es una obligación militante. Defender y luchar por nuestra soberanía es nuestra obligación. Estar dispuestos a dar nuestro trabajo solidario en cualquier parte del planeta que lo requiere es una cualidad del militante socialista. Los y las militantes socialistas somos antiimperialistas y practicamos el internacionalismo.

12. Militantes de la unidad.

Los militantes del PSUV valoramos con sentido estratégico la unidad entre los revolucionarios. Nos esta negado realizar al interior del partido una praxis que favorezca la división, mucho menos si esta sustentada en la calumnia, la manipulación, la mentira, el grupalismo, la maledicencia, el fraccionalismo, el individualismo y la traición a los intereses del pueblo. Cada militante socialista guardará el debido respeto y consideración a sus compañeros de patrulla, a los y las compañeras que ocupen los cargos de dirección partidista considerándolos camaradas, hermanos, soldados de la misma trinchera de combate por el socialismo; cualquier critica que se formule será constructiva, fundada en argumentaciones o razonamientos científicos. En el PSUV se cultiva la tolerancia como un valor esencial dentro del pensamiento socialista y por lo tanto su ejercicio le da sentido a la conducta interna de los miembros del partido y a la actitud de éste frente al entorno externo. Reconocemos como validos para la solución de las diferencias, al dialogo y el debate, rechazando enérgicamente la descalificación, personal o grupal. Los y las socialistas venezolanos estamos obligados a tener una militancia cualitativamente superior, comprometida lealmente con la unidad orgánica entre los revolucionarios y las revolucionarias.

Artículo 36: De la conducta

Además de las previsiones anteriores, todo militante del partido se compromete a:

1. Abstenerse de dar declaraciones públicas en contra de dirigentes del partido que puedan servir para debilitar el proceso y sus instituciones, sin antes hacerlo en las instancias internas con las debidas pruebas.
2. Aceptar y acatar los lineamientos e instrucciones de las instancias de dirección.
3. No ser candidato por organizaciones o partidos distintos al Partido Socialista Unido de Venezuela.
4. No contribuir en forma alguna con candidaturas distintas a las del Partido Socialista Unido de Venezuela.
5. En caso de ser funcionario, tener una conducta pública y privada acorde con el cargo que desempeña.
6. Atender a las distintas organizaciones del Poder Popular y a las individualidades que acuden a él, con respeto, eficiencia y eficacia.
7. Articular con las comunas y los consejos comunales para fortalecer al Poder Popular, como eje estratégico del Socialismo Bolivariano.
8. Acompañar al Presidente del Partido, a las direcciones y equipos políticos, a los Gobernadores, Alcaldes, Diputados y concejales del PSUV, en la ejecución e implementación de las medidas necesarias para lograr la sociedad socialista.
9. Asistir a los diferentes actos que convoca el partido.
10. Defender en cualquier escenario, con convicción, argumentos y dignidad al Presidente del partido y líder del proceso, a la Revolución y al partido.

Artículo 37: De las sanciones

El militante que infrinja cualquiera de los postulados establecidos en el presente estatuto y de acuerdo a la gravedad de la falta, se le podrá imponer sanciones de amonestaciones, suspensión y expulsión.

Párrafo Primero: La sanción de amonestación se aplicará cuando incumpla deberes formales a que está obligado de acuerdo a este estatuto.

Párrafo Segundo: La sanción de suspensión se aplicará cuando hubiese dejado un deber de militante y esto tenga una connotación que perjudique a cualquiera de los dirigentes del PSUV, o cuando su actuación no contribuya a fortalecer el Poder Popular y el Socialismo Bolivariano, o se le haya amonestado tres (3) veces en un lapso de un (1) año.

Párrafo Tercero: La sanción de expulsión se aplicará cuando el o la militante incurra en falta grave, se presente como candidato de una organización distinta al partido cuestione públicamente las políticas del gobierno revolucionario o los lineamientos de la Dirección Política Nacional, cuando su actuación cuestione o ponga en peligro un espacio ganado por la revolución, o se le haya suspendido en dos oportunidades.

Artículo 38: Del tribunal disciplinario

El tribunal disciplinario es un órgano del partido, compuesto por cinco (5) militantes de reconocida solvencia ética, moral y política, que serán seleccionadas de acuerdo a la metodología señalada en el artículo 5. Seguirá un procedimiento breve, que garantice el derecho a la defensa y al debido proceso.

Artículo 39: Procedimiento

El procedimiento disciplinario se inicia de oficio o a solicitud de un militante; en la iniciación se debe aportar pruebas preliminares que permitan la admisión de la solicitud.

Una vez admitida la solicitud se le notificará al militante objeto del procedimiento para que en el lapso de tres (3) días exponga sus razones, alegatos y pruebas. Vencidos este lapso se abrirá de pleno derecho uno de cinco (5) días para promover y evacuar las pruebas que considere pertinentes.

Al segundo día siguiente se debe producir la decisión.

TITULO VI

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 40: De los símbolos del partido

El partido adoptará una bandera, un himno y frases alusivas a la revolución y gobierno socialista.

El partido podrá utilizar en cada evento electoral las frases y colores que juzgue estratégicamente convenientes.

Artículo 41: Lo no previsto

Cualquier situación o disposición no prevista en estos estatutos, así como la interpretación sobre alguna norma, será decidida por la Dirección Política Nacional.




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Andrea Coa


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