Si mañana nos despertáramos con la noticia de que Estados Unidos o Israel han iniciado sus ataques -¿preventivos o punitivos?- contra instalaciones nucleares para fines pacíficos en Irán, por desafiar los acuerdos de la comunidad internacional u otros subterfugios de una diplomacia cavernícola, además del culpable o los culpables, pues algunos jefes de gobiernos aliados pudieran ser informados antes, tendríamos que añadir al Consejo de Seguridad de la ONU, por haber servido en bandeja de plata, con su última resolución sobre sanciones contra Irán, el pretexto o justificación baladí para dar luz verde al “ zarpazo en acecho”, como lo ha calificado Fidel, de los agresores que ya están acostumbrados a actuar sin el respaldo legítimo de la ONU. Como algo honorable, votaron en contra de la resolución de sanciones, Brasil y Turquía y se abstuvo Líbano.
Luego tratarán de convertir a la ONU en cómplice de sus fechorías, como otras veces, para garantizar la posible reconstrucción o la paz interna en el país agredido o invadido. ¿Acaso hace falta nombrar casos concretos conocidos del pasado reciente?
Es materia conocida que la Organización de las Naciones Unidas está constituida por 192 países. Existen unos pocos Estados, como el Vaticano, que tienen el carácter de observadores. Pudiera crecer en membrecía, a mayor o menor plazo, según sea la renuencia de los colonizadores y sus aliados, luego de la incorporación de algunos estados bajo status colonial, si la ONU tuviera toda la fuerza, efectividad o el respeto que merece, como representación mundial de la unidad, la independencia, la soberanía, la autodeterminación, el desarrollo y la paz de las naciones en el mundo, y, además, si las potencias coloniales, grandes y pequeñas, accedieran a reconocer la independencia de territorios bajo un injusto estado colonial, y, dando cumplimientos a los objetivos de la descolonización de la ONU, se adoptaran las medidas para el ejercicio pleno de la soberanía y la autodeterminación de esos pueblos, y como colofón de este proceso, su ingreso e integración plena a la organización.
A este respecto, son conocidos casos históricos, como los de Palestina, Puerto Rico, la República Democrática Sarahuí, y otros casos, con menos repercusión internacional, pero que son un producto bastardo de la colonización aún mantenida arcaicamente, con el consecuente despojo territorial y de la violación de principios fundamentales reconocidos por el derecho internacional a los pueblos bajo esa condición de tutelaje.
La ONU es la organización de mayor jerarquía en la arena internacional. Podría definirse como una asociación de gobierno global que tiene la misión de facilitar la cooperación en asuntos diversos, como son el derecho internacional, la paz, la seguridad, el desarrollo económico y social, los derechos humanos y humanitarios.
Pueden ser o son Miembros de las Naciones Unidas todos los Estados amantes de la paz que acepten las obligaciones consignadas en su Carta, y que, a juicio de la Organización, estén capacitados para cumplir dichas obligaciones y se hallen dispuestos a hacerlo. La admisión de tales Estados como Miembros de las Naciones Unidas se efectúa por decisión de la Asamblea General a recomendación del Consejo de Seguridad.
Sin embargo, es cierto que están en su seno algunos Estados como Estados Unidos e Israel, para citar uno grande y uno pequeño, pero ambos poderosos, que no respetan ni la Carta ni las decisiones abrumadoramente mayoritarias de la Asamblea General de la ONU y que han demostrado fehacientemente en los hechos que no son amantes de la paz internacional.
La ONU fue fundada el 24 de octubre de 1945 en San Francisco California, por 51 países, y es un producto de la Segunda Guerra Mundial, con la firma de la Carta de las Naciones Unidas. Su sede radica en Nueva York y la sede europea está situada en Ginebra, Suiza. Está estructurada en diversos organismos, como son: Asamblea General, Consejo de Seguridad, Consejo Económico y Social, Secretaría General y otros. La idea de la ONU fue elaborada en la declaración emitida en la Conferencia de Teherán celebrada por los aliados en 1943.
El primer período de sesiones de la Asamblea General se celebró el 10 de enero de 1946. El 17 de enero se fundó el Consejo de Seguridad, contemplado en la Carta de la ONU. Uno de los principales documentos de la ONU, y logro fundamental, fue la aprobación de la Declaración Universal de los Derechos Humanos en 1948.
Atendiendo a la misión de la ONU, los Estados Miembros se obligan a solucionar sus conflictos por medios pacíficos, a fin de no poner en peligro la paz y la seguridad internacionales. Esto significa que deben abstenerse de la amenaza o del uso de la fuerza contra otro Estado y que pueden someter cualquier controversia al órgano de las Naciones Unidas encargado de mantener la paz y seguridad entre las naciones. Este órgano es el Consejo de Seguridad. Este puede tomar decisiones (conocidas como "resoluciones") y obligar a los miembros a acatarlas.
A partir de 1965, el número de miembros no permanentes del Consejo se elevó a diez, repartidos como sigue: cinco puestos para África y Asia, dos puestos para América Latina, dos puestos para los Estados de Europa Occidental y otros Estados y un puesto para los Estados de Europa Oriental, que junto con los cinco miembros permanentes, integran la nómina de quince miembros.
Se puede afirmar que desde la modificación de la Carta, en 1963, e implementada en 1965, con el incremento del número de miembros del Consejo de Seguridad de 11 a 15, el grupo de miembros no permanentes va a conseguir alcanzar la mayoría suficiente para adoptar decisiones sin contar con la ayuda de los miembros permanentes, si se abstuvieran. Claro está, siempre y cuando no haga su aparición el derecho de veto, pues con un solo voto en contra de uno de los miembros permanentes queda no aprobada o rechazada cualquier resolución en este órgano, aunque sea para salvar al mundo de la destrucción nuclear.
Hasta julio de 2006, China ha usado este derecho al veto 5 veces, Francia 18, Gran Bretaña 32, Estados Unidos 81 y URSS-Rusia, en 124 oportunidades. Los vetos reiterados de la URSS en las primeras décadas se justifican por la presencia minoritaria de países socialistas en la ONU, la ofensiva de la guerra fría contra esos países y los intentos de las grandes potencias coloniales de oposición al proceso de descolonización y, lógicamente, a otros intereses de la política de bloques existente en aquellos momentos históricos.
Del listado de los vetos anteriormente reseñado cabe mencionar un hecho: desde comienzos de la década de 1990 se pensaba que el recurso o la posibilidad de ejercer el veto había pasado a mejor vida; se creía, de forma un tanto ilusoria, que el fin de la bipolaridad y la caída del campo socialista, podría llevar consigo un incremento de la labor del Consejo de Seguridad mediante el consenso, sin necesidad de acudir a la votación en múltiples temas cruciales. La realidad demuestra que, a pesar de que su uso ha decaído, no ha desaparecido como tal.
Un hecho que llama mucho la atención, es la posición de los Estados Unidos ante acontecimientos mundiales desde 1984 hasta el presente. De los 61 vetos existentes en ese período, 42 fueron de Estados Unidos, o sea, casi el 69 % de los vetos, con casos reiterados sobre estos países: Israel y Sudáfrica.
Es un hecho comprobable que tanto el consenso, como la amenaza del uso del veto, o la realización de actuaciones armadas pasando por alto la adopción de una resolución, han sido fórmulas profusamente utilizadas durante la década de 1990 y estos años del siglo XXI que nos ha tocado vivir. En relación con esto, fue evidente que frente a la eventualidad de un veto ruso en 1999, eso conllevó a que la OTAN llevase a cabo una intervención armada sobre Kosovo, violando la soberanía de Serbia, y, años más tarde, se utilizó la teoría de las “resoluciones concatenadas” para llevar a cabo la guerra contra Iraq, marginando completamente al Consejo de Seguridad de Naciones Unidas. Ambas situaciones permanecen aún como heridas sangrantes para la paz a nivel nacional e internacional, y así duermen en el “sueño de los injustos”.
Como dato de interés, cabe señalar que la presidencia del Consejo de Seguridad se rota mensualmente entre los países miembros de manera alfabética de acuerdo a su nombre en inglés.
El Consejo de Seguridad tiene las funciones y poderes siguientes:
Mantener la paz y la seguridad internacionales de conformidad con los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Investigar toda controversia o situación que pueda crear fricción internacional.
Recomendar los métodos de ajuste de tales controversias, o condiciones de arreglo.
Elaborar planes para el establecimiento de un sistema que reglamente los armamentos.
Determinar si existe una amenaza a la paz o un acto de agresión y recomendar qué medidas se deben adoptar.
Instar a los Miembros a que apliquen sanciones económicas y otras medidas que no entrañen el uso de la fuerza, con el fin de impedir o detener la agresión.
Emprender acción militar contra un agresor.
Es importante subrayar a los lectores que, en los artículos relacionados con controversias entre los países o un grupo de países, el Consejo de Seguridad deberá tomar en consideración todo procedimiento que las partes hayan adoptado para el arreglo de la controversia. Recientemente, al aprobar la resolución sobre sanciones a Irán, el Consejo, ciego de prepotencia y azuzado por los Estados unidos, no quiso tomar en cuenta el acuerdo aprobado por Brasil, Turquía e Irán sobre el aspecto esencial de la utilización de la energía atómica para fines pacíficos. Esta medida de fuerza irracional contra Irán, tendrá un gran costo para implementar los diversos controles contemplados, significará mayores sacrificios e intentos de humillar al pueblo iraní por la defensa del derecho del uso pacífico de la energía atómica, provocará mayor tirantez y resentimientos en el mundo árabe. En fin, dejará un saldo de pérdidas netas en el orden material, político, ético y humanitario.
Es lamentable que países como China y Rusia que son considerados por Estados Unidos, a pesar de todas las zalamerías diplomáticas yanquis, como enemigos potenciales, y así lo demuestran muchos hechos objetivos, como los emplazamientos coheteriles y los tratamientos políticos a ambos en algunos asuntos concernientes a la naturaleza histórica y nacional de los mismos, hayan permitido que esta resolución contra Irán prosperase, a pesar de que el sentido común obligaba a rechazarlo.
Compruébese ahora la actuación contradictoria, de doble rasero, de la entronización de sanciones, amenazas y hasta agresiones contra países, a la luz de los propósitos de las Naciones Unidas que estipula su Carta.. Estos son los contemplados en el Artículo 1:
1. Mantener la paz y la seguridad internacionales, y con tal fin: tomar medidas colectivas eficaces para prevenir y eliminar amenazas a la paz, y para suprimir actos de agresión u otros quebrantamientos de la paz; y lograr por medios pacíficos, y de conformidad con los principios de la justicia y del derecho internacional, el ajuste o arreglo de controversias o situaciones internacionales susceptibles de conducir a quebrantamientos de la paz;
2. Fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en el respeto al principio de la igualdad de derechos y al de la libre determinación de los pueblos, y tomar otros medidas adecuadas para fortalecer la paz universal;
3. Realizar la cooperación internacional en la solución de problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario, y en el desarrollo y estímulo del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión; y
4. Servir de centro que armonice los esfuerzos de las naciones por alcanzar estos propósitos comunes.
Todos los aspectos históricos, de propósitos y funcionamiento de la ONU, y la actuación inconsecuente o inoperante en muchos asuntos que hemos señalado, como productos de las contradicciones internas de los grandes, especialmente de los miembros permanentes del Consejo de Seguridad, han provocado una tendencia y el desarrollo de acuerdos y pronunciamientos dirigidos a demandar una reforma radical de esta organización con más de 1.200 millones de dólares de presupuesto anual y cerca de 9.000 empleados. Los aspectos más candentes, en un proceso que lleva décadas, están relacionados con la integración y funcionamiento del Consejo de Seguridad o ¿de inseguridad?
Finalmente, queridos lectores, Uds. conocen que Irán está adscrito al Tratado de no proliferación de armas nucleares, y deben saber que la ONU cuenta con la Organización de Energía Atómica, con la cual ese país está dispuesto a cooperar, y que tiene diversas funciones en este campo, entre las cuales está la verificación de que su uso pacífico no conlleve a la fabricación de armas nucleares. ¿Por qué entonces, la ONU y su Consejo de Seguridad, no derivan plenamente este asunto en la OIEA (Organismo Internacional de Energía Atómica), cuyas funciones y metodologías son suficientemente explícitas y seguras para garantizar la no violación de los tratados internacionales sobre el uso pacífico de esta energía?
Por muchas razones se puede concluir que urgen las reformas que desde hace años se discuten en el seno de la ONU y en especial las relacionadas con el Consejo de Seguridad.
Urge especialmente porque en la actualidad el Consejo de Seguridad, además de sus funciones inherentes, es un factor de inseguridad, de dilación de soluciones vitales y de amenazas a la paz del mundo, a lo que se une el hecho ostensible de que se ha convertido en el instrumento de la política estratégica de las cinco potencias que hoy son sus miembros permanentes.
wilkie.delgado@sierra.scu.sld.cu