Código de ética del periodista

Como un regalo por el día del periodista, y debido a que algunos colegas parece que nunca tuvieron acceso a este código, o solo se leyeron 3 ó 4 artículos, emplearé el espacio de esta columna el día de hoy para recordar fragmentos del mismo.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

“El periodista concibe la libertad de información como un factor de la elevación espiritual, moral y material del hombre. En consecuencia, debe denunciar como fraudulento invocar este principio para justificar intereses mercantiles o sensacionalistas o para convalidar tergiversaciones del mensaje informativo.

No obstante, estamos conscientes de que una conducta profesional ajustada a los lineamientos éticos no es suficiente garantía de una información honesta y veraz. Se hace necesario establecer por esto responsabilidades de los propietarios de los medios de comunicación, quienes con frecuencia guían su conducta en busca de objetivos materiales antes que en la prestación de un servicio público”.

ARTÍCULOS:

4. El periodista tiene la verdad como norma irrenunciable, y como profesional está obligado a actuar de manera que este principio sea compartido y aceptado por todos. Ningún hecho deberá ser falseado y ningún hecho esencial deberá ser deliberadamente omitido.

5. El periodista sólo podrá informar de la vida privada, aquello que sea de importancia para los intereses de la colectividad; está obligado a darle el tratamiento ajustado a la dignidad, la discreción y la veracidad que se merece la vida privada de cualquier ciudadano venezolano.

6. El periodista se debe fundamentalmente al pueblo, el cual tiene derecho a recibir información veraz, oportuna e integral a través de los medios de comunicación social.

8. El periodista no deberá deformar, falsear, alterar, tergiversar o elaborar material informativo impreso o audiovisual, cuya divulgación o publicación resulte denigrante o humillante para la condición humana. Es condenable el uso de técnicas amarillistas como deformaciones del periodismo que afectan el derecho del pueblo a ser correctamente informado.

11. El periodista comete falta grave cuando comunica de mala fe acusaciones sin pruebas o ataques injustificados a la dignidad, honor o prestigio de personas, instituciones o agrupaciones.

20. El periodista rechazará donaciones o contribuciones de origen público o privado, dirigidas a interferir o influenciar su labor informativa. La búsqueda de ventajas personales, en perjuicio del interés colectivo, es incompatible con el ejercicio del periodismo.

27. El periodista está obligado a fortalecer el espíritu de fraternidad, consideración y respeto mutuo que enaltece la profesión. No deberá promover el descrédito, ni atribuir intereses o propósitos que perjudiquen moral o materialmente a otros colegas.

33. El periodista rechazará de quienes ejerzan cargos o funciones de directivos empresariales, presiones que le induzcan a transgredir el Código de Etica ni cualesquiera otras disposiciones que emanen de los órganos del Colegio Nacional de Periodistas o de las leyes de la República.

40. El periodista tiene el deber insoslayable de defender la Soberanía Nacional y la integridad territorial. En consecuencia, debe contribuir con su acción gremial en está patriótica tarea, oponiéndose a toda prédica o campaña que contraríe el interés nacional, así como la paz y la amistad entre los pueblos.

41. El periodista debe exigir del Estado la aprobación de una legislación que lo proteja contra los efectos del monopolio u oligopolio de los medios de comunicación social.

¡Feliz Día del Periodista!

mphelnacional@yahoo.com


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Mary Pili Hernández

Ex-ministra de la Juventud, ex-viceministra de Relaciones Exteriores para América del Norte, y ex-concejal por el Municipio Libertador. Cristiana, Periodista, Socialista, Bolivariana, Antiimperialista y Chavista.

 mphopinion@yahoo.com      @marypilih

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