La empresa PROAGRO, C.A. continua violentado la Constitución y las leyes ahora con el apoyo de su “Padrino”, es decir bautizo el fraude y la simulación laboral, en abierta contradicción Artículo 94 de la Constitución que establece. “La ley determinará la responsabilidad que corresponda a la persona natural o jurídica en cuyo provecho se presta el servicio mediante intermediario o contratista, sin perjuicio de la responsabilidad solidaria de éstos. El Estado establecerá, a través del órgano competente, la responsabilidad que corresponda a los patronos o patronas en general, en caso de simulación o fraude, con el propósito de desvirtuar, desconocer u obstaculizar la aplicación de la legislación laboral”. Así mismo el Padrino de PROAGRO desconoció el Articulo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Además el “Padrino” pretende ignorar las disposiciones transitorias dr la Ley Orgánica del Trabajo, las Trabajadoras y los Trabajadores (LOTTT) que otorgan un plazo de tres años para que los patronos y patronas incursos en la norma que prohíbe la tercerización, se ajusten a ella, otorgando inamovilidad laboral a los trabajadores y trabajadoras objeto de tercerización, así como el disfrute de los mismos beneficios y condiciones de trabajo que correspondan a los trabajadores y trabajadoras contratados directamente. Il Padrino tiene que saber que los trabajadores tercerizados de PROAGRO, C.A. gozan de Inamovilidad Laboral.
El Juez Padrino Padrino omite el Artículo 47 TERCERIZACIÓN de la LOTTT que dice así: A los efectos de esta Ley se entiende por tercerización la simulación o fraude cometido por patronos o patronas en general, con el propósito de desvirtuar, desconocer u obstaculizar la aplicación de la legislación laboral. Los órganos administrativos o judiciales con competencia en materia laboral, establecerán la responsabilidad que corresponda a los patronos o patronas en caso de simulación o fraude laboral, conforme a esta Ley. Asimismo, el Artículo 48 de la LOTTT. Prohibición de Tercerización.
Esta nefasta acción del juez Padrino, deja en completo estado de indefensión a un grupo de trabajadores tercerizados y su grupo familiar, favoreciendo con sus decisiones mercantilista a la empresa trasnacional, en su planta del Municipio Heres del estado Bolívar la Empresa PROAGRO es la antigua Gradoca, Actualmente el control accionario de PROAGRO es ejercido por la cooperativa estadounidense Ag Processing Inc (AGP), una gran cooperativa cerealera con sede en Kansas que agrupa alrededor de 300.000 productores en Estados Unidos y Canadá y que entró como socio estratégico de PROAGRO en 1995 a instancia de la banca acreedora/accionista. AGP detenta el 61% del capital accionario de Protinal/Proagro. Esta empresa formó parte del Grupo Mendoza durante largos años. Después de la entrada de AGP como socio estratégico, ésta y el Grupo Mendoza gerenciaron la empresa conjuntamente hasta que en 1997 AGP asumió el control de la empresa adquiriendo la participación accionaria del Grupo Mendoza. Hoy en día Protinal/ PROAGRO son prácticamente una sola compañía. A esta empresa es que el Juez Padrino favoreció causando graves daños a los trabajadores y sus familiares. Un juez que además de ignorar las leyes carece de humanismo y sensibilidad social.
Son más de 15 trabajadores tercerizados que laboran, como Ayudantes de vendedores, de PROAGRO, trabajadores con un promedio de antigüedad en la empresa de más de 15 años, pagando por debajo del Salario Mínimo Nacional y la empresa les paga su jornada semanal a través de los choferes, esta empresa jamás les ha pagado vacaciones ni aguinaldos ni cesta ticket. La empresa tiene tres convenciones colectivas celebradas, pero como tienen un sindicato patronal nunca se ha preocupado de los problemas de los tercerizados.
En el año 2009 iniciaron su lucha por su reconocimiento como trabajadores de la empresa y fueron despedidos 11 trabajadores, el 30-11-2009 y fueron reenganchados por una providencia administrativa de la Inspectoría del Trabajo de Ciudad Bolívar, el Inspector John Zarate y quien vista y apreciada un cumulo de pruebas documentales emanadas de la empresa, testificales, informes de la propiedad de los vehículos, todos propiedad de PROAGRO; dicto una Providencia Administrativa declarando CON LUGAR el Reclamo de los trabajadores los cuales fueron procesados en dos expedientes y le ordenó a PROAGRO reenganchar y pagarle los salarios caídos a los trabajadores.
El Inspector del Trabajo valoró y aprecio todas las pruebas, un dossier documental y la empresa sostuvo que ellos no trabajan para Proagro y esta negativa de la empresa es el motivo para que un juez laboral patronal de la Instancia de Juicio, la abogada Olga Vede Ruiz, que conoció de uno de los recursos contencioso administrativo de nulidad intentado por Proagro lo declaró CON LUGAR sosteniendo que el Inspector del Trabajo se había Extralimitado al valorar todas las pruebas y haber dicho que la carga de la prueba correspondía a PROAGRO y esta Aberración Jurídica puede conducir a que todos los patronos digan NO LO CONOZCO, NO TRABAJA EN MI EMPRESA; estas expresiones ya marcan una jurisprudencia en las decisiones de los jueces laborales corruptos e insensibles, que atentan contra la Constitución y las leyes y son una vergüenza para el Poder Judicial.
La empresa no acato las providencias dictadas y los trabajadores tuvieron que intentar un Amparo Laboral, el cual fue declarado CON LUGAR por un viejo Juez, hoy jubilado, Evencio Luna declaró CON LUGAR ambos amparos y es mas en un día del Juez, antes de irse a celebrar, se puso adelante con los trabajadores y los reincorporo, la empresa dijo: “que ella tenía dinero y que los iba dejar trabajando hasta que se decidiera su demanda” Esta sentencia de Amparo Laboral fue ratificada por el Juez provisorio abogado Lisandro Padrino Padrino, es el mismo Juez enemigo de los trabajadores, es coordinador laboral y tiene retrasado la publicación de sus sentencias desde el mes de julio no publica sentencias de todos los casos, lo poco que decide son las inhibiciones de los jueces de Instancia, son muy pocas las decisiones las decisiones que dicta como Juez Superior y pese dictar pocas sentencias, siempre difiere los fallos por complejos y así un conjunto de vicios que convierten a este juez como un verdadero Juez civil y patronal y totalmente retirado de lo que es un Juez laboral, juez social e intérprete del hecho social trabajo, pues para ejercer un cargo de Juez Laboral se requiere mucha sensibilidad para el desempeño del cargo, características que no tiene el juez Padrino Padrino.
Hoy lunes 20 de octubre, por la decisión del Juez quedan muchos padres de familia sin salario, pese a que los atropellos de la Trasnacional norteamericana PROAGRO, el Juez Padrino Padrino irrespeta la Constitución, la Ley Orgánica del Trabajo de Chávez, los convenios internacionales y sus propias decisiones, se autogoleo como dijo Maradona en su programa Telesur al referirse a la FIFA en el pasado Mundial de futbol. Ayer el Juez confirmó el Amparo Constitucional Laboral y hoy los manda a despedir a los trabajadores, son muchas las cavilaciones que dan a pensar en este caso.
Los trabajadores de Proagro y todos los trabajadores de Guayana afectados por las aberraciones jurídicas de este Juez, Se le pide a la Inspectoría de Tribunales y a los Tribunales Disciplinarios, a los Sindicatos, a los diputados de la Asamblea nacional que despierten de su letargo y su insensibilidad y se avoquen a conocer de este caso de injusticia social y laboral. Al Presidente obrero Nicolás Maduro que actué y favorezca a los trabajadores y exija una limpieza en los tribunales del Trabajo en el país. Porque tenemos que recordar Presidente Maduro y la Inspectoría de Tribunales que resulta que los jueces carecen de equidad y en muchos casos de ética, cuando toman decisiones parecidas al de Juez Padrino Padrino, es decir no hay garantía de la protección al trabajador o trabajadora en los términos y condiciones establecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en la legislación laboral.