El gobierno nacional ha incorporado al mes de febrero de 2011 un total de 1.640.923 beneficiados con la Pensión de Vejez, cumpliendo con la política de Justicia Social. La Revolución Bolivariana en 12 años ha entregado un millón 641 mil pensiones, mientras que en los últimos 22 años de la IV República apenas resultaron beneficiados 390 mil pensionados. Paralelamente al incremento de beneficiarios durante el proceso revolucionario, se suma el hecho de que las pensiones fueron homologadas al sueldo mínimo vigente. Antes del año 2000 se pagaban por debajo del salario más bajo.
En Venezuela tenemos la Ley del Seguro Social, que establece en el Artículo 1: La presente Ley rige las situaciones y relaciones jurídicas con ocasión de la protección de la Seguridad Social a sus beneficiarios en las contingencias de maternidad, vejez, sobrevivencia, enfermedad, accidentes, invalidez, muerte, retiro y cesantía o paro forzoso. Esta ley anteriormente pagaba un porcentaje del salario de los trabajadores por la pensión de vejez. En Venezuela antes la llegada del presidente Chávez pagaba un porcentaje del último salario del trabajador pensionado de acuerdo al número de cotizaciones para el momento de la solicitud de la pensión. El presidente Chávez decretó que la pensión por vejez se pagara igual al salario mínimo nacional y comenzó anualmente a aumentar los salarios mínimo y hoy tenemos este en la cantidad de MIL DOSCIENTOS VEINTITRÉS BOLIVARES FUERTES CON 89/100 (Bs 1.223,89) mensuales. Asimismo se acabó el viacrucis de las personas de la tercera edad, porque la partida de este pago por parte del Seguro Social era desviado a otros fines, en varias ocasiones estos pensionados fueron agredidos por la Policía con bombas y perdigones.
El domingo 14 de marzo de 2010 en el programa Aló Presidente, el presidente Chávez ordenó que sean elevadas las pensiones de sobrevivientes de 80% a 100% del salario mínimo que tenía su cónyuge. También pidió modificar la ley que retira las pensiones a aquellas personas de la tercera edad que contraen matrimonio de nuevo y sobre las asignaciones que otorga el Instituto de Servicios y Asistencia al Adulto y Adulta Mayor (Inass) afirmó: "no me parece que las asignaciones a los adultos mayores sean de 60% no señor, tiene que ser 100%". Esto se hace una realidad el 24 de mayo de 2010 cuando aparece en la caceta Oficial extraordinaria N° 5.976 la Ley de reforma Parcial del Decreto N° 6266 de Rango, valor y Fuerza de Ley de reforma Parcial de la Ley del Seguro Social; se modifica el Artículo 34 “El monto total de la Pensión de Sobrevivientes no podrá ser inferior al Salario Mínimo Nacional. En caso de tratarse de un sobreviviente, éste o ésta recibirá el monto total de la Pensión…”
El Artículo 41 queda así: El viudo y la viuda, concubino o concubina, beneficiario o beneficiaria de la Pensión de Sobrevivientes, no perderá este derecho en caso de contraer nupcias o establecer relación concubinaria…
El presidente Chávez cumple una vez más con la seguridad social de los venezolanos y venezolanas, con la reforma parcial de la ley del Seguro Social se benefician miles de compatriotas.
Pero el gobierno nacional debe revisar y plantearse la reforma completa de la Ley del Seguro Social. Actualmente aún persisten las desigualdades y la exclusión; y las leyes deben basarse en los principios de Universalidad: Es la garantía de protección para todas las personas amparadas por esta Ley, sin ninguna discriminación y en todas las etapas de la vida; Solidaridad, Integralidad, Unidad, Participación, Autofinanciamiento y Eficiencia. Esto no Ocurre con las Pensiones de Invalidez o Incapacidad, estos reciben una pensión que consiste en un porcentaje del salario mínimo o del salario de referencia del asegurado. Todas las pensiones deben ser pagadas al Salario Mínimo Nacional vigente.
Este problema también lo presentan los jubilados por la LEY DEL ESTATUTO SOBRE EL REGIMEN DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE LOS FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL DE LOS ESTADOS Y MUNICIPIOS, la mayoría solo recibe setenta u ochenta por ciento de su salario que tenía cuando se acogió a la jubilación o reciben el salario mínimo; como por ejemplo los que se jubilaron en la década del ochenta, un ejemplo los trabajadores de SIDOR, que se jubilaron en esa época, aun esperan el cumplimiento de la Ley que en su Artículo 13 dice: “El monto de la jubilación podrá ser revisado periódicamente, tomando en cuenta el nivel de remuneración que para el momento de la revisión tenga el último cargo que desempeñó el jubilado o jubilada. Los ajustes que resulten de esta revisión se publicarán en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela”. Se debe homologar a los jubilados, porque se debe cumplir con la Ley.
La lucha hay que plantearla y la Asamblea Nacional debe aligerar todo lo concerniente a la Ley de Seguridad Social Integral, porque hemos observado que otros países de América Latina se vienen otorgando beneficios como bonos de alimentación y bonos de medicamentos a los pensionados y jubilados con el fin de mejorar su calidad de vida. Debemos de luchar por el logro de estas reivindicaciones. Un mensaje a los diputados de la Asamblea Nacional que conforman la Comisión que discute el Proyecto de Ley Orgánica del Trabajo se debe incluir un artículo que las Pensiones y Jubilaciones deben ser homologadas inmediatamente al recibir el aumento salarial el último cargo que desempeñó el jubilado o jubilada. De no ser así se le pagara un retroactivo desde el momento que se modifico el tabulador del cargo que ocupó el jubilado o pensionado hasta que se haga efectivo el aumento.
Los trabajadores y dirigentes sindicales deben tomar en cuenta estas leyes que los beneficiaran a ellos y su familia cuando llegue el momento de pensionarse o jubilarse; para no vivir la odisea de los que lo hicieron hace años. Gracias al Presidente Chávez los pensionados del Seguro Social reciben su Pensión a tiempo y oportunamente, pero falta que los trabajadores y dirigentes asuman su papel histórico y no solo estar pendientes la parte económica en la contratación colectiva, hay que luchar por la seguridad social integral, esto es importante tomar en cuenta y tener la conciencia de que todos los trabajadores activos cumplirán su etapa en la empresa y en el futuro serán jubilados y pensionados. Un ejemplo de todo esto fue el incumplimiento del Consorcio Amazonia con los jubilados y pensionados de SIDOR. Además es responsabilidad del Estado garantizar a los habitantes de la República el derecho constitucional a la seguridad social.
Otro avance fue que con el Decreto Presidencial No. 7.401, del 30 de abril de 2010, el Gobierno Bolivariano del Presidente Hugo Chávez Frías, brinda la oportunidad de obtener pensión por vejez a los asegurados y aseguradas, con 55 años en el caso de las mujeres y 60 en el de los hombres, con cotizaciones entre 1 y 749 reflejadas en la Cuenta Individual, que se encuentren en condición de cesante.
Este Decreto excepcional y temporal, con vigencia del 1 de mayo de 2010 al 31 de diciembre de 2010, es una nueva demostración de las políticas de inclusión social que lleva a cabo el Ejecutivo Nacional en beneficio de miles de venezolanos que ahora tienen la oportunidad de disfrutar de una pensión por vejez digna. Se lograron incorporar 4 mil nuevos pensionados para un total de 33 mil pensionados, esta es una nueva demostración de las políticas de inclusión social que adelanta el gobierno del presidente Chávez en pro de miles de venezolanos que ahora tienen la oportunidad de disfrutar de una pensión por vejez digna. Este decreto es un paso significativo para saldar la deuda social con ex trabajadores y ex trabajadoras de la tercera edad que no tenían las 750 cotizaciones del Seguro Social y necesitaban una pensión de vejez ahora estos venezolanos que trabajaron toda su vida, pero nunca los patronos los inscribieron en el Seguro Social, ahora tienen la oportunidad de disfrutar una vejez digna con una pensión que le garantiza su alimentación.
Ahora Presidente Chávez es necesario la Reforma de la Ley de Alimentación para los Trabajadores para que se incluya el pago del Bono Alimentario para los Jubilados y Pensionados y bonos de medicamentos a los pensionados y jubilados, con el fin de mejorar su calidad de vida. Esta bandera es nuestra y el presidente en el marco de la Ley habilitante debe reformar esta Ley e incluir la cesta ticket para todos los jubilados y pensionados de Venezuela.
El gobierno nacional no puede permitir que la oposición privatizadora, oportunista y charlatana nos arrebate las banderas de las reivindicaciones sobre seguridad social, con el gobierno revolucionario del presidente Chávez los trabajadores, pensionados y jubilados han logrados avances significativos de mejoras de salarios y pago de pensiones oportunamente y todo lo que se dicen en este artículo de opinión es un avance y debemos continuar desarrollado nuevas oportunidades para los venezolanos. La corrupta y ficticia democracia neoliberal de Ad y Copei tenía todo preparado para la privatización del Sistema de Seguridad Integral en los años de 1988 aquí se tenía como panacea los Fondos de Retiros, que no era otra cosas que las trasnacionales financieras manejaran los dineros de los pensionados y los de la Seguridad Social. Las historias de estos fondos se conocen sus fraudes y estafas que han cometidos estos entes financieros en contra de los pensionados, en Estados Unidos hay muchas experiencias sobre estos fraudes.
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