Son sólo dos los posibles sucesores del presidente Chávez: Nicolás Maduro y Diosdado Cabello. Es así pese a que el mismo Presidente decidió en favor de Maduro y pidió que se le apoyara y se votara por él en las elecciones que se harían si él (Chávez) no pudiera continuar en la Presidencia, por causa de la terrible enfermedad que sufre. A partir de esa alocución, han aparecido un sinnúmero de variantes: que el Presidente no asuma el próximo 10 de enero, la calificación o no de este hecho como ausencia temporal o “hecho sobrevenido”, la posibilidad que se dé paso a una falta absoluta, la celebración de nuevas elecciones y el nombre del encargado temporal de la primera magistratura, ante la ausencia de Chávez.
El Gobierno se inclina por no declarar ni siquiera la ausencia temporal del Presidente, a pesar de lo evidente de la misma. En ninguno de sus viajes médicos a Cuba, Maduro ha sido encargado de la Presidencia, pese a que Chávez ha estado cuatro veces durante muchas horas sin las facultades requerida para ejercer la Presidencia. En su última cirugía, la situación fue más grave aún pues debió permanecer intubado y profundamente sedado durante varios días, lo que significó una total desconexión con el ejercicio de la Presidencia de la República. Aún en este caso extremo, no se declaró su falta temporal y no asumió Maduro la Presidencia, situación que personalmente considero irregular y que no ocurrió en 2002.
La nueva elección sólo se convoca a partir de la falta absoluta del Presidente, por lo que su posposición permitiría al Gobierno disponer de tiempo para prepararse mejor con un candidato distinto de Chávez; se podrían ganar hasta siete meses (dos permisos de 90 días c/u y 30 días para los comicios) para actividades proselitistas de distinto tipo. Esto es posible sólo si no aparece la falta absoluta que obligue a seguir los mecanismos constitucionales de elección del nuevo Presidente. Otra posibilidad es que el Presidente pudiera encargarse en algún momento cualquiera, durante los 6 años que dura su período, como dejó colar Diosdado Cabello.
Los ministros y el Vicepresidente no terminan su período cuando finaliza el lapso presidencial; estos cargos ejecutivos por designación continúan hasta que el Presidente entrante los cambie. Maduro, aún si Chávez no asume, seguiría siendo Vicepresidente y continuaría actuando como hasta ahora, pero debe recordar que no debe estar en el cargo al momento de ser candidato presidencial, pues la Constitución se lo impide (art. 229). El Presidente de la Asamblea sólo podría encargarse de la Presidencia del país, si se decreta la falta absoluta de Chávez antes de tomar posesión, pues si llegara a posesionarse le correspondería a Maduro la Presidencia hasta los comicios ordenados por el artículo 233 de la Constitución.
Para el gobierno lo ideal sería que la elección del sucesor se realizara con un Chávez lo suficientemente despejado como para garantizar su apoyo, aunque no estuviera en capacidad de desempeñar la Presidencia.
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