Venezolano que conspire contra su patria es un traidor

No existe un gobierno más democrático y respetuoso de los derechos humanos en el mundo, que el que impulsó el Comandante Supremo Hugo Chávez y ahora continúa el Presidente Nicolás Maduro Moros. Se están cumpliendo con todos los derechos civiles y políticos, se han realizado 19 elecciones en quince años, donde el partido de gobierno ha ganado 18 elecciones, con un sistema electoral totalmente automatizado y auditable en todas sus etapas. Pero además, en la República Bolivariana de Venezuela se han cumplido con los derechos económicos, sociales y culturales como lo confirman todos los organismos de Naciones Unidas, sobre todo cumpliendo cuatro de los ocho objetivos del milenio.

En Venezuela se puede protestar pero de manera pacífica y sin armas como lo establece la constitución. Venezuela ha sida sometida a una conspiración por parte de la oposición venezolano de forma permanente contra el presidente Chávez, desde que tomó posesión del cargo el 02/02/1999. Dieron un golpe de estado dirigido por esta oposición y con la aprobación del departamento de Estado estadounidense el 11/04/2002 y pudieron ilegítimamente retener el poder solo por espacio de 46 horas, porque la mayoría del pueblo venezolano y las fuerzas armadas restituyeron al Presidente.

Posteriormente, continuaron conspirando y en diciembre de ese mismo año convocaron aun paro empresarial y petrolero por espacio de 62 días ocasionado muertes y heridos y pérdidas económicas al país calculado en quince mil millones de bolívares y la quiebra de miles de comercios. Durante el año 2003, intervino como parte mediadora la OEA y se convocó aun referéndum revocatorio el 20 de agosto de 2003, resultando afirmativo a favor del presidente Chávez. Pero, la conspiración por parte de nuestra oposición y del gobierno estadounidense, se reinició inmediatamente después de la muerte lamentable del presidente Chávez y volvieron por sus fueros desde el 14 abril del año 2013, cuando ganó las elecciones el Presidente Nicolás Maduro Moros y convocaron a sus militantes a desconocer los resultados electorales, ocasionando la muerte de 19 venezolanos y decenas de heridos.

Las elecciones de alcaldes se realizaron el 9 de diciembre de 2013, y el gobierno volvió a ganar el 77% de las alcaldías del país, por supuesto volvieron a su campaña golpista y el 12 de Febrero de 2014, convocaron una manifestación para protestar por algunas detenciones de estudiantes que manifestaban violentamente en la ciudad de Caracas, y arremetieron violentamente contra el edificio de la Fiscalía, destruyendo la edificación y quemando varios vehículos de la misma. Se produjo la muerte de tres personas y sirvió de pretexto para obstruir las vías públicas, con quemas de cauchos y basuras por espacio de veinte y seis días y ocasionando la muerte de 22 muertos, hasta ahora. El Presidente Maduro ha convocado en varias ocasiones, a estos partidos de oposición a reunirse en el palacio de gobierno con él y éstos sean negados.

Como una advertencia de este escribidor, les informó a los dirigentes políticos de la oposición, quienes dirigen estos golpes de estado continuados y las personas que están impidiendo el derecho al transito, del trabajo, de la educación, destruyendo edificios públicos y quemando el transporte público, con el apoyo y financiamiento del gobierno estadounidense. Que en Venezuela tenemos un Código Orgánico de Justicia Militar y tiene tipificado el delito de traición a la patria. Artículo 464. “Son delitos de traición a la Patria: 1. Formar parte de las fuerzas del enemigo. 2. Facilitar al enemigo exterior la entrada a la República o en cualquier forma el progreso de sus armas. 3. Practicar actos de hostilidad contra un país extranjero que expongan a Venezuela a peligro de guerra, ruptura de relaciones diplomáticas, represalias o retorsión. 4. Entrar en negociaciones con el enemigo para someter todo o parte del territorio de la República al dominio absoluto, mandato o protectorado extranjero. 5. Declararse en rebelión contra los Poderes Nacionales, si la República está empeñada en una guerra exterior. 6. Entregar indebidamente al enemigo las fuerzas o naves bajo su mando o los lugares o elementos confiados a su custodia. 7. Fugarse en dirección al enemigo, estando en acción de guerra o dispuesto a entrar en ella. 8. Malversar caudales o efectos del Ejército en campaña, con daño de las operaciones de la guerra o perjuicio de las tropas. 9. Falsificar un documento referente al servicio militar o hacer, a sabiendas, uso de él cuando se emplee para causar perturbaciones o quebrantos en las operaciones de la guerra. 10. Dar a sus superiores, maliciosamente, noticias contrarias a lo que supiere acerca de las operaciones de la guerra. 11. Suministrar al enemigo memorias, datos o informes sobre la constitución, movilización, recursos, industrias de guerra, fuerza o armamento de la Nación; revelar el plan de campaña o el secreto de alguna operación, expedición o negociación; poner en su conocimiento el santo, seña o contraseña, órdenes y secretos militares, planos o descripciones de fortalezas, buques de guerra, arsenales, estaciones navales, plazas de guerra, canales, caminos, vías férreas, puertos, radas o aeropuertos; entregarles claves privadas para la situación y comunicación de las estaciones de iluminación, telegráficas, radiotelegráficas, telefónicas o radiotelefónicas y de otras instalaciones que deban mantenerse ocultas. 12. Arriar, mandar a arriar o forzar a arriar la Bandera Nacional durante un combate con el fin de conseguir ventajas para el enemigo. 13. Impedir, con intención de favorecer al enemigo, que los buques o tropas nacionales reciban en tiempo de guerra los auxilios u órdenes que se les enviaren. 14. Impedir de cualquier modo el combate o el envío de auxilios, para favorecer al enemigo. 15. Divulgar noticias que infundan pánico, desaliento o desorden en los buques o tropas, aún cuando sean verdaderas, siempre que se haya resuelto mantenerlas reservadas, o que tiendan a fomentar la dispersión de las tropas frente al enemigo, o ejecutar cualquier acto que pueda producir iguales consecuencias. 16. Mantener directa o indirectamente correspondencia con el enemigo sobre las operaciones de guerra de las Fuerzas Nacionales. 17. Poner en libertad a prisioneros de guerra con el fin de que vuelvan al ejército enemigo.18. Servir de espía al enemigo u ocultar, hacer ocultar o poner a salvo a un espía o agente enemigo, si se conoce su condición. 19. Ejecutar u ordenar reclutamiento dentro o fuera del territorio nacional, para engrosar las fuerzas del enemigo, seducir tropas de la Nación con el mismo fin o provocar la deserción de éstas. 20. Proporcionar al enemigo medios de hostilizar a la Nación o restar a ésta medios de defensa. 21. Servir de guía o piloto al enemigo para una operación militar o naval contra tropas o naves nacionales; o, siendo guía o piloto de éstas, desviarlas dolosamente del camino o rumbo que se proponían seguir. 22. Provocar la fuga o impedir la reacción en presencia del enemigo. 23. Tomar parte en maquinaciones para que un Jefe en operaciones de campaña, se rinda, capitule o se retire. 24. Inutilizar de propósito, en campaña o territorio declarado en estado de guerra, caminos, vías férreas, comunicaciones telegráficas o de otra clase y sus aparatos; causar averías de naves y demás elementos que estén al servicio de la Nación; destruir canales, puentes, obras de defensa, armas, municiones o cualquiera otro material de guerra; o víveres para el abastecimiento de las fuerzas nacionales; interceptar convoyes o correspondencia; o de cualquier otro modo malicioso, poner entorpecimiento de las operaciones militares de las Fuerzas Armadas o facilitar las del enemigo. 25. Intentar por medios violentos cambiar la forma republicana de la Nación. 26. Poner en peligro la independencia de la Nación o la integridad de su territorio.27. Inducir o decidir a potencia extranjera a hacer la guerra contra la Nación, o atentar en cualquier forma contra la soberanía nacional. 28. Haber sido la causa de la derrota de las fuerzas nacionales.29. Impedir que una operación de guerra produzca las ventajas que debía producir. Si fuera juzgado por el delito de traición a la patria podría ser condenado entre 20 a 30 años.

Para los admiradores de las leyes estadounidenses, la pena capital en Estados Unidos es legal para todo el país en caso de delitos federales y militares; y en la mayor parte de los estados, menos en las regiones del norte y otros estados y territorios fuera de los 15 estados contiguos, como Alaska y Hawái entre otros, en los delitos estatales. Incluso se aplica también en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

Para los partidarios de la República de Colombia, le informo que en su “artículo 97. Lealtad a la patria. El colombiano, aunque haya renunciado a la calidad de nacional, que actué contra los intereses del país, en guerra exterior contra Colombia, será juzgado y penado como traidor. Los colombianos por adopción y los extranjeros domiciliados en Colombia, no podrán ser obligados a tomar las armas contra su país de origen; tampoco lo serán los colombianos nacionalizados en país extranjero contra el país de su nueva nacionalidad”. Solo una advertencia para los que ordenan hacer guarimbas y para los propios guarimberos.

 



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German Saltrón Negretti

Defensor de los Derechos Humanos.

 germansaltronpersonal@gmail.com

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