01-01-25.-Varias organizaciones magisteriales emitieron un documento público en el que denuncian que el mismo Estado venezolano viola la inamovilidad laboral.
Según las organizaciones, el primer instrumento que el Estado viola de manera flagrante y recurrente es la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT), y de manera muy precisa, "lo referente a la inamovilidad laboral".
A juicio de las movimientos magisteriales que firmaron un documento, las acciones violatorias al derecho de inamovilidad laboral lo ejecuta a través de varias medidas: suspensión, interrupción y desconocimiento al derecho a la permanencia de beneficios contractualmente.
Todas las acciones, según las organizaciones, "tienen como objetivo dilatar y finalmente negarles un derecho fundamental a los trabajadores de la educación".
"Las organizaciones sindicales, señor presidente Nicolás Maduro Moros, hacemos un llamado a su atención sobre estas violaciones, las cuales contravienen lo establecido en la Ley Orgánica del Trabajo sin una justa causa previamente calificada", reseña el documento.
En Venezuela, la inamovilidad laboral está fundamentada en el artículo 418 de la Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (LOTTT),
Tal artículo establece que los trabajadores gozan de inamovilidad laboral y no pueden ser despedidos, trasladados o desmejorados en sus condiciones de trabajo sin una justa causa previamente calificada.
De esta manera, las organizaciones sindicales responden a la extensión del decreto de inamovildiad hasta el 2026 por parte del presidente Nicolás Maduro.
Pese a que la medida beneficia a los trabajadores, en teoría, en la práctica no sucede. El Estado maniobra e irrespeta este derecho a través de suspensiones de pagos de manera repentina sin ningún proceso, y otras medidas similares, según denuncias de las organizaciones.
Decreto de extensión de inamovilidad laboral en Venezuela
El Gobierno de Nicolás Maduro extendió dos años más la inamovilidad laboral. La orden salió en Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.868 del pasado 27 de diciembre.
El decreto N° 5.070 ordena que la medida entra en vigencia el próximo 1ro de enero hasta el 31 de diciembre de 2026.
El ministro del Proceso Social del Trabajo, Eduardo Piñate, publicó la decisión en su cuenta oficial de Instagram.