Aspectos jurídicos y políticos sobre la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente

Recuerdo que fue en el año 2015, estaba reciente la derrota electoral de las elecciones parlamentarias de ese año, cuando asistimos a un foro en el museo boliviano, en la esquina de Pajaritos de la Asamblea Nacional, cuando el abogado constitucionalista Hermann Escarrá, esbozaba la posibilidad de la convocatoria de una Asamblea Nacional Constituyente. Esta la afirmación la realizó el mencionado jurista, ya que con esto se evitaría una guerra social en el país.

Pues bien, la decisión e iniciativa que ha tomado el Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros de convocar a una Asamblea Nacional Constituyente ante la inmensa, multitudinaria y apoteósica concentración por el Día del Trabajador y la Trabajadora el pasado 1 de mayo, debemos entenderla como una acción política para desmontar el escenario violento- terrorista que han realizado sectores fascistas en nuestro país con proyección hacia una guerra civil, todo ello por el desarrollo y despliegue conjunto y combinado de guiones insurreccionales que se activaron con inusitada fuerza a partir del mes de abril del presente año.

Sin duda que esta opción estratégica abre nuevos caminos tácticos hacia la paz y hacia nuevas formas de diálogo, ya que se busca mantener el actual conflicto del país dentro del ámbito político pero desechando cualquier rezago de conclave, y como contención a las provocaciones y la escalada de violencia propiciada por el ala radical de la oposición.

Para el lado de la oposición venezolana, la nueva situación política significa que están obligados a realizar una reconsideración de sus objetivos políticos inmediatos y realineamiento de sus fuerzas dentro de un cuadro de metas más realistas cónsonas con la situación que plantea el nuevo escenario, empujado precisamente por su empecinamiento en contra de la opción del diálogo y llamados a elecciones propuesto por el Gobierno Nacional, al cual consideraban "arrinconado" e "inerte" ante su arremetida violenta y anti política, que a su juicio,situaban al Presidente Maduro ante un callejón sin salida y en posición para que actores como la Iglesia Católica exigieran su renuncia (portada de la última edición del semanario La Razón) a través del ex presidente de la CEV, Ovidio Pérez Morales, las cuales actuarían como carburante del escenario de terrorismo en desarrollo durante las últimas semanas.

Como muchos saben, la legitimidad y constitucionalidad sobre la que se sustenta la convocatoria realizada por el Jefe del Estado, está contenida en los artículos 347 al 349 de nuestro texto constitucional que será reforzada por la convocatoria a cabildo de los concejos municipales en nuestro país, los cuales también tienen iniciativa en ese proceso constituyente, y del que el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) posee mucho más de los 2/3 que señala el artículo 348 constitucional para legitimar la convocatoria a esta Constituyente.

Además de ello, desde el ámbito político, se aplica lo que el primer constituyentista del país, que fue el Libertador y Padre de la Patria Grande, Simón Bolívar, realizó en alguna oportunidad: "La Constitución debe ser revisada cada diez años".

No olvidemos que hace diez años, el Presidente Hugo Chávez planteó una reforma constitucional, la cual no pudo ser aprobada en referendo; y en el año 2009, si logramos aprobar la enmienda número 1 de nuestra actual Constitución, que posibilitó la candidatura de nuestro Comandante inolvidable en el año 2012.

También es importante que tengamos claro las diferencias entre lo que es una enmienda constitucional, lo que es una reforma constitucional y esta convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente, que son las tres maneras de poder modificar nuestra Carta Magna.

La enmienda, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 340 de nuestra Constitución, tiene por objeto la adición o modificación de uno o varios artículos de nuestra Constitución, sin alterar su estructura fundamental.

La reforma constitucional tiene por objeto una revisión parcial de nuestra Constitución y la sustitución de una o varias de sus normas que no modifiquen la estructura y principios fundamentales del texto constitucional, esto de conformidad con el artículo 342 de nuestra Carta Magna.

Y la Asamblea Nacional Constituyente es la expresión del Poder Popular como depositario del Poder Constituyente originario que busca transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución. Esto debemos señalarlo sin ambages de ningún tipo.

Pero volviendo a las consideraciones que nos interesan, la opción estratégica presentada por el Presidente Maduro luce como una acción racional y como una apuesta elevada, de alto impacto y riesgo por todas las implicaciones que esta tiene, pero que a su vez propicia nuevos escenarios en el país: De consenso, de compromiso y alianza por el reconocimiento de nuevos sujetos sociales visibilizados por la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que incidirán sin duda en una nueva correlación de fuerzas, con base además en las nuevas reglas de juego que surgirán producto de este debate, donde igualmente, el Jefe del Estado se adelantó al anunciar la próxima presentación de las bases comiciales para la elección de los constituyentistas a través del voto universal, directo y secreto, siguiendo la metodología de escogencia de una Asamblea Nacional Constituyente por sectores y niveles territoriales.

Aún como ya lo hemos expresado, falta la definición de las bases comiciales para la elección de los constituyentistas, las cuales ya está trabajando la Comisión Presidencial Constituyente designada por el Presidente Nicolás Maduro para tal fin, sin embargo, ya el debate sobre este proceso constituyente y sus posibles candidatos y candidatas ya prendió en la calle.

También el Jefe del Estado definió algunos puntos de la agenda que pudieran ser incluidos en la Asamblea Nacional Constituyente:

  1. Establecerlos elementos de paz para la Nación (una constituyente para la paz).
  2. Definir el modelo económico post rentista.
  3. Incorporar el sistema de Misiones Sociales.
  4. Mejorar y profundizar el sistema de seguridad y protección del pueblo:
    1. Revisar y profundizar el sistema de policía y penitenciario.
    2. Aplicación de mayores penas sobre delitos de conmoción social tales como violación o secuestros.
    3. Incorporación del terrorismo y narcotráfico como amenazas a la seguridad de la Nación y su correspondiente penalización acorde a su gravedad.
  5. Reconocimiento de las nuevas formas de participación popular: Consejos Comunales, Comunas, CLAP, entre otros.
  6. Revisión y profundización los contenidos dedefensa de la Seguridad Nacional.
  7. Expreso rechazo y combate de actos deinjerencia externa.
  8. Incorporación de la división pluripolar y multipolar en la política exterior.
  9. La nueva venezolanidad y espiritualidad.
  10. Revisión y profundización del tema de la Identidad cultural.
  11. Reconocimiento de la juventud como sujeto social con un capítulo propio sobre deberes y derechos.
  12. Asumir como objetivo la lucha contra el cambio climático.

    También esta Constituyente originaria tendrá decisión sobre el destino de los poderes constituidos: Podrá decidir si el Presidente de la República permanece o no en su cargo, si se mantiene o no la actual Asamblea Nacional, si se mantiene el Tribunal Supremo de Justicia, el Consejo Moral Republicano y el Poder Electoral.

    En fin, este debate y proceso recién inicia, y se nos está haciendo una cita con la historia.

    ¿Quiere usted perderse esta cita?

¡Bolívar y Chávez viven, y sus luchas y la Patria que nos legaron siguen!

¡Independencia y Patria Socialista!

¡Viviremos y Venceremos!

¡Hasta la Victoria Siempre!



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Juan Martorano

Abogado, Defensor de Derechos Humanos, Militante Revolucionario y de la Red Nacional de Tuiteros y Tutiteras Socialistas. Www.juanmartorano.blogspot.com , www.juanmartorano.wordpress.com , jmartoranoster@gmail.com, j_martorano@hotmail.com , juan_martoranocastillo@yahoo.com.ar , cuenta tuiter e instagram: @juanmartorano, cuenta facebook: Juan Martorano Castillo. Canal de Telegram: El Canal de Martorano.

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