La participación protagónica en la República Bolivariana de Venezuela

La realidad de hoy en la Matria venezolana nos exige asumir y empoderarnos en lo político individual y colectivo, de las leyes del Poder popular para la concreción definitiva del quinto poder constitucional paradigmático BOLIVARIANO, el Poder Popular, que se representa y operacionaliza en el estamento Legal como ESTADO COMUNAL. En este horizonte interpretativo la activación del Estado Docente por medio de la praxis educativa según el artículo cinco, seis, trece, catorce y quince de la Ley Orgánica de Educación (LOE), permite al mismo tiempo concretarlo en el Estado democrático, social de derecho y de Justicia como se establece en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela(CRBV), lo cual garantiza que el estado debe atender integralmente a los ciudadan@s con menos condiciones materiales de existencia y vivencia en la Patria venezolana y hacer posible que se les atiendan y satisfagan las necesidades básicas en el ejercicio de sus derechos constitucionales. Enfatizar en estos sustratos de la praxis social cultural e histórica es perentorio. En tal sentido, se tiene que dar inicio a una transformación en el funcionamiento y organización cultural y educativo de los Consejos comunales, Unidades de Producción, Consejos Productivos de trabajadoras y trabajadores, CLAP, Escuelas, Liceos, Escuelas Técnicas, Tecnológicos, Universidades Y TODA FORMA DE ORGANIZACIÓN/ENTE DEL ESTADO CONSTITUYENTE O CONSTITUÍDO DEBIDO A QUE POR EL PRINCIPIO DE CORRESPONSABILIDAD CONSTITUCIONAL, los miembros de cada una de estas formas organizativas TENEMOS DEBERES COMO MIEMBROS DEL ESTADO DOCENTE. La organización y funcionamiento de éstos espacios o lugares geo-humanos DE TOMA DE DECISIONES EN LA VIDA POLÍTICA VENEZOLANA, es un necesidad impostergable en el proceso de orientación definitiva y socialista de la manera como nos identificamos en y para la conformación de los equipos de trabajo comunitarios según el principio de identidad de las culturas( art. 300 de la CRBV ) y el principio de complementariedad de las culturas (propuesta de ampliación de mi autoría del artículo 300 de la CRBV ante la asamblea Nacional Constituyente (ANC) para la sustentación de la multi y pluriculturalidad en los procesos sociales sin intenciones etnofágicas (Díaz-Polanco, 2016)) PORQUE LA PRAXIS CIUDADANA NO SOLÓ ES PARA EL MANDATO, CONTEMPLACIÓN Y OSTENTACIÓN/DISFRUTE DE LOS CARGOS DE PODER QUE SE LES DESIGNAN A LOS VOCEROS/REPRESENTANTES ELEGIDOS Y/O VIVENCIA DE LOS MIEMBROS DE LA COMUNIDAD sino que también es, parafraseando e interpretando hermenéuticamente en perspectiva crítica a Simón Rodríguez (Sociedades americanas:1828) para la Transformación social-cultural e histórica basada en el principio ético del Bien Común. De esta manera, las finalidades de las organizaciones de base y/o movimientos sociales indicadas deben tender a:

  • La producción de conocimiento individual o colectivo productivo en y para la deconstrucción onto-epistemológica del conocimiento/saber colonizador enajenante y cosificador de la vida en convivencia popular venezolana sustentado en el respeto al equilibrio ecológico-ambiental y en el proceso de creación y co/creación del conocimiento para la consolidación de una onto/epistemología liberadora y emancipadora. Teniendo como fin el Buen vivir/Vivir Bien(Huanacuni, F.(2010)); legado de nuestros pueblos originarios( Mariches, Caracas, Pemones, Caribes,...), Árbol de las tres raíces( Simón Rodríguez, Zamora y Bolívar), en el camino hacia la emancipación científico,técnica,tecnológica,artístico,cultural e histórica de nuestra Matria venezolana

  • La conformación de observatorios comunales en y para la diagnosis critica transformadora de la realidad social, económica, cultural e histórica que permita la toma de decisiones adecuada a los contextos identitarios de las comunidades haciendo uso de las nuevas tecnologías, procesos cualitativos hermenéuticos críticos y la analítica de DATOS

  • La activación de planes operativos en la divulgación y publicación educativa(Delgado, J(2015)) acorde a la toma de "conciencia de clase social, cultural e histórica", concientizando que la realidad social no puede ser entendida y comprendida teniendo como telos o finalidad lo perfecto, absoluto y acabado, dejando a un lado que la realidad social se construye día a día y es lo que somos en nuestras circunstancias materiales y espirituales con nuestras debilidades y fortalezas propias y concretas.

  • La alfabetización informática inclusiva y diversa de lo científico-tecnológico-técnico en y para la deconstrucción del burocratismo administrativo en las oficinas estadales de gobierno local, regional y nacional, permitiendo que la prioridad sea el ser humano y sus circunstancias materiales o no materiales(onto-epistemológicas). Resaltándose que la finalidad del proceso formativo no es el medio tecnológico sino que es el ser humano en sus circunstancias diversas

  • La elaboración colectiva y pública de planes operativos en y para la prevención consciente y científica-ecológica-ambiental en materia de salud integral, gestión de riesgos y desastres, y conservación/preservación de la madre naturaleza( objetivo histórico número cinco del Plan de la Patria ), LOTTT(2012), Leyes del Poder popular(2010).

  • La valoración colectiva y pública de la cultura Local e histórica en y para la praxis política popular y productiva sustentada en el respeto del equilibrio ecológico-ambiental

  • La elaboración colectiva y pública de planes, programas y proyectos académicos-(educativos) en el Buen uso del Tiempo Libre de nuestros niñ@s, adolescentes y adult@s acorde a las Leyes del Poder popular(2010).

  • La conformación de redes sociales productivas y de organizaciones de base productivas acordes con la cultura e historia de vida comunal de las localidades y regiones de nuestra matria venezolana tal y como se establecen en las Leyes del Poder Popular(2010).

  • La elaboración de Planes, programas y proyectos educativos en la preservación ecológica-ambiental productiva de los espacios públicos de la localidad o región tales como: plazas, parques, áreas verdes de los ríos, lagos, playas y lagunas de las zonas habitadas ( o en las regiones no habitadas) disponibles y pertinentes para la praxis societaria, en las comunidades citadinas o de pueblos/asentamientos rurales o urbanos que permitan materializar la producción de alimentos y/o bienes vegetales( o plantas medicinales ) para la prevención de enfermedades o fortalecimiento de la salud integral como la razón sustancial de la Política pública bolivariana venezolana

  • La elaboración de Planes, programas y proyectos educativos para el uso de los espacios público arriba señalados con la finalidad de prácticar un deporte o actividad física recreativa acorde a las capacidades de cada ser humano o ser vivo para la prevención de enfermedades y fortalecimiento de la salud integral: física y espiritual

  • La toma de conciencia y concienciación de Lo POLÍTICO como una consecuencia de la praxis social del ser humano en convivencia digna ecológica-ambiental acorde a la CRBV, LOE, LOTTT, Leyes del Poder Popular, debido a que genera en el ser humano los referentes culturales e históricos que le permite valorar en la realidad al BIEN PÚBLICO con sentido identitario colectivo sin pretenciones etnofágicas implícitas( Díaz-Polanco, H.(2016)). En este orden de ideas, se hace importante para el ser humano empoderarse de los lugares públicos/Bien público democráticos de participación protagónica, que contribuyen a definir de un modo subjetivo-ético y con pertinencia territorial, al REPUBLICANO BOLIVARIANO.

  • El Sistema Educativo venezolano en su conjunto integral incluyendo las modalidades y Misiones desde la Educación inicial Primaria hasta Universitaria debe contribuir día a día con estas finalidades sociales, culturales e históricas. La construcción de la Patria venezolana es impostergable y es de valor ético supremo sobre todo sustentado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Estamento legal de la Nación y en el Plan de la patria vigente.

Bibliohemerografía:

.- Díaz-Polanco, H.(2016). El jardín de las identidades. El Perro y la Rana. Caracas-Venezuela.

.- Huanacuni, F.(2010).Buen Vivir/Vivir Bien. Cordinadora Andina de Organizaciones Indígenas-CAOI, Lima-Perú.

.- República Bolivariana de Venezuela. Constitución de la República Bolivariana de Venezuela(1999). La Piedra, Caracas-Venezuela.

.- República Bolivariana de Venezuela. Ley Orgánica de Educación(2009). La Piedra, Caracas-Venezuela.

.- República Bolivariana de Venezuela. Ley Orgánica del Trabajo de Los Trabajadores y Las Trabajadoras(2012). La Piedra, Caracas-Venezuela.

.- República Bolivariana de Venezuela. Ley Orgánica del Poder Popular(2010). Imprenta Nacional de Venezuela-Gaceta Oficial Número 6011, extraordinario. Caracas-Venezuela.

.-República Bolivariana de Venezuela. Leyes del Poder Popular-Compendio(2010). Imprenta Nacional de Venezuela-Gaceta Oficial Número 6009 y 6011 del 17 y 21 de diciembre de 2010, extraordinario. Caracas-Venezuela.



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Jesús Delgado


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