El Derecho prepositivo, surge por la similaricadencia tautológica repetitiva platónica, que no de otra suerte que como cuando el Derecho sustantivo, esencialmente conectado con el sujeto con el significado, y, del Derecho adjetivo vinculado con la función, en que hace fiesta con el sustantivo con el sujeto con el significado. El Derecho sustantivo es el Derecho, llevado por los sujetos vinculados por el orden jurídico establecido por el estado. El Derecho adjetivo es el Derecho, llevado por las normas dictadas por el órgano competente del estado que permitan el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes que se establecen con el derecho sustantivo. El Derecho adjetivo, esta adherido al Derecho sustantivo y recíprocamente por el teorema de la reciprocidad de los aspectos límbico antagónicos, hipótesis y tesis, del cuadrángulo rectángulo socrático. Mas y más, el Derecho sustantivo y el Derecho adjetivo, habrían sido posible gracias a las preposiciones que establecen relaciones entre la cópula el sujeto y el predicado, que representan los elementos esenciales sintácticos gramaticales, y estos estarían sin significado jurídico, sino es por las preposiciones, las formadoras de las grandes relaciones gramaticales y de las monumentales inusitadas ilaciones ideológicas. Luego el Derecho prepositivo trae consigo el Derecho sustantivo y el Derecho adjetivo. Mas y más, ha de haber el Derecho conjuntivo y el Derecho adverbial, que junto con el Derecho prepositivo, complementarían al Derecho sustantivo y al Derecho adjetivo.
El Derecho prepositivo adverbial conjuntivo, asina asín así, conjuntivo adverbial prepositivo, CAP, está vinculado a los casos límite contradictorios, el hecho y el Derecho, el dicho y el hecho, el imperativo categórico y el imperativo hipotético, el Derecho Usual Ordinario y el Derecho Inusual Extraordinario, el exceso y el defecto. Y, gracias a La Gran Moral Aristotélica, entre los casos límite contradictorios, exceso y defecto, forzosamente y necesariamente, insurge tremendo impulso irresistible, por la calle de en medio, que hemos denominado tercio incluso aristotélico profundo, entre lo sustantivo y lo prepositivo, entre lo adjetivo y lo prepositivo, entre la determinación y la indeterminación, entre los conceptos jurídicos determinados y los conceptos jurídicos indeterminados, entre el imperativo categórico y el imperativo hipotético, ahí, sí, ahí, ha de estar el Derecho conjuntivo adverbial prepositivo, representado por el tercio incluso aristotélico profundo, por el imperativo contradictorio borroso, la partícula elemental gramatical partitiva viva, entre el dicho y el hecho, entre hecho y el Derecho, y entre los aspectos límbico antagónicos, el trecho estrecho arrecho, partido por la partícula elemental gramatical partitiva viva, en donde se han de resolverse todos los juicios jurídicos contradictorios borroso, bajo la tutela del juez legislador delegado difuso borroso, tal Sancho Panza en la Ínsula Barataria, Quijote (II, 51). Trecho estrecho arrecho, optimalidad ortogonal pitagórica, hipotenusa del triángulo rectángulo pitagórico, diagonal contrarrecíproca socrática del cuadrángulo rectángulo alopeceiano, base de las pirámides pareadas kelsenianas paradójicas de los casos límite contradictorios, el Derecho Usual Ordinario Romano y el Derecho Inusual Extraordinario Norteamericano, el imperativo categórico y el imperativo hipotético, y, por la calle de en medio, la partícula elemental gramatical partitiva viva, continente que contiene a todos los contenidos gramaticales prepositivos conjuntivos adverbiales, renacimiento de las monumentales inusitadas ilaciones ideológicas, entre la teoría y la praxis, casos límite contradictorios, al que está vinculado el Derecho prepositivo adverbial conjuntivo, pues a él tienden y de él trascienden todos los aspectos límbico antagónicos borrosos, bajo el dominio de las contracciones gramaticales prepositivas, AL y DEL: Al que tienden y del que trascienden todas las formas límbica fluctuantes fronteras.
El Derecho prepositivo adverbial conjuntivo, asina asín así, conjuntivo adverbial prepositivo, CAP, está vinculado a los casos límite contradictorios borrosos, el hecho y el Derecho, el dicho y el hecho, y, por la calle de en medio, el tercio incluso aristotélico profundo, el imperativo contradictorio borroso, de equilibrio dinámico dialéctico dialógico difuso, vinculado al Derecho prepositivo adverbial conjuntivo, sí, en ese punto crucial decisivo, el imperativo contradictorio borroso, entre hecho y Derecho, y, a ese punto topológico contradictorio borroso, tienden y trascienden las formas límite fronteras fluctuantes, sí, ahí, han de aparecer las preposiciones las conjunciones y los adverbios: Tienden a y trascienden de, en las perspectivas límbica paradójicas, espacio y tiempo, sí, ahí, han de verse las preposiciones, las conjunciones y los adverbios, que constituyen la formación del Derecho sustantivo y del Derecho adjetivo. Pues, los elementos sintácticos gramaticales, el sujeto, el artículo, el verbo rector, y, los complementarios atributos predicativos, serían poca cosa sin el auxilio de CAP, que no de Carlos Andrés Pérez y que sí de Juan Pablo Pérez Alfonzo, entre los extremos excrementos enemigos repugnantes, el dios Midas y el dios Diablo, y, por la calle de en medio la boñiga áurica aurea aristotélica abismal, en que la cubicación cúbica cubilar de la mierda, es del Derecho prepositivo, al que tiende el dios Demonio y del que trasciende el dios Mida, y, en torno a la conjunción, “Y”, las contracciones prepositivas gramaticales, AL y DEL, en el continuo espacio temporal del hundimiento. Imposible el Derecho sustantivo y el Derecho adjetivo sin el Derecho conjuntivo adverbial prepositivo (CAP), en que los Romanos, que no jugaron posición adelantada con lo sustantivo y lo adjetivo, ante la preposición, no vieron el encierre prepositivo adverbial conjuntivo, que contenía a aquellos, por culpa de Aristóteles, que negárales el tercio incluso aristotélico profundo, y, éste, viera luz, apenas, el 11/09/2001, con la implosión de Las Torres Gemelas Neoyorquinas, y, el famoso discurso del disparate histórico, del estás conmigo o del estás con mi enemigo, devenido en lo inusual extraordinario barakobamaiano y la guerra económica descomunal imperial donaldtrumpiana contra la Venezuela bolivariana.
El Derecho prepositivo adverbial conjuntivo, continente de continentes, que contiene los contenidos del Derecho sustantivo y del Derecho adjetivo, hácese posible, a la dispuesta habilidad de Aristóteles en su Gran Moral, en que mantúvose el tercio incluso estagirita escondido por mas y más de tres mil años, ante el tercio excluso de la lógica elemental del filósofo de Estagira, y, aprovechada ésta, por la aparición del parlamento indigno miserable georgebushiano: “O estás conmigo o estás con mi enemigo”, y, que todos sabemos lo que ha venido pasando, desde allá del 11/09/2001, con el derrumbe de Las Torres Gemelas Neoyorquinas, y, que sobre esta área, en la página web de aporrea, hay abundante información depositaria.
Si el Derecho prepositivo adverbial conjuntivo es continente de continentes, que contiene los contenidos del Derecho sustantivo y del Derecho adjetivo. Entonces sea dicho que el Derecho prepositivo adverbial conjuntivo insurge, el 11/09/2001, con el derrumbe de Las Torres Gemelas Neoyorquinas, y del parlamento indigno miserable georgebushiano: “O estás conmigo o estás con mi enemigo”. Ergo vergo sea dicho que los Romanos, que no jugaron posición adelantada con lo sustantivo y lo adjetivo, ante la preposición, no vieron el encierre prepositivo adverbial conjuntivo, que contenía a aquellos, por culpa de Aristóteles, que negárales el tercio incluso aristotélico profundo, y, éste, viera luz, apenas, el 11/09/2001, con la implosión de Las Torres Gemelas Neoyorquinas, y, el famoso discurso del disparate histórico, del estás conmigo o estás con mi enemigo, devenido en lo inusual extraordinario barakobamaiano y la guerra económica descomunal imperial donaldtrumpiana contra la revolución bolivariana venezolana. Ergo vergo sea dicho que el Derecho prepositivo adverbial conjuntivo, que es continente de continentes, está ligado a la teoría de límite matemático ampliado, y, al renacimiento de todas las institucionalidades ideológicas académicas, incluso inclusive, la RAE, ponchadora podadora del Quijote, en que mátanle la preposición “DE”, Quijote (I, 37 y 38). Ergo vergo sea dicho que el Derecho prepositivo adverbial conjuntivo es continente de continentes, que complementa y amplía la lingüística saussureiana gramatical, al significante significado significación significatividad, en las formas límbica fluctuantes fronteras, sujeto y objeto, significante y significado, significado y significación, significado y significatividad, significación y significatividad, inteligencia y objeto, pensamiento y objeto, símbolo y objeto. Ergo vergo sea dicho que sin el Derecho prepositivo adverbial conjuntivo, que es continente de continentes, no habría paraíso jurídico romano, ni hubiere surgido del derrumbe el Derecho Usual Ordinario Romano y el Derecho Inusual Extraordinario Norteamericano de las pirámides pareadas paradójicas kelsenianas del cuadrángulo rectángulo socrático en la diagonal contrarrecíproca alopeceiana de los casos límite contradictorios borrosos, teorema directo y teorema indirecto, dicho y hecho, hecho y Derecho, en el trecho estrecho arrecho, en que nace el Derecho prepositivo adverbial conjuntivo que es verdad mutable profunda, tanto como la verdad cortazariana abismal. Ergo vergo sea dicho, ahora, que el Derecho prepositivo adverbial conjuntivo es avanzado progreso conceptual del conocimiento.