El acidito

Sentencia incidental de la CIJ y amparo del TSJ blindan referendo consultivo

Como sabemos, Guyana solicitó recientemente, a la Corte Internacional de Justicia (CIJ), que le ordene a Venezuela suspender de manera inmediata la consulta pública prevista para realizarse el próximo 3 de diciembre, con particular énfasis en las preguntas 3 y 5 de la consulta pública prevista por las autoridades venezolanas: Tercera: ¿Está usted de acuerdo con la posición histórica de Venezuela de no reconocer la jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia para resolver la controversia territorial sobre la Guayana Esequiba?; Quinta: ¿Está usted de acuerdo con la creación del estado Guayana Esequiba y se desarrolle un plan acelerado para la atención integral a la población actual y futura de ese territorio que incluya entre otros el otorgamiento de la ciudadanía y cédula de identidad venezolana, conforme al Acuerdo de Ginebra y el Derecho Internacional, incorporando en consecuencia dicho estado en el mapa del territorio venezolano ?

Según declaraciones de la vicepresidenta de la República, Delcy Rodríguez, la Corte Internacional de Justicia acaba de emitir una sentencia incidental, sobre las objeciones preliminares presentadas por Venezuela, en el desarrollo de la demanda unilateral que presentó Guyana sobre el Laudo "Arbitrario" de 1.899; en este caso, para tratar de evitar se realice el referendo consultivo el próximo 3 de diciembre; a pesar de que está demostrado el fraude de ese Laudo, donde unos de sus árbitros denunció, post morten, el manejo doloso que se realizó para despojar a Venezuela del Esequibo. Esta sentencia de la Corte, con respecto a la demanda de Guyana, valida los argumentos de Venezuela, reconociendo que puede revisarse la conducta ilícita y fraudulenta del Reino Unido de Gran Bretaña, en ese Laudo "Arbitrario" de 1.899; y por otra parte, dicha sentencia incidental, deja claro la existencia y vigencia del acuerdo de Ginebra de 1.966, único documento válido para dirimir esta controversia.

Por otra parte, este jueves, 16 de noviembre de 2023; el Tribunal Supremo de Justicia amparó mediante sentencia el referendo consultivo; esta acción está dirigida a preservar el derecho de los venezolanos a elegir y proteger con su voto los derechos inalienables sobre la Guayana Esequiba.

El TSJ invalidó cualquier decisión o actos materiales de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, organismos internacionales y Estados que "desconozcan, impidan o pretendan obstaculizar" el derecho de Venezuela. Asimismo, el derecho a participar en el referendo consultivo del 3 de diciembre, aprobado por el Parlamento y convocado por el Consejo Nacional Electoral (CNE) en defensa de la Guayana Esequiba.

La sentencia señala que cualquier acción de ese tipo que vaya en contra de la soberanía, independencia e integridad territorial "no tendrán ninguna validez ni eficacia jurídica, por lo cual deben ser desconocidas por todos los órganos que ejercen el poder público, así como por toda persona natural o jurídica". ¡Vamos todos con fuerza este 3 de diciembre a decir SI 5 veces!.



Esta nota ha sido leída aproximadamente 1717 veces.



Reinaldo Silva


Visite el perfil de Reinaldo Silva para ver el listado de todos sus artículos en Aporrea.


Noticias Recientes:


Notas relacionadas