Señalamos en la edición anterior a esta columna, que nos referiríamos a una nueva alerta que ha señalado nuestra Vicepresidenta Ejecutiva de la República y Ministra del Poder Popular para Hidrocarburos, Dra. Delcý Eloína Rodríguez Gómez, en el marco de la presentación de la candidatura de Yulisbeth "La Tata" García a la gobernación de mí querido estado Bolívar por las fuerzas del Gran Polo Patriótico. Y es sobre la preparación de una nueva operación de falsa bandera por parte de la ExxonMobil, la República Cooperativa de Guyana, María Corina Machado y Marco Rubio para justificar una agresión a la República Bolivariana de Venezuela.
Pero a su vez, y honrando la palabra empeñada, ir retomando paulatinamente el tema de la Reforma Constitucional, un tanto abandonado. Para ello, apelaré a notas y a un artículo escrito en su momento por este humilde servidor de ustedes un 10 de octubre de 2007, es decir, hace un poco más de 18 años y ya verán de que se trata.
El pasado sábado 5 de abril de 2025, en la Plaza Bolívar de San Félix, en el estado Bolívar, y como hemos indicado, en el marco de la presentación de la candidatura de Yulisbeth "La Tata" García a la gobernación del estado Bolívar, Rodríguez denunció los preparativos por parte de la ExxonMobil, la República Cooperativa de Guyana, María Corina Machado y Marco Rubio de un ataque que se realizará a una de las plataformas de la petrolera estadounidense que explota yacimientos petrolíferos en aguas aun por delimitar con Guyana, para justificar una agresión militar contra Venezuela. El responsable y ejecutor de tal acción sería el mercenario Erik Prince.
Indudablemente y apoyamos la posición de nuestra Vicepresidenta Ejecutiva y Ministra del Poder Popular para los Hidrocarburos, la República Cooperativa de Guyana con estas acciones violenta el Derecho Internacional Público al disponer y usufructuar un mar que no le pertenece. Por ello, y apelando al nombre y a la memoria de nuestro Padre Libertador, Padre de la Patria Grande, y de la mano de nuestra Fuerza Armada Nacional Bolivariana, de quien heredamos el territorio Esequibo, defenderemos hasta con nuestras vidas si fuere necesario nuestra integridad territorial, nuestra soberanía y el honor histórico de cada venezolano y cada venezolana.
Muy importante el recordatorio que hizo Rodríguez el pasado sábado sobre la primera operación de falsa bandera de este tipo realizada el pasado 18 de febrero si la memoria no nos falla, cuando una patrulla de las Guyana Defense Forces (FDG por sus siglas en inglés) protagonizó un incidente aun por aclarar en el Cuyuní, donde supuestamente seis soldados guyaneses resultaron heridos por un supuesto ataque de un grupo armado venezolano, pero llama la atención que en el comunicado jamás dieron los nombres y las fotografías de los supuestos heridos no determinan responsabilidades ni contribuyen a aclarar los hechos que allí sucedieron.
Queda pendiente, como lo indicamos en ediciones anteriores de nuestra columna, los resultados de la investigación que el Ministerio Público de la República Bolivariana de Venezuela ha venido realizando sobre estos hechos.
Es evidente que estas situaciones in comento más la reciente visita del Secretario de Estado de EEUU, Marco Rubio a la República Cooperativa de Guyana, advierten sobre una escalada belicista y de la agresividad de la ExxonMobil utilizando al Estado guyanés y nuestra reclamación histórica sobre el territorio Esequibo, para apuntalar y dotarse del casus belli para la intervención contra Venezuela.
Esto dado el fracaso de los planes con grupos delincuenciales captados con claros objetivos políticos de desestabilización y por haber logrado desde hace un rato largo ya Nicolás Maduro la estabilidad política, y aunque aun incipientes, desde hace por lo menos casi cuatro años, una paulatina recuperación económica.
Pero a la par de este grave hecho y del tema del Esequibo que hemos venido abordando desde hace años y retomado en nuestras recientes columnas, quiero aprovechar el referido tema para retomar a su vez un tema un tanto apagado como el de la reforma constitucional. Y para ello apelaré a notas y al artículo que escribí el 10 de octubre de 2007 en la oportunidad que tuve junto a un grupo de compañeras y compañeros que en aquel entonces fuimos formados por la Asamblea Nacional de aquel entonces, como facilitadores y facilitadoras de aquel proyecto de reforma constitucional propuesta por el inolvidable comandante Hugo Chávez.
Uno de los artículos que se planteo reformar fue el artículo 11, por eso es que he decidido volver a traer esas ideas de nuevo al ruedo, porque pese a haber transcurrido 8 años de aquello, me parece que tienen pertinencia y vigencia para este momento histórico.
En aquella oportunidad escribíamos que en el marco de la Nueva Geometría del Poder, hacíamos el análisis de la modificación de ese artículo. A los fines pedagógicos y como en aquella oportunidad y como lo hizo el Comandante Chávez, procederemos a la transcripción del mismo:
Artículo 11: " La soberanía plena de la República se ejerce en los espacios continental e insular, lacustre y fluvial, mar territorial, áreas marinas interiores, históricas y vitales y las comprendidas dentro de las líneas de base rectas que ha adoptado o adopte la República; el suelo y subsuelo de éstos; el espacio aéreo continental, insular y marítimo y los recursos que en ellos se encuentran, incluidos los genéticos, los de las especies migratorias, sus productos derivados y los componentes intangibles que por causas naturales allí se hallen.
El espacio insular de la República comprende el archipiélago de Los Monjes, archipiélago de Las Aves, archipiélago de Los Roques, archipiélago de La Orchila, isla La Tortuga, isla La Blanquilla, archipiélago Los Hermanos, islas de Margarita, Cubagua y Coche, archipiélago de Los Frailes, isla La Sola, archipiélago de Los Testigos, isla de Patos e isla de Aves; y, además, las islas, islotes, cayos y bancos situados o que emerjan dentro del mar territorial, en el que cubre la plataforma continental o dentro de los límites de la zona económica exclusiva.
Sobre los espacios acuáticos constituidos por la zona marítima contigua, la plataforma continental y la zona económica exclusiva, la República ejerce derechos exclusivos de soberanía y jurisdicción en los términos, extensión y condiciones que determinen el derecho internacional público y la ley.
Corresponden a la República derechos en el espacio ultraterrestre suprayacente y en las áreas que son o puedan ser patrimonio común de la humanidad, en los términos, extensión y condiciones que determinen los acuerdos internacionales y la legislación nacional".
Pues bien, la reforma que planteó en su momento del referido artículo el Comandante Chávez es del siguiente tenor:
Artículo 11: La soberanía plena de la República se ejerce en los espacios continental e insular, lacustre y fluvial, mar territorial, áreas marinas interiores, históricas y vitales y las comprendidas dentro de las líneas de base rectas que ha adoptado o adopte la República; el suelo y subsuelo de éstos; el espacio aéreo continental, insular y marítimo y los recursos que en ellos se encuentran, incluidos los genéticos, los de las especies migratorias, sus productos derivados y los componentes intangibles que por causas naturales allí se hallen.
El espacio insular de la República comprende el archipiélago de Los Monjes, archipiélago de Las Aves, archipiélago de Los Roques, archipiélago de La Orchila, isla La Tortuga, isla La Blanquilla, archipiélago Los Hermanos, islas desituados o que emerjan dentro del mar territorial, en el que cubre la plataforma continental o dentro de los límites de la zona económica exclusiva.
Sobre los espacios acuáticos constituidos por la zona marítima contigua, la plataforma continental y la zona económica exclusiva, la República ejerce derechos exclusivos de soberanía y jurisdicción en los términos, extensión y condiciones que determinen el derecho internacional público y la ley.
Corresponden a la República derechos en el espacio ultraterrestre suprayacente y en las áreas que son o puedan ser patrimonio común de la humanidad, en los términos, extensión y condiciones que determinen los acuerdos internacionales y la legislación nacional".
El Presidente de la República podrá decretar Regiones Especiales Militares con fines estratégicos y de defensa, en cualquier parte del territorio y demás espacios geográficos de la República. Igualmente podrá decretar Autoridades Especiales en situaciones de contingencia, desastres naturales, etc." (Destacado y Subrayado del articulista).
Así como existe la soberanía como un fenómeno interno del país, también se aplica este concepto a lo externo, las fronteras hasta las cuales se extiende la soberanía y que en el caso de Venezuela, no siempre han sido fijadas de forma unánime por las autoridades internacionales.
Cuando Venezuela inició su transformación en país independiente (1810), sus fronteras debido a lo poco poblado de su extenso territorio estaban bien definidas. Si miramos un mapa actual, veremos que en Oriente hay una lengua de tierra de casi 800 Kmts. de largo al oeste del río Esequibo en Guayana. Se trata de una zona que Venezuela reclama y sobre la cual ha habido disputas y acuerdos impuestos por Gran Bretaña sin que los venezolanos aceptemos la pérdida de ese territorio. En el Sur, llegamos a una fijación por acuerdo con Brasil. En el Oeste, el diferendo con Colombia parece no acabar nunca por lo que respecta al Golfo de Venezuela.
El mar territorial se extiende hasta doce millas mar adentro. La plataforma continental se extiende mucho más allá, hasta donde sean explotables los fondos marinos, por ejemplo en la explotación petrolera, la cual se hace cada vez a profundidades mayores. Sin embargo, de acuerdo a la Ley de Zona Económica Exclusiva Marítima de 1978, nuestros derechos se extienden hasta 200 millas (370 Km.) de la costa.
El espacio aéreo reservado a Venezuela asciende sin límites sobre todo su territorio a efectos de vuelos de aviones, más no cubre la navegación espacial. Esta se regirá por los acuerdos internacionales que suscriba Venezuela en esa materia.
En cuanto a las islas tenemos que Margarita, Coche y Cubagua forman un Estado, pero las restantes islas de mar afuera constituyen dependencias federales administradas por el Ejecutivo Nacional y no tienen por tanto categoría de Estado. Estas islas son, navegando de Este a Oeste, Los Testigos, La Blanquilla, La Tortuga, La Orchila, Los Roques, Las Aves y Los Monjes y alguna otra que menciona este artículo. Muy alejada de tierra firme, en el paralelo 15 se encuentra la llamada isla de Aves, un banco de arena que nos otorga un poco más de 800 km de mar territorial y de soberanía, en sus aguas circundantes pueden hallarse depósitos de hidrocarburos, además de otras riquezas marinas.
En cuanto a las nuevas islas (art.565 del Código Civil), pueden emerger debido al raro fenómeno de las erupciones volcánicas submarinas. Tambien se forman una vez en siglos islas en los ríos debido al cambio de curso de éstos o por acumulación de aluviones. Tal podría ocurrir en nuestros ríos fronterizos.
Ahora la novedad en la propuesta de reforma que planteo Chávez en aquella oportunidad, es la posibilidad de que el Presidente de la República, pueda decretar la creación de Regiones Especiales Militares con fines estratégicos y de defensa, especialmente en las fronteras y en franjas de nuestro mar territorial donde sencillamente no existe o no llega la mano del Estado. Así como la creación y designación de Autoridades Especiales en situaciones de contingencia, desastres naturales u otros. El mejor ejemplo de esto fue en el caso de la tragedia del entonces Estado Vargas (hoy estado La Guaira), el 15 de diciembre de 1999, en el marco del referendo que aprobó la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que el Presidente Chávez designó como Autoridad Unica y Especial de ese Estado, al entonces Ministro de Ciencia y Tecnología, Carlos Genatios, independientemente de lo que pasó con él después.
Pero en enemigo estuvo muy claro, y por ello logró que esta reforma no fuese aprobada. Más allá decretos que desarrollarán estas ideas y las diferentes adecuaciones sufridas por las leyes que rigen a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana y todo el tema de seguridad y defensa, si esta reforma de este artículo constitucional se hubiese aprobado y entrado en vigencia, muy probablemente los actuales incidentes marítimos con la República Cooperativa de Guyana no se hubieses suscitado, o en su defecto, el Estado venezolano con el blindaje constitucional necesario, contaría con mejores recursos para disuadir estas amenazas.
Y la Exxon Mobil y el actual presidente gasolinero de Guyana se lo pensarían muy bien antes de venir a provocarnos.
Por ello la importancia de la Reforma Constitucional y su aprobación por parte de nuestro pueblo.