Probablemente nunca fueron robos

INTRODUCCIÓN


Después de 20 años siendo publicado aquí en Aporrea (gracias Aporrea), me he encontrado en la necesidad de escribir esta corta introducción, la cual, a partir de hoy incluiré en el comienzo de cada uno de mis artículos, con el fin de poner en su debido contexto, mis escritos.

Empecé a escribir a favor de Chávez en el 2002, pero no necesariamente a favor de su partido político, ni a favor de la mayoría de la gente que lo rodeaba, simplemente porque él, y básicamente nadie más, se ocupaba en primer lugar, y siempre, y ante todo, de los pobres e indefensos de nuestro país, de las mayorías (el 80%).

También, siempre escribí en contra de los políticos y funcionarios públicos corruptos y en contra de los oportunistas que aprovechaban su poder para ellos mismos, por encima de sus deberes de gobernanza, enriquecerse a costilla de las mayorías indefensas usando a Chávez y a su partido político, el PSUV, y al gobierno, y a sus instituciones, y a la asamblea nacional como vehículos para silenciosamente robar desde los cofres del Estado, robándole a los pobres (porque la mayor parte del dinero excedente del Estado, Chávez la gastaba para los pobres).

Durante estos 20 años, a raíz de mis escritos, fui amenazado de ser asesinado y desaparecido, primero por las bandas asociadas a la violenta oposición a Chávez, y después, a partir del 2015, cuando me di cuenta de que Maduro y su gente eran básicamente la oposición interna a Chávez, empecé a ser amenazado por ellos, incluso hasta hoy en día donde he sido amenazado púbicamente por varios escritores maduristas aquí en Aporrea.

Es que, yo no voy a parar de escribir en contra de los corruptos y ladrones, no señor, jamás, y no me importa desde qué bando surjan, porque, sin importar su tendencia política, los corruptos y ladrones, siguen siendo corruptos y la ladrones, además de ser unos camaleones que cambian sus colores cuando les conviene, especialmente cuando sirve para enriquecerse ellos mismos, siempre usando, despiadadamente, al noble e indefenso pueblo venezolano (el 80%) como carne de cañón.

En este sentido, a mí solo me importa el máximo bienestar de las mayorías pobres (el 80%), y esto, siempre por encima del bienestar de las minorías acomodadas y privilegiadas (el 20%), vengan de donde vengan, de cualquier tendencia social o política, porque ellos son, y siempre han sido, los mayores responsables --- conscientemente o no --- del malestar y del crónico sufrimiento comunal de las mayorías (del 80%).

Por eso siempre escribiré en contra de ellos, por lo menos, hasta el día que las mayorías (el 80%) ya no sean más los pobres, excluidos, y abusados de siempre, como cuando Chávez gobernaba.

Esa es mi misión, y mis escritos giran alrededor de esta misión, y punto.

ARTÍCULO

Hace tiempo que he querido escribir sobre este asunto. Es un asunto complejo que intentaré reducir a su esencia, con el fin de no alargar el artículo, espero que lo haga bien.

No sé si se han dado cuenta que Maduro y su gente, y sus seguidores, cada día, más y más, están usando la palabra "robo" en sus alocuciones, noticias, y escritos, de que nos robaron CITGO, de que nos robaron el avión de Emtrasur (empresa Estatal), de que Guaidó y Machado y compañía nos robaron $5.000.000, y, antes de eso, de que nos robaron el petróleo, y de que el gobierno del Reino Unido nos robó el oro, y cosas así.

¿Verdad?

Pareciera ser una palabra preferida del madurismo ahora.

Bueno …

Fuera de esa burbuja madurista, y casi a nivel mundial, en la vida real, fuera de Venezuela, lo que ellos a menudo llaman "robo," esencialmente, se llama otra cosa, y tiene que ver con el ámbito legal y financiero internacional, y, aunque existan variaciones en los nombres, es tipo de "robo," generalmente se llama, "secuestro judicial," o "embargo," dependiendo del caso y dependiendo del tipo de proceso judicial, y en qué etapa del proceso judicial se encontraría el caso en cuestión.

Las dos siguientes definiciones les dará una idea a qué me refiero, y aunque el tema es jurídicamente y financieramente mucho más complejo, esas dos definiciones, les dará una idea de qué se trata. Intentaré más debajo de darles un ejemplo sencillo.

Desde Wikipedia (secuestro judicial):

"El secuestro judicial es una medida de carácter procesal dictada por un juez o tribunal de justicia que tiene por objeto sustraer del dominio de los particulares un bien mueble o inmueble que es objeto de litigio entre partes en un procedimiento que se está sustanciando y dejarlo jurídicamente en manos del juez. El objeto primordial del secuestro judicial es evitar que el bien sobre el cual las partes mantienen un litigio, cambie su estado a voluntad de una de las partes y no permita, por tanto, hacer efectivo el derecho que se reconozca o ampare al final del procedimiento. En este sentido es una medida procesal provisional que puede o no ser tomada por el juez o tribunal en virtud de los riesgos que advierta respecto de la alteración del bien. La decisión judicial debe estar motivada y establecer el alcance del secuestro y las condiciones en que se efectúa. La figura jurídica del secuestro judicial se compara, a efectos de su naturaleza jurídica, con la de un depósito obligatorio, y en las distintas legislaciones viene regulada en el derecho civil y en las leyes de enjuiciamiento. También se asimila a la figura del embargo, si bien en éste los bienes afectados serán destinados, en su caso, para atender el cumplimiento de determinadas obligaciones derivadas de una resolución, mientras que en el secuestro judicial, los bienes son el objeto del fondo del conflicto y no instrumentos para el pago o satisfacción de una resolución."

Desde Wikipedia (embargo):

"En Derecho, el embargo se refiere a la suspensión o interdicción judicial del ius disponendi (o derecho absoluto de disposición de la cosa) que posea sobre cualquier bien económicamente realizable. En un sentido más amplio, es la declaración judicial por la que determinados bienes o derechos de contenido o valor económico quedan afectados o reservados para extinguir con ellos una obligación pecuniaria ya declarada (embargo ejecutivo) o que, previsiblemente, se va a declarar en una sentencia futura (embargo preventivo). Su función es señalar aquellos bienes, que se cree que son propiedad del ejecutado, sobre los cuales va a recaer la actividad ejecutiva, para evitar que salgan de su patrimonio y acaben en manos de terceros. Ante la posibilidad de que el condenado al pago de la obligación pecuniaria incumpla la condena, las autoridades judiciales tienen la potestad de ordenar el embargo de sus bienes presentes y futuros con la finalidad de hacer frente a los pagos que puedan establecerse en la futura sentencia. En el caso de bienes no monetarios, la ley prevé su liquidación previa mediante subasta pública. Es posible que una parte de los bienes del deudor no puedan ser embargados por motivos legales. Tal es el caso, por ejemplo, del mínimo de subsistencia, que es la cantidad de dinero mínimo que se considera que el embargado necesita para su propia manutención. Existe un caso particular de embargo llamado embargo de crédito en el que lo embargado es el derecho de cobro sobre otra persona. Se utiliza con especial frecuencia en el Derecho fiscal, cuando la Hacienda Pública advierte a los deudores de un deudor tributario que los créditos a favor de este han sido embargados a favor de la Hacienda Pública.​ La Tesorería General de la Seguridad Social también tiene potestad para ejercitar este tipo de embargo. Formas de embargo: Anotación preventiva de embargo, retención judicial, administración judicial, depósito judicial."

El elemento principal de un secuestro judicial, o de un embargo, es menudo:

"Ante la posibilidad de que el condenado al pago de la obligación pecuniaria incumpla la condena, las autoridades judiciales tienen la potestad de ordenar el embargo de sus bienes presentes y futuros con la finalidad de hacer frente a los pagos que puedan establecerse en la futura sentencia. En el caso de bienes no monetarios, la ley prevé su liquidación previa mediante subasta pública."

EJEMPLO

Cuando una persona compra una casa, normalmente esa persona la compra vía un préstamo bancario (aquí en Venezuela le dicen crédito) a largo plazo, de 5, 10, 20, y hasta 30 años, el cual se paga mensualmente al banco, con intereses por supuesto. Mientras el préstamo no esté completamente pagado, esencialmente, legalmente, la casa sigue siendo propiedad del banco, ya que eso equivale a una garantía de pago (los bancos siempre piden una garantía contra cualquier préstamo, o sea, le piden a uno de firmar un acuerdo que si uno no paga su préstamo, el banco le quitará algún bien a cambio de la falla de no pagar su préstamo), y a menudo, cuando la persona falla en sus pagos mensuales, el banco toma posesión, legalmente, de la casa, y la revende para recuperar el préstamo que la persona falló o fallaría de pagar.

Exactamente lo mismo ocurre con préstamos bancarios cuando una empresa falla en sus obligaciones de repagar el préstamo al banco a tiempo, le quitan, legalmente, vía los mecanismos del secuestro judicial o embargo, algún bien para recuperar la deuda.

Así es.

Todo eso es absolutamente legal en la mayoría de las jurisdicciones del planeta, pero, a menudo, ese pereciera no ser el caso aquí en Venezuela, por lo menos no en términos generales en cuanto a las costumbres de nuestra sociedad.

Aquí, a menudo, me ha pasado de prestar plata, herramientas, y otras cosas, sin que jamás me repongan el dinero o me devuelvan mis herramientas. Simplemente, se hacen los locos, y yo pierdo. (Esa es una muy mala costumbre.) Sin embargo, en la mayoría de los países del mundo, de no pagar sus deudas, o de no devolver lo que no es de uno cuando se prometió de devolver, es considerado, legalmente, un delito punible por, por ejemplo, el secuestro judicial o el embargo de los bienes asociados a la deuda.

Es así de sencillo; aunque sea jurídicamente y financieramente hablando, bastante más complejo (a menudo depende de las respectivas leyes en las respectivas jurisdicciones, localidades, países, estados, condados, municipios, etc.).

Sin embargo, esa es la esencia del tema.

Bueno …

Estoy bastante seguro que en todos los casos de "robo" relacionados a las propiedades y los bienes del actual Estado venezolano, bajo el mando de Maduro, esos supuestos "robos" tendrían que ver precisamente con secuestros judiciales y embargos emitidos vía los respectivos tribunales, porque, realmente, no existiría ninguna otra razón sensata para que eso sea así.

Para mí, eso de que Maduro diga que todo eso de los "robos" sería un ataque político "contra Venezuela," es pura fachada para ocultar la verdad.

Ven, que yo sepa, cuando Chávez gobernaba, eso jamás ocurrió, ¿por qué?, bueno, porque Chávez probablemente se aseguraba de que todas las deudas del Estado y otras obligaciones financieras, fueran pagadas responsablemente y a tiempo, eso es todo.

Sin embargo, en el caso de Maduro, ya se sabe que él es mala paga, y el mejor ejemplo (que yo haya notado) fue el hecho de que, a partir del año 2017, su gobierno hizo default (no pagó a tiempo) sobre las obligaciones financieras relacionadas a los bonos emitidos por el gobierno de Maduro y por PDVSA:

"Los bonos vendidos por el gobierno y PDVSA han estado en default desde 2017."

El hecho de que Maduro haya permitido ese tipo de masivo default, el cual implicaba un montón de bancos e inversionistas provenientes de varios países extranjeros, fue una demostración de una tremenda irresponsabilidad financiera de inmensas proporciones, lo cual, en mi estimación, habría eventualmente llevado al secuestro judicial y/o al embargo de CITGO, y probablemente de un montón de otros bienes del actual Estado venezolano (cosas que yo creo Maduro probablemente nos oculta).

Por eso mismo, creo yo, que Maduro estaría (aparentemente) arrendando terrenos agrícolas venezolanos, islas, y otras cosas a personas y/o empresas y/o a gobiernos extranjeros, para intentar repagar deudas pendientes, sería una forma de evitar más secuestros judiciales y embargos, y cosas así.

Les conté todo esto para poder decir que, en mi estimación, esos "robos" de los cuales Maduro tanto chilla, probablemente nunca fueron robos.

P.S.

Recién recibí un mensaje por teléfono del gobierno de Maduro que dice, "FELICITACIONES. Ha sido beneficiado con la PENSION AMOR MAYOR enviada por el Presidente Nicolas Maduro." (Noten, Presidente, con P mayúscula.) Entonces, revisé para ver cuánto es, y el monto es de $3,61 para este mes de marzo 2024, más un bono que raramente recibo, por un total de $28,69. ¿Eso es amor mayor? …. cuando me cuesta alrededor de $30 al mes llenar mi tanque de agua ya que el agua casi nunca no nos llega aquí por tubería desde el 2017 ¿Eso es amor mayor?

oscar@oscarheck.com





 



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Oscar Heck

De padre canadiense francés y madre indígena, llegó por primera vez a Venezuela en los años 1970, donde trabajó como misionero en algunos barrios de Caracas y Barlovento. Fue colaborador y corresponsal en inglés de Vheadline.com del 2002 al 2011, y ha sido colaborador regular de Aporrea desde el 2011. Se dedica principalmente a investigar y exponer verdades, o lo que sea lo más cercano posible a la verdad, cumpliendo así su deber Revolucionario ya que está convencido que toda Revolución humanista debe siempre basarse en verdades, y no en mentiras.

 oscar@oscarheck.com

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