Una actitud fuera de lugar

En Venezuela, y en cualquier país democrático del mundo, las constituciones y las leyes le garantizan a cualquier diputado, senador, representante legislativo o parlamentario en general, absoluta y total libertad para expresarse dentro y fuera del recinto del Poder Legislativo, con absoluta libertad sobre cualquier tema, nacional o internacional, que decida tocar. Los diputados ejercen la representación de sus electores y para que este ejercicio pueda ser desempeñado cabalmente, sin menoscabo de los intereses de sus representados, no pueden sentir ningún temor por lo que expresen en forma oral o escrita y, mucho menos, en una sesión plenaria del Poder Legislativo, llámese Congreso, Asamblea o Parlamento. Esto es lo que conocemos y hemos visto en la práctica, desde hace muchísimos años, como inmunidad parlamentaria, cuya práctica no puede ser restringida por ninguna ley, reglamento, ni normas de ningún tipo, ni por autoridad ninguna.

Se puede perfectamente cuestionar las declaraciones o las intervenciones dentro y fuera de la cámara de cualquier diputado, pero las mismas forman parte de su derecho a expresarse sin limitación ninguna y, dentro del parlamento, en una sesión oficial, no pueden ser eliminadas de las actas que recogen los debates, como si no se hubieran producido. Ésta es una práctica siniestra, que ha comenzado a ser parte de nuestro diario quehacer y que amenaza peligrosamente con hacerse cotidiana y obligatoria, en profundo desmedro de nuestra ya muy maltratada democracia. Marcha de la mano de otra práctica inconstitucional que se ha hecho presente en nuestra Asamblea Nacional desde hace ya cierto tiempo, en la que se le niega consuetudinariamente el derecho de palabra a un diputado activo, impidiendo de esta forma el ejercicio de su representación parlamentaria.

Éste último es el caso del diputado Oscar Figuera, secretario general del Partido Comunista de Venezuela, a quien en la práctica han separado de manera totalmente inconstitucional de sus actividades parlamentarias en la Asamblea Nacional. Esto lo que realmente significa es que se ha dejado sin representación en el Poder Legislativo venezolano a quienes votaron por el diputado Figuera. A él se le ha hecho una afrenta inaceptable, pero a sus electores se los ha despojado del derecho a estar representados en el parlamento venezolano. Llama la atención que el plenario de la Asamblea no haya protestado como ha debido la medida por ilegal e inconstitucional. Éste es el principal problema que acarrea toda hegemonía, la sumisión total ante el liderazgo hegemónico termina en una autocracia despótica negadora de todos los derechos ciudadanos y políticos.

Otro hecho reciente del mismo tenor fue el ocurrido con una intervención del diputado Bruno Gallo del partido Avanzada Progresista, en el debate habido en la Asamblea Nacional por la trágica muerte del Presidente iraní y de otros altos funcionarios de ese gobierno. Luego de lamentar el fallecimiento en general de cualquier persona, el diputado Bruno Gallo se permitió una denuncia sobre las supuestas condiciones de inferioridad social de la mujer iraní. Se podrá o no estar de acuerdo con las opiniones del diputado, persona además luchadora consecuente y valiente de toda la vida; se podrá considerar que su discurso no fue oportuno, pues el momento, para algunos, no se refería al tema tocado al final de su corta intervención. Pero no se puede cuestionar su derecho constitucional a expresarse de la manera que desee.

 A eso se refiere la inmunidad parlamentaria. El diputado Gallo la ejerció y punto. Ninguna norma puede ser invocada para amenazarlo, castigarlo y mucho menos con medidas inconstitucionales, que lo que harían es agravar la ya inicua situación ocurrida. El Presidente de la Asamblea o cualquier otro diputado ha podido pedir la palabra y expresar su desacuerdo con las declaraciones y darle los calificativos que desearan, en uso también de la inmunidad parlamentaria que todos tienen, pero no puede ni el Presidente de la Asamblea ni la plenaria misma del organismo desconocer una atribución constitucional. Les recuerdo: dentro de la Constitución todo, fuera de la Constitución nada. Además, eso de querer eliminar lo ocurrido, simplemente no registrándolo en el acta de la sesión, me recuerda a quienes en algunos momentos se plantearon eliminar de la historia etapas o sucesos que adversaban.

Mi solidaridad con el diputado Gallo y también con el diputado Figuera. Ojalá y haya rectificación de esta conducta impropia, inconstitucional y nada democrática.



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Luis Fuenmayor Toro

Médico-Cirujano, Ph. D., Ex-rector y Profesor Titular de la UCV, Investigador en Neuroquímica, Neurofisiología, Educación Universitaria, Ciencia y Tecnología. Luchador político.

 lft3003@yahoo.com      @LFuenmayorToro

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