El año 2015 será un año de muchas celebraciones. Cumplir quince años es algo especial. La LOPNA nació en momentos donde dominaban de modo absolutista los cerebros cegados. El pensamiento conservador no inclusivo, hacía estragos.
Una época en que al futuro de la nación, los niños y adolescentes los convirtieron en seres de protección y como irrespeto a su condición, crearon la Ley de Vagos y Maleantes, un francotirador, con un saldo, no preciso, de víctimas fatales y de daños irreparables, sustentado en un concepto de defensa y seguridad fatídico. El oscurantismo, cercenó a los niños y adolescentes la posibilidad de erigirse en agentes dinamizadores del cambio.
Un escenario político y social a merced de los aparatos ideológicos que tenían dentro de sus prerrogativas mantenerlos y conservarlos como seres de cuidado, pasivos, afianzada en la idea de que los adultos eran los predestinados del bien y los amos del saber, y además las actuaciones morales debían estar apegadas a los preceptos de las buenas costumbres del establishment.
La LOPNA, fue una de las primeras leyes que agrietó el espinazo de la anticultura. Un faro de los tantos que han existido en nuestro país de promover y construir la ética de la liberación, de la independencia, de la soberanía real y efectiva.
Los cambios ocurridos a partir del año 1998, con una Constitución que refundó las bases de la República es una muestra de los vientos que soplaban, donde la LOPNA desde su nacimiento ha sido una legislación de vanguardia. La carta magna establece en su artículo 78: “Los niños, niñas y adolescentes son sujetos plenos de derecho y estarán protegidos por la legislación, órganos y tribunales especializados, los cuales respetarán, garantizarán y desarrollarán los contenidos de esta Constitución, la Convención sobre los Derechos del Niño y demás tratados internacionales que en esta materia haya suscrito y ratificado la República. El Estado, las familias y la sociedad asegurarán, con prioridad absoluta, protección integral, para lo cual se tomará en cuenta su interés superior en las decisiones y acciones que les conciernan…” Sin duda, es la LOPNA, una Ley muy especial.
El profesor Javier Elechiguerra, para el año 2000, entonces Fiscal General de la República, encomendó al Dr. Carlos Craca y a quien suscribe, redactar un papel de trabajo con las líneas gruesas para especializar a los fiscales con competencia en la LOPNA.
La primera tarea era determinar las funciones que debería cumplir un fiscal en el Sistema Penal de la LOPNA, ley que tenía su creación de acuerdo a la GO N° 5.266, de fecha 2 de octubre de 1998, pero que entraba en vigencia a partir del 1° de abril del año 2000.
Carlos Arturo Craca Gómez, entonces Director General del Ministerio Público y al mismo tiempo con responsabilidad directa en la Dirección de Familia y Menores, actualmente Dirección de Protección Integral de la Familia, por sugerencia de él, asume el compromiso de formar y definir el perfil de los nuevos fiscales especializados en el Sistema de Protección.
Este antecedente es fundamental, para entender cómo se logro crear en otras instituciones a los operadores de Protección, de niños, niñas y adolescentes, me refiero tanto en la Defensa Pública como en los Tribunales Especializados.
En septiembre del 2000 el pleno del TSJ, por unanimidad designa a Carlos Craca, Director General de la Defensa Pública.
La primera instrucción, contando con la colaboración, la obligación institucional, la de asesores, y en especial de defensoras y defensores a nivel nacional, quienes mostraron saber y solidaridad, desprendimiento y deseos de hacer, fue la de constituir la Defensa Pública para el Sistema de Protección. Esto representó y persiste como un hito en la Defensa Pública Latinoamericana.
La Defensa Pública generó los postulados programáticos como modelo para otras defensas en América latina y el Caribe. Fue meritorio conseguir la designación de defensores para el Sistema de Protección establecido en la LOPNA y en el área Indígena. Además, hay Defensores (as) Públicos Penales, Laborales, Agrarios, Contenciosos Administrativo, de Protección del Niño, Niña y Adolescente, Civiles, Mercantiles, de Transito y Militar.
A Carlos, poco le importa sí se le reconoce o no lo hecho, le basta el deber cumplido en aras de hacer país, pero seguro le arrancaremos una buena carcajada. Estará más satisfecho en pensar que la Defensa Pública es la única institución que se hizo con los preteridos de la calle: trabajadores maltratados, porteros de fondos de comercios, parqueros, mesoneros, muchachas explotadas por empresas por un sueldo miserable y sin beneficio alguno, hoy muchas de ellas abogadas de la republica gracias a la inclusión del gobierno en el sistema educativo nacional. Creemos, que bajo estos parámetros, podemos celebrar con orgullo popular estas Quince Primaveras.
Sería mezquino, ocultar el esfuerzo de nuestro director fundador, quien goza del cariño de amigos, invisibles algunos y consecuentes, muchos otros, gracias a la vida y a la revolución bolivariana. “Honor a quien honor merece”.
Sirvan estas líneas para apuntalar su valioso aporte al formar a los fiscales y luego a los defensores públicos para el sistema de protección, dándole sustento real a esta ley, la cual se creó con el fin de salvaguardar los derechos y la integridad, física, moral y psíquica de nuestros niños, niñas y adolescentes, hombres y mujeres del mañana, sobre los que pesa el futuro de nuestro país.
Seguimos haciendo patria y apostamos por el compromiso de trabajar para el Estado, para transformarlo y seguir construyendo la patria buena.